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Valencia

López Jaraba, exdirector de RTVV, procesado por sobrecostes en programas de José Luis Moreno

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VALÈNCIA, 5 Jul. – El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Paterna (Valencia) ha decidido procesar al que fuera director general de Radiotelevisión Valenciana (RTVV) en la etapa del PP José López Jaraba por malversación o, en su caso, administración desleal por sobrecostes de 1.385.295 euros en la contratación de una serie y un programa de la productora Alba Adriática, propiedad de José Luis Moreno.

En un auto de conclusión de diligencias previas del pasado 26 de junio –paso previo a la calificación de los hechos por parte de las acusaciones para la apertura de juicio oral o el sobreseimiento–, el magistrado acuerda también el archivo provisional de los hechos referentes a otros contratos cuestionados e insta a las acusaciones personadas a que formulen sus escritos.

En la resolución, consultada por Europa Press, el instructor señala que, como director general de RTVV, López Jaraba, «en el ámbito de una crisis financiera de dicha entidad que llevó a su cierre posterior, tras el reconocimiento de deuda efectuado por la productora Alba Adriática en relación con la coproducción de la serie ‘Planta 25’ por la suma de 1.785.295 euros, con motivo de la justificación indebida de gastos en él producida, firmó un nuevo contrato cancelando dicha deuda a cambio de la entrega de un nuevo programa ‘De un tiempo a esta parte’, a razón de 40 emisiones, que valoraron en dicha cifra, siendo que la pericial judicial practicada los ha valorado en 400.000 euros».

Todo ello, «llevando a cabo dicha contratación a pesar de no ajustarse a la normativa prevista para estos contratos, sin comprobación efectiva del verdadero gasto real del presupuesto presentado y sin estimación de los posibles ingresos de publicidad derivados de su posible emisión en función de su posible audiencia, al tiempo que incluso en septiembre de 2011 no habían sido emitidos».

Así, el juez sostiene la existencia de «indicios racionales» para imputar a Jaraba un posible delito de malversación o, en su caso, de administración desleal. Estas contrataciones, añade el auto, se hicieron «despreciando cualquier actuación para constatar en su caso su verdadero coste y los posibles ingresos que pudieren obtener con los mismos por publicidad, conforme le venía exigido por la normativa interna de la sociedad».

Además, se suma el hecho de que este programa no había sido emitido en septiembre de 2011, casi un año después de la contratación, lo que a juicio del magistrado «confirma indiciariamente que pudiere representarse la falta de calidad de dichos programas, a pesar de lo cual, sin importarle el posible quebranto económico, concluyere tal contratación».

«Así resulta indiciariamente de la documental aportada en las actuaciones, en concreto el informe del Síndic de Comptes, que describe las irregularidades referidas en torno a la contratación, a lo que se suma el resultado del informe pericial recabado, que concluye en una relevante disparidad entre el coste que supuso para el erario público, y su coste real», explica.

SOBRESEIMIENTO RESPECTO A OTROS CONTRATOS+
A distinta conclusión llega el instructor respecto al resto de contrataciones –con una entidad, un equipo de fútbol y dos medios– que se investigaban en este procedimiento, ya que «a diferencia del caso anterior, no se vislumbra, de las diligencias practicadas, la mentada distracción o desvío de fondos injustificado a fines distintos del propio ente, sin perjuicio de la gestión deficitaria y de sus consecuencias en el posible ámbito de la responsabilidad contable ante el Tribunal de Cuentas, o, en su caso, de la propia responsabilidad patrimonial de los administradores en el marco de la normativa mercantil».

Tampoco ve delito, aunque sí advierte «una clara indeterminación y falta de concreción» en cuanto a los pagos a agencias de noticias en el ámbito internacional y nacional, participación de artistas en diversos programas, contraprestaciones a corresponsales y colaboradores de producción, y gastos de montaje y desmontaje, así como respecto a la contratación de 16 asesores. Por tanto, el juez acuerda respecto a estos hechos el sobreseimiento provisional.

CGT: «ES UNA GRAN VICTORIA»
El sindicato CGT, denunciante del caso, ha trasladado en un comunicado que considera «una gran victoria contra la corrupción en RTVV» esta decisión del juez, que estima «la existencia de indicios de delito en unos hechos que fueron denunciados por CGT en solitario, ya en nuestra denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción de julio de 2014».

El sindicato decididó personarse en el caso en 2017 y pedir un dictamen pericial en relación con el sobreprecio después de que ninguna de las otras partes personadas ni la Fiscalía «propusiera diligencias de investigación sobre las contrataciones».

En cualquier caso, CGT considera «preocupante» si tuviera que «continuar la acusación en solitario», ante «la pasividad mostrada por la Fiscalía –que no acudió a la reciente declaración de López Jaraba–, sin que conste la designación todavía de nuevo fiscal, después del nombramiento de Vicente Torres como magistrado del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que era el fiscal asignado al caso».

También han censurado «la pasividad mostrada por el Consell, que tanto prometió su personación y firme decisión en los casos de corrupción del Consell del PP, y su voluntad de recuperar hasta el último euro robado» y cuya representación legal «tampoco acudió a la última declaración de López Jaraba».

El sindicato exige que tanto la Fiscalía como la Abogacía de la Generalitat «deben formular también acusación en un asunto en el que existen claros indicios de prevaricación y malversación de fondos públicos».

Fuente: (EUROPA PRESS)

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Valencia

La Generalitat lanza un nuevo bono térmico de 397 euros sin necesidad de presentar solicitud

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bono térmico Generalitat
PEXELS

La Generalitat Valenciana ha dado un paso decisivo para proteger a los hogares más vulnerables tras los devastadores efectos de la DANA del 29 de octubre de 2024. El Consell ha aprobado una ayuda urgente de 18 millones de euros destinada a asumir los sobrecostes energéticos del invierno en viviendas que siguen arrastrando daños estructurales, humedades y pérdida de sistemas de calefacción a causa de las inundaciones.

Esta medida, planteada como un bono térmico extraordinario, busca prevenir situaciones de pobreza energética en miles de familias que ven cómo sus condiciones de habitabilidad empeoran con la llegada del frío.


397 euros por vivienda: a quién va dirigida esta ayuda térmica

Cada familia afectada recibirá 397,93 euros de ayuda directa. El objetivo es cubrir necesidades básicas de climatización, calefacción o sustitución de aparatos dañados por las inundaciones, así como compensar el aumento del gasto energético derivado de las condiciones insalubres que aún sufren muchos hogares.

Este bono térmico está diseñado para tres grupos de beneficiarios claros:

1. Titulares de la Renta Valenciana de Inclusión (RVI)

Personas que ya se encuentran en situación de vulnerabilidad económica y que, tras la DANA, han visto agravadas sus condiciones de vida.

2. Perceptores de prestaciones no contributivas

Hogares con ingresos limitados que dependen de ayudas estatales o autonómicas para subsistir.

3. Afectados que ya recibieron ayudas previas por pérdida de bienes esenciales

Se trata de quienes fueron incluidos en el marco del Decreto 163/2024, que regula las ayudas por daños en viviendas y enseres tras la catástrofe.


Una ayuda automática: no hará falta presentar solicitud

Una de las claves del programa es su gestión automatizada. La Generalitat concederá el bono térmico de oficio, sin que los beneficiarios tengan que realizar ningún trámite.

La administración autonómica cruzará los datos que ya constan en sus registros oficiales para identificar a las familias afectadas.
Una vez verificadas, la ayuda se abonará directamente mediante transferencia bancaria, garantizando rapidez, seguridad y la eliminación de cargas burocráticas.

El Consell destaca que este modelo permite una respuesta “rápida y eficaz”, algo esencial en un contexto en el que miles de hogares aún no han recuperado la normalidad un año después de la catástrofe.


Exento de IRPF y compatible con otras prestaciones

Otro de los puntos más relevantes desde el punto de vista económico es que este bono térmico DANA no tendrá que declararse en el IRPF. Además:

  • No computará como ingreso para la Renta Valenciana de Inclusión.

  • No afectará a la percepción de otras prestaciones sociales.

  • No reducirá ayudas vigentes por vulnerabilidad o dependencia.

De esta forma, el Gobierno valenciano garantiza que el bono térmico suma, pero no resta, un aspecto clave en un momento en el que muchas familias están al límite.


Una ayuda ampliable si la demanda supera la previsión

El Consell ha dejado abierta la posibilidad de ampliar la dotación económica de los 18 millones iniciales si la situación lo requiere. Con ello se pretende asegurar que ningún hogar afectado por la DANA quede fuera del bono térmico por falta de presupuesto.

Esta medida forma parte de un paquete de actuaciones que la Generalitat continúa desplegando para aliviar las consecuencias de un desastre meteorológico que todavía condiciona la vida de miles de valencianos.

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