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La sentencia del caso Emarsa ya tiene fecha

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Jun. (EUROPA PRESS) – La sentencia del caso Emarsa, por el saqueo de 24 millones de euros en la depuradora de Pinedo (Valencia), se dará a conocer el próximo viernes, 22 de junio. Se trata de la pieza principal de la causa, que quedó vista para sentencia el pasado mes de diciembre tras siete años de investigaciones.

Así figura en una diligencia fechada hoy en la que se cita a los procuradores y a las partes a que acudan ese día, a las 12.00 horas, a la Ciudad de la Justicia para llevar a cabo la notificación del fallo. Y es que debido al volumen de la sentencia no es posible practicar su notificación a través de la aplicación informática Lexnet y, en consecuencia, se va a proceder a informar de la resolución judicial en formato CD y copia íntegra en papel.

Además, se señala que la notificación de la sentencia al fiscal y al letrado de la Generalitat Valenciana se hará en sus respectivas sedes el mismo día señalado, mientras que en el caso del empresario Ignacio Roca, que se encuentra en prisión preventiva en el Centro de Zuera (Zaragoza), se le entregará en papel.

En esta causa, que ha investigado un agujero de 24 millones de euros en la depuradora de Pinedo, hay más de una veintena de acusados, entre ellos Enrique Crespo, exvicepresidente de la Diputación de Valencia, exalcalde de Manises y expresidente de la entidad, y José Juan Morenilla, exgerente de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat (Epsar).

También han sido juzgados por el presunto fraude el exgerente de Emarsa, Esteban Cuesta; Ignacio Bernácer, exjefe de Explotaciones de Epsar; el empresario Jorge Ignacio Roca, único en prisión por este procedimiento; Santos Peral, exjefe de contabilidad y con responsabilidad políticas en el PP de València, Ignacio Martínez Maiques, exjefe de compras e igualmente miembro del PP; Enrique Arnal, ex director financiero de Emarsa, Adolfo Polo, exjefe del área medioambiental, y el exinformático Sebastián García Martínez ‘Chanín’, entre otros.

En la última sesión del juicio, algunos acusados reconocieron lo que hicieron y pidieron disculpas. Fue el caso de Esteban Cuesta, quien manifestó que no había día en que no se arrepintiera de lo que había hecho. Enrique Arnal aseguró que no se reconocía en la persona que contrarió la ley y ‘Chanin’ pidió perdón por si había perjudicado a personas a instituciones de la Comunitat.

Por su parte, Roca admitió haberse quedado con el dinero del IVA de facturas de Emarsa pero negó ser el cerebro del fraude; mientras que Morenilla insistió en que no era un «ladrón de guante blanco». Crespo no quiso pronunciarse ese día pero sí mantuvo a lo largo del juicio que era inocente.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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