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Madrid vacunará con AstraZeneca la próxima semana si no decide nada Sanidad

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 Madrid, 14 may (EFE).- El viceconsejero de Salud Pública y Plan Covid-19, Antonio Zapatero, ha dicho este viernes que es «de máxima urgencia» que el Ministerio de Sanidad se defina sobre la segunda dosis de AstraZeneca y, si no lo hace, la Comunidad de Madrid podría vacunar la semana que viene con este fármaco a 14.059 madrileños que ya recibieron la primera dosis, si aceptan voluntariamente.

La Comisión de Salud Pública tomará la semana que viene «la decisión más adecuada» sobre cómo terminarán de inmunizarse los menores de 60 años que recibieron una primera dosis de AstraZeneca, si con un segundo pinchazo de esta marca o de Pfizer, según señaló la ministra de Sanidad, Carolina Darias.

En la rueda de prensa sobre la situación epidemiológica y asistencial de la región, Zapatero ha abogado por esperar a la respuesta de la Comisión de Salud Pública el próximo martes y a la decisión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el próximo miércoles, aunque ha estimado que lo mejor desde el punto de vista de la seguridad y la eficacia es administrar la segunda dosis de la vacuna de AstraZeneca.

Si la respuesta del Ministerio de Sanidad no llega, la Comunidad de Madrid pondrá a partir de la próxima semana la segunda dosis de AstraZeneca a aquellas personas que recibieron la primera y voluntariamente así lo deseen para que tengan la pauta completa, ha señalado el viceconsejero.

En la Comunidad de Madrid hay más de 140.000 personas que han recibido la primera dosis de AstraZeneca y les corresponde la administración de la segunda dosis antes del 3 de julio.

En concreto, ha dicho que la semana que viene (del 17 al 23 de mayo) vence el plazo para 14.059 ciudadanos y a la otra (del 24 al 30 de mayo) para 76.597.

Además, Zapatero ha insistido al Ministerio de Sanidad en la necesidad de poder seguir inoculando el suero de AstraZeneca, una vacuna segura, sin límite de edad.

«No podemos, ni debemos esperar más. No hay ningún argumento médico, ni técnico que avale la postura del Ministerio de Sanidad. La ficha técnica de esta vacuna así lo corrobora. No estamos pidiendo nada que se salga de lo fijado a nivel científico», ha argumentado.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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