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Los trabajadores afectados por un ERTE desde marzo cobrarán la mitad en septiembre

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indemnización por despido

Los trabajadores afectados por un ERTE desde el inicio de la crisis del coronavirus pasarán a cobrar la mitad de la prestación en el mes de septiembre. La ley en vigor, que en su día aprobó el Gobierno de Mario Rajoy, así lo establece.

Según esta ley, hasta los seis meses un parado cobra el 70% de su base reguladora a la Seguridad Social. A partir de esa fecha, se pasa a cobrar el 50%. Hasta la reforma laboral de 2012 se cobraba el 60%.

Por tanto, los trabajadores afectados por los ERTE producto de la pandemia verán cómo se reduce su prestación de septiembre -la que se cobra en octubre- a la mitad de su base reguladora. Por ejemplo, si ésta era de 1.000 euros cuando estaban empleados, hasta ahora habrán ingresado unos 700 euros y desde el mes que viene serán 500.

Esta semana está prevista una reunión entre el Gobierno, los sindicatos y la patronal para aprobar una cuarta prórroga, ya que los ERTE están vigentes hasta el 30 de septiembre. Los sindicatos quieren tratar el asunto en estas conversaciones.

Casi 900.000 trabajadores, 200.000 de ellos en Catalunya, continuaban afectados por un ERTE en la segunda quincena de agosto.

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Facebook cierra un grupo de 32.000 usuarios en Italia por difundir fotos íntimas sin consentimiento

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Meta ha cerrado un grupo de Facebook con más de 32.000 usuarios en el que se compartían imágenes íntimas de mujeres, muchas de ellas tomadas sin su consentimiento.

El grupo, llamado “Mia Moglie” (“Mi esposa”, en italiano), llevaba más de siete años activo, publicando fotos y comentarios de carácter sexista y misógino.

Facebook elimina un grupo que compartía imágenes íntimas sin consentimiento

Según ha explicado un portavoz de Meta a EFE, el grupo fue eliminado por infringir la normativa de la plataforma contra la explotación sexual de adultos:

“No permitimos contenidos que promocionen la violencia, los abusos o la explotación sexual. Si detectamos publicaciones que inciten a la violación o difundan material íntimo sin consentimiento, deshabilitamos grupos y cuentas y compartimos la información con las fuerzas de seguridad”.

El grupo, con 31.885 miembros, compartía fotos de mujeres en momentos privados, en ocasiones tomadas por sus propias parejas para difundirlas en el foro y comentarlas con otros usuarios. Parte del material estaba además generado con Inteligencia Artificial, lo que agrava la situación al simular escenas íntimas sin consentimiento.

Denuncias que provocaron el cierre del grupo

El caso salió a la luz gracias a la denuncia de la organización No Justice No Peace y de la escritora Carolina Capria, quien expuso el caso en su cuenta de Instagram.

Capria explicó:

“Me han informado de un grupo de Facebook con 32.000 usuarios en el que algunos hombres intercambian fotos íntimas de sus propias esposas para comentarlas y fantasear sexualmente. Mujeres que muchas veces ni siquiera saben que son fotografiadas, siendo sometidas a una especie de violación virtual”.

En apenas 48 horas, las denuncias se viralizaron en Italia, con críticas masivas desde la ciudadanía, asociaciones y figuras políticas, que presionaron a Meta hasta conseguir el cierre del grupo.

Reacciones políticas en Italia

El caso ha tenido eco en la política italiana. El Partido Demócrata (PD) denunció públicamente este tipo de violencia digital.

Roberta Mori, portavoz nacional de la Conferencia de Mujeres Democráticas, declaró:

“Alentar, tolerar o minimizar estas formas de violencia digital significa ser cómplice de una cultura de la violación que lleva siglos afectando a mujeres y niñas. La responsabilidad es individual, pero también colectiva cuando se difunden imágenes sin consentimiento”.

El marco legal: “Revenge porn” en Italia

En Italia, la difusión no consentida de imágenes sexuales explícitas se castiga bajo el delito de “revenge porn” recogido en el artículo 612-ter del Código Penal.

La norma establece que cualquier persona que publique, difunda o comparta imágenes privadas sin consentimiento puede enfrentarse a penas de prisión de 1 a 6 años y multas de entre 5.000 y 15.000 euros, salvo que el hecho constituya un delito más grave.

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