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Las vacunas y las PCR estarán exentas de IVA antes de final de año

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Madrid, 9 dic (EFE).- La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha dicho este miércoles que antes de que acabe el año el Gobierno regulará la exención de IVA para las vacunas contra la covid-19 y para las PCR, y ha añadido que estas pruebas diagnósticas tampoco soportarán IVA si su adquisición es para consumo privado.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Montero ha recordado que la vacuna no va a estar en el canal de distribución comercial, porque será gratuita para todos los ciudadanos.

«(Las vacunas) solo están a disposición de los Estados miembros y de los servicios públicos de salud, para que se dé prioridad a la vacunación de los colectivos vulnerables y el acceso no dependa del nivel de renta del ciudadano», ha afirmado.

Respecto a la exención de IVA para otro tipo de pruebas diagnósticas, ha dicho que la norma afectará «básicamente a las PCR», aunque se incorporarán todas aquellas que la Comisión Europea contemple en su directiva, que previsiblemnte se conocerá en los próximos días.

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Confirmado por Hacienda: cuándo estará disponible el borrador de la Renta 2025-2026

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borrador renta revisar
PEXELS

La Agencia Tributaria ya ha fijado la fecha clave para la campaña de la renta: el borrador de la declaración 2025-2026 estará disponible a partir del 8 de abril de 2026.

Ese mismo día también se abre el plazo para presentar la declaración de forma telemática a través de Renta Web.


📅 Fecha del borrador de la renta 2025-2026

  • 🗓️ Disponible desde: 8 de abril de 2026
  • 💻 Acceso: online a través de Renta Web
  • 📑 Funciones: consultar, modificar y confirmar el borrador

Antes de esa fecha, los contribuyentes ya pueden acceder a:

  • Número de referencia
  • Datos fiscales
  • Información previa de la campaña

👥 Quién está obligado a hacer la declaración

En la campaña de la renta 2025-2026 deberán presentar declaración:

  • Personas con ingresos superiores a:
    • 22.000 € (un pagador)
    • 15.876 € (dos o más pagadores)
  • Trabajadores autónomos dados de alta en cualquier momento del año
  • Beneficiarios del ingreso mínimo vital
  • Miembros de unidades de convivencia vinculadas a estas ayudas

🔐 Cómo acceder al borrador de la renta

Para consultar el borrador en la web de la Agencia Tributaria necesitas:

  • Certificado digital
  • DNI electrónico
  • Sistema Cl@ve

Una vez dentro, podrás revisar todos tus datos fiscales y completar la declaración.


⚠️ Ojo: el borrador puede tener errores

Aunque Hacienda elabora el borrador automáticamente, no siempre está completo o actualizado.

Incluye información procedente de:

  • Empresas
  • Bancos
  • Aseguradoras
  • Administraciones públicas

Pero pueden faltar datos o existir errores.


✅ Qué revisar antes de confirmar la renta

Antes de presentar la declaración, revisa especialmente:

  • Datos personales (nombre, DNI)
  • Situación familiar (hijos, estado civil)
  • Ingresos (salarios, alquileres, inversiones)
  • Retenciones aplicadas
  • Deducciones fiscales

💸 Deducciones clave que puedes aplicar

Comprobar las deducciones puede marcar la diferencia en el resultado:

  • Alquiler de vivienda habitual
  • Maternidad
  • Donaciones a ONG
  • Inversión en vivienda
  • Familia numerosa

❌ Errores más habituales en el borrador

Los fallos más comunes incluyen:

  • Datos personales incorrectos
  • Ingresos no incluidos
  • Deducciones no aplicadas
  • Retenciones mal calculadas
  • Cambios familiares no reflejados

Detectarlos a tiempo evita sanciones o pagos de más.


🧾 Clave final: revisa antes de confirmar

Aunque el sistema de la Agencia Tributaria es cada vez más preciso, la revisión manual sigue siendo imprescindible para evitar errores y optimizar el resultado de tu declaración.

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