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Les Corts aprueba por unanimidad la modificación del Estatuto de las personas con discapacidad

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VALÈNCIA, 4 Abr. (EUROPA PRESS) – El pleno de Les Corts Valencianes ha aprobado por unanimidad la modificación del Estatut de las personas con discapacidad para adecuarlo a la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de la ONU, ratificada por España en 2008.

Se modifica así una norma de 2003 en cuanto a la terminología, sustituyendo por ejemplo las referencias a «minusvalía» por «discapacidad», los verbos «padecer/sufrir» por «tener/presenta» o apostando por la «inclusión» frente a la «integración». También incorpora el nuevo enfoque que recoge la convención de la ONU en cuanto a los derechos de estas personas.

La socialista Concha Andrés ha explicado que se reafirma así la universalidad de una serie de principios y derechos, mientras que Mònica Álvaro (Compromís) ha resaltado que se trata de «una ley transversal que reconoce en toda su amplitud la igualdad de derechos de las personas con discapacidad», el diputado de Podemos César Jiménez ha resaltado la participación del colectivo en esta modificación y Tony Woodward (Cs) ha apuntado que se da «un punto de inflexión» en la materia, con la inclusión como eje central.

La diputada del PP María José Catalá ha manifestado su «sensación agridulce» porque «se han quedado cosas en el tintero» y ha recordado que el Consell ya modificó este estatuto a través de la ley de acompañamiento de este año cuando «lo más bonito hubiera sido respetar el consenso» que existía en torno a esta reforma.

Además, ha criticado que en esa ley de acompañamiento se hizo «una reversión encubierta, de tapadillo», del modelo de concierto con las residencias que trabajan con personas con discapacidad y ha advertido: Es momento de hacer política de discapacidad y no política con la discapacidad».

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Los propietarios de vivienda podrán beneficiarse de una deducción fiscal de hasta 3.000 euros en 2026

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placas solares apagón eléctrico

El año fiscal 2026 comienza con buenas noticias para los propietarios de vivienda en España. Un Real Decreto-ley aprobado a finales de 2025 prorroga una serie de medidas económicas y sociales que incluyen importantes incentivos fiscales para quienes realicen obras de mejora de la eficiencia energética en sus inmuebles, permitiendo acceder a una deducción de hasta 3.000 euros en la declaración de la Renta.

La medida, respaldada por la Agencia Tributaria, busca impulsar la rehabilitación del parque inmobiliario y reducir el consumo energético de los hogares, en línea con los objetivos de sostenibilidad marcados a nivel europeo.

¿En qué consiste la deducción de 3.000 euros?

La deducción más relevante para los propietarios particulares es la que permite desgravar el 40% del importe invertido en obras de eficiencia energética, con una base máxima anual de 7.500 euros, lo que se traduce en un ahorro fiscal directo de hasta 3.000 euros por vivienda.

Esta deducción se aplica tanto a viviendas habituales como a inmuebles destinados al alquiler, siempre que cumplan los requisitos establecidos por la normativa.

Requisitos para acceder a la deducción fiscal en 2026

Para beneficiarse de este incentivo, las obras realizadas deben cumplir criterios técnicos muy concretos, entre ellos:

  • Reducir al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o

  • Mejorar la calificación energética del inmueble hasta las letras A o B

El cumplimiento de estos objetivos debe estar debidamente acreditado, ya que la Agencia Tributaria exige documentación técnica para validar la deducción.

El papel clave del certificado energético

Uno de los requisitos imprescindibles es disponer de dos Certificados de Eficiencia Energética:

  1. Un certificado previo al inicio de las obras

  2. Un certificado posterior que acredite la mejora obtenida

Este segundo documento deberá haberse emitido antes del 1 de enero de 2027 para que la inversión pueda imputarse correctamente al ejercicio fiscal de 2026. Sin estos certificados, no se reconoce el derecho a la deducción, independientemente del importe invertido.

Atención a la forma de pago: el efectivo no vale

Desde la Agencia Tributaria recuerdan un aspecto que suele generar problemas en muchas declaraciones: los pagos en efectivo no dan derecho a deducción.

Para que la inversión sea válida, los trabajos deben abonarse mediante:

  • Transferencia bancaria

  • Tarjeta de crédito o débito

  • Cheque nominativo

  • Ingreso en cuenta

Esta exigencia busca combatir la economía sumergida y garantizar la trazabilidad de las operaciones en el sector de las reformas.

Deducción del 60% para edificios residenciales

Además de la deducción individual del 40%, la normativa contempla otra deducción del 60% para actuaciones de rehabilitación energética en edificios residenciales completos, también con un límite máximo anual de 3.000 euros por contribuyente.

Esta modalidad está especialmente pensada para comunidades de propietarios que acometan mejoras integrales en fachadas, cubiertas o sistemas comunes de climatización.

Reformas más habituales para alcanzar el ahorro máximo

Las actuaciones que suelen permitir acceder a la deducción máxima incluyen:

  • Sustitución de ventanas por cerramientos de alta eficiencia

  • Mejora del aislamiento térmico en fachadas y cubiertas

  • Instalación de sistemas de aerotermia

  • Renovación de sistemas de calefacción y refrigeración

Además del ahorro fiscal, estas reformas reducen de forma notable el consumo energético y la factura de luz y gas.

Una medida fiscal con impacto social y ambiental

El Gobierno enmarca esta deducción dentro de una estrategia más amplia para reducir la dependencia energética de los hogares, mejorar el confort de las viviendas y avanzar hacia un modelo residencial más sostenible, apoyado en fondos europeos.

Para muchos propietarios, la deducción de hasta 3.000 euros en 2026 supone un incentivo clave para acometer reformas que, de otro modo, se aplazarían.

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