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Los militares comienzan a vacunar en hospitales valencianos

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València, 4 ene (EFE).- Cinco equipos militares de inmunización han comenzado este martes a vacunar contra el coronavirus en la Comunitat Valenciana, han informado fuentes de la Conselleria de Sanidad Universal.

El personal militar que integran estos equipos se han distribuido en el Hospital de la Malva-rosa y el CIPS Hospital Universitario Doctor Peset, en la provincia de Valencia; y en el Hospital de Alcoi, el centro de mayores Escorratel de Orihuela y el Hospital Universitario de Torrevieja, en la provincia de Alicante.

En los próximos días está previsto que se vayan incorporando de forma progresiva más efectivos militares, hasta completar el total de equipos móviles de vacunación solicitados por la Conselleria de Sanidad al Ministerio de Defensa.

Cada equipo militar de vacunación se compone de profesionales sanitarios, para administrar las vacunas, y de apoyo, para las tareas de registro, según informa Sanidad.

Su misión es agilizar el proceso de administración de dosis adicionales en ocho departamentos de salud, y se suman a los 149 equipos de la Conselleria de Sanidad que ya están inmunizando con dosis de refuerzo en los puntos de vacunación permanentes, además del personal que está vacunando en centros de salud y puntos móviles.

Los ocho departamentos de salud en los que está previsto que se desplieguen los equipos militares de vacunación son Vinaròs, Hospital Clínico-Malvarrosa, Arnau de Vilanova-Llíria, València-Hospital Peset, Xàtiva-Ontinyent, Alcoi, Orihuela y Torrevieja.

En un primer momento, trabajarán en estos 13 puntos: Vinaròs (hogar del pensionista), Peñíscola (centro de salud), Benicarló (centro de salud), València-Hospital Clínico Universitario (Hospital de la Malva-rosa), Llíria (centro de salud integrado), Hospital Arnau de Vilanova, València-CIPS Hospital Universitario Doctor Peset, Xàtiva (centro de salud), Ontinyent (centro de salud), Hospital de Alcoi, Orihuela (centro de mayores Escorratel), Callosa (Ayuntamiento) y Hospital de Torrevieja.

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Nueva ley del alquiler: qué pasará con tu vivienda a partir de ahora

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Vivienda en alquiler ARCHIVO OFFICIAL PRESS

El Gobierno aprueba medidas para frenar el encarecimiento del alquiler y proteger a los inquilinos

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 8/2026 con nuevas medidas urgentes en materia de alquiler, con el objetivo de contener el aumento de precios y proteger a los inquilinos ante el impacto económico derivado de la guerra en Irán.

Esta nueva normativa introduce cambios clave en los contratos de alquiler de vivienda habitual, especialmente en lo relativo a la prórroga de contratos y a la limitación de las subidas de la renta.

Entre las principales medidas destacan:

  • Prórroga extraordinaria de contratos de hasta dos años
  • Límite máximo del 2% en la subida del alquiler
  • Medidas específicas para grandes tenedores y propietarios particulares

Prórroga obligatoria de los contratos de alquiler

El artículo 1 del decreto establece que los contratos de alquiler de vivienda habitual que finalicen entre el 21 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027 podrán prorrogarse.

  • El inquilino podrá solicitar una prórroga extraordinaria de hasta 2 años
  • El propietario estará obligado a aceptarla
  • Se mantendrán las mismas condiciones del contrato

Solo se podrá rechazar esta prórroga si el propietario acredita la necesidad de recuperar la vivienda para uso propio o familiar, según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Es importante tener en cuenta que, si el decreto no es convalidado por el Congreso, estas medidas dejarían de aplicarse a futuros contratos.

Límite del 2% en la subida del alquiler

Para evitar que la inflación se traslade al precio de la vivienda, la ley fija un tope del 2% en la actualización anual del alquiler.

Diferencias según el tipo de propietario

  • Grandes tenedores:
    El incremento no podrá superar el 2%, aunque exista acuerdo entre las partes
  • Propietarios particulares:
    • Se puede pactar la subida
    • Si no hay acuerdo, el máximo será del 2%
    • Nunca podrá superar el límite legal vinculado al IPC

Se considera gran tenedor a quien posee más de 10 viviendas o más de 1.500 m² de uso residencial.

Cómo afecta la nueva ley a los inquilinos

Esta normativa afecta directamente a quienes viven de alquiler en vivienda habitual regulada por la LAU.

Si finaliza el contrato

Si tu contrato termina entre marzo de 2026 y diciembre de 2027:

  • Podrás solicitar una prórroga de hasta dos años
  • Mantendrás el mismo precio y condiciones

Los expertos recomiendan solicitar esta prórroga mediante burofax para dejar constancia legal.

Si se revisa el precio anual

  • La subida no podrá superar el 2% en la mayoría de casos
  • Se limita el impacto de la inflación en el alquiler

Cómo afecta a los propietarios

Las obligaciones varían en función del tipo de arrendador.

Si el contrato finaliza

  • Están obligados a aceptar la prórroga si el inquilino la solicita
  • La prórroga será anual, hasta un máximo de dos años
  • Solo podrán negarse por causas justificadas

Si se actualiza el precio

  • Caseros particulares: podrán pactar el incremento
  • Grandes tenedores: limitación obligatoria del 2%

Impacto económico y contexto de la medida

El Gobierno ha aprobado esta normativa como respuesta al aumento de precios provocado por la guerra en Irán, que ha disparado los costes energéticos y la inflación.

El objetivo es evitar una crisis habitacional y garantizar la estabilidad de los hogares en un contexto económico incierto.

Calculadora para calcular la subida del alquiler

Algunas plataformas han desarrollado herramientas para calcular el incremento máximo permitido del 2%, facilitando tanto a inquilinos como a propietarios conocer cómo aplicar la nueva normativa.

Una medida clave para el mercado del alquiler

El Real Decreto-ley 8/2026 refuerza el control sobre el mercado del alquiler en España, limitando las subidas de precios y garantizando la continuidad de los contratos en un periodo de incertidumbre económica.

Estas medidas buscan equilibrar la protección de los inquilinos con la seguridad jurídica de los propietarios.

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