Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Los acusados de violar a una mujer en Murcia: «Está loca, fue una relación consentida»

Publicado

en

El titular del Juzgado de Instrucción número 7, en funciones de guardia, impone una orden de alejamiento para los tres detenidos en el marco de la operación ‘ALAMO 25’, desarrollada por la Guardia Civil para identificar, localizar y detener a los presuntos autores de una agresión sexual cometida sobre una joven en el municipio murciano de Beniaján.

Según informan fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJRM), se investiga un delito de abuso sexual y los detenidos han quedado en libertad con cargos.

La investigación se inició el pasado día 28 de abril cuando la Guardia Civil recogió la denuncia de la víctima en la que narraba las agresiones sexuales sufridas cuando se encontraba con tres individuos, a los que conocía, y de los que aceptó unas sustancias tóxicas que le fueron proporcionadas bajo el argumento de ser medicamentos de tipo ansiolítico y que combinó con el consumo de alcohol.

En ese estado, según refirió la víctima, fue conducida hasta el domicilio de uno de ellos, donde le fueron nuevamente proporcionadas nuevos comprimidos medicamentosos que, con engaño, ingirió, lo que le prolongó su estado de enajenación y fue aprovechado para continuar agrediéndola sexualmente.

Al día siguiente, la víctima se marchó de la vivienda y acudió por sus propios medios a los servicios de urgencias del Hospital Universitario Virgen de la Arrixaca de Murcia, donde fue explorada por facultativos y médico forense, quienes le indicaron de la necesidad de interponer denuncia.

El pasado sábado, día 28, se personó en dependencias policiales del Puesto de la Guardia Civil de Torreagüera, donde, a la vista de su relato, se comunicaron los hechos a especialistas en Policía Judicial, que se hicieron cargo de la investigación.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

Publicado

en

Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
PIXABAY

La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

 

Continuar leyendo