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¿Qué medidas podrán tomar las Comunidades tras el final del estado de alarma?
Publicado
hace 5 añosen
Madrid, 7 abr (EFE).- La portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha señalado que si finalmente decae el estado de alarma el 9 de mayo, serán las comunidades autónomas las que pongan en marcha las medidas de restricción de movilidad que consideren necesarias y que marca la legislación ordinaria de Sanidad y las actuaciones coordinadas del Consejo Interterritorial de Salud.
«Significa que acabarían las medidas generales, pero lo que no acabaría nunca es la competencia que tienen las CCAA para delimitar medidas de seguridad que pueda pensar en poner en marcha en su territorio», ha señalado Montero tras insistir en que los cierres perimetrales podrían desaparecer dependiendo de la incidencia de la COVID-19 en cada territorio.
En una entrevista en RNE, Montero ha confirmado la intención del Ejecutivo de no prorrogar el actual estado de alarma, toda vez que la tendencia de los contagios no alcanza las olas de octubre y noviembre, y ha confiado en que no se produzca una cuarta ola para que pueda volver a haber una movilidad «mucho más normalizada».
«Ojalá esa situación se cumpla para no tener que recurrir a un instrumento que ha resultado eficaz pero que ninguna administración quiere mantenerlo en el tiempo», ha incidido.
Montero ha explicado que cuando decaiga el estado de alarma también decaerían las medidas generales, como el toque de queda, pero ha insistido en que cada Comunidad Autónoma puede poner en marcha las medidas de seguridad que considere oportunas para evitar la propagación del virus, siempre que no se vulneren los derechos fundamentales.
En este sentido, ha considerado «suficiente» la legislación ordinaria de Sanidad y las actuaciones coordinadas aprobadas por el Consejo Interterritorial de Salud, que -ha recordado- son de «obligado cumplimiento».
«Ya los jueces se han pronunciado de que son de obligado cumplimiento las actuaciones coordinadas. Esta tarde se vuelve a reunir el Consejo y seguirán promoviendo instrucciones y normas para toda la población», ha puntualizado.
La ministra ha afirmado que si no hay ninguna incidencia se puede continuar con la cogobernanza con las CCAA para que cada uno en su marco establezca los límites de restricción, «que no podrán afectar a los derechos fundamentales salvo que los tribunales así lo decidan».
Montero ha señalado, no obstante, que habrá que seguir monitorizando los umbrales de contagios aunque lo importante es la tendencia y «seguimos en una senda descendente y no como en las olas anteriores».
¿Qué medidas podrán tomar las Comunidades tras el final del estado de alarma?
«Queremos que el 9 de mayo sea el punto final al estado de alarma Es nuestro objetivo y para eso trabajamos», dijo este lunes el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, cuya intención es no prorrogar el estado de alarma una vez que expire el próximo 9 de mayo, por lo que dejarían de tener efecto las restricciones de movilidad, como el toque de queda o los cierres perimetrales.
Terminaría así el segundo estado de alarma para el conjunto de España que entró en vigor el 25 de octubre, es decir, seis meses y medio antes, casi el doble de lo que abarcó el primero, desde el 14 de marzo al 20 de junio, y lo hará con el mismo problema que entonces, sin una legislación actualizada que sirva de plan B al marco jurídico que ampara la alarma.
LAS MEDIDAS VUELVEN A ESTAR EN MANO DE LOS TRIBUNALES
Ese fue el debate entre los expertos que se abrió hace meses y que aun hoy continúa vigente pues es de prever que se vaya a generar las mismas polémicas que en el pasado verano y otoño cuando, por ejemplo, un juez de Madrid tumbó las medidas del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso que, poco después, fueron avaladas por el Tribunal Superior.
Casos como éste condujeron al Ejecutivo a impulsar un ligero cambio para que fueran los Tribunales Superiores de Justicia autonómicos y no los juzgados los que ratificaran las medidas adoptadas.
Pero ya fueran juzgados o tribunales, aquello convertía a los jueces en árbitros de la pandemia y provocaba desajustes tales como que unos togados tumbaran algunas de las restricciones impuestas por las administraciones mientras otros, a pocos kilómetros de distancia, las respaldaban, es decir, una misma medida era avalada en una comunidad mientras en su vecina era rechazada.
De esta forma, las órdenes de ayuntamientos y Gobiernos autonómicos serán nuevamente revisadas por los jueces, conscientes del desconcierto que provocaron cuando desautorizaron las restricciones consensuadas por las administraciones, que se quedaron en fuera de juego y con la única alternativa del estado de alarma.
SIN ESTADO DE ALARMA, LA CLAVE ESTARÁ EN LA LEY DE SALUD PÚBLICA
Para adoptar nuevas restricciones, ayuntamientos y CCAA tendrán que basarse de nuevo en la Ley de Salud Pública de 1986, que habilita a las distintas administraciones públicas a decretar medidas especiales por razones sanitarias de urgencia o necesidad.
Apoyándose en esa ley, los tribunales sí avalaron el año pasado, por ejemplo, que la Junta de Castilla y León acordara el cierre perimetral de León o que la Junta de Andalucía confinara perimetralmente Casariche (Sevilla) y Almodóvar del Río (Córdoba).
Sin embargo, el pasado octubre el TSJ de Madrid tumbó el cierre perimetral de diez municipios, cuando la Comunidad en vez de buscar la cobertura de esta ley, optó por una orden del Ministerio que no le amparaba para limitar derechos fundamentales. Tras ello, el Gobierno declaró el estado de alarma para la región.
Lo que ocurre es que los magistrados ven en esta ley el origen de la discrepancia pues la consideran «caduca y obsoleta» ya que esta norma se pensó para enfermos concretos y no para una pandemia.
Ahora bien, someter las decisiones en materia sanitaria al control de la autoridad judicial no es siempre obligatorio, solo si afectan a derechos fundamentales, si bien eso no impide a ayuntamientos y CCAA que busquen la ratificación del juez de cara a la opinión pública, aun a riesgo de salir mal parados.
En aquel periodo sin estado de alarma, los jueces revisaron prohibiciones que afectaban a los aforos en bares, restaurantes y actos religiosos, fumar en la vía pública, cierre del ocio nocturno, el uso obligatorio de mascarillas, cierre de parques y jardines o las salidas de residentes de centros sociosanitarios.
Y lo hicieron, en ocasiones, con una situación epidemiológica menos grave que en la actualidad con tres comunidades en riesgo extremo y varias en riesgo alto ante una pandemia ascendente.
EL CONSEJO INTERTERRITORIAL CONSENSUARÁ LAS MEDIDAS
Sánchez explicó ayer que una vez que decaiga el estado de alarma, las medidas que se tengan que adoptar para combatir la pandemia se tomarán en el seno del Consejo Interterritorial, en el que participan el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas.
A su juicio, el sistema de cogobernanza aplicado en los últimos meses ha sido efectivo y ha contado con el aval de la justicia en los pronunciamientos que han dictado ante reclamaciones presentadas contra determinadas medidas restrictivas. No siempre ha sido así.
El caso más sonado ocurrió en el País Vasco cuando el TSJ aceptó cautelarmente la petición de las asociaciones de hostelería de reabrir los bares y restaurantes de los municipios que se encontraban en «zona roja». Esto sucedió el pasado 9 de febrero.
Por Rafael Martínez
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La Guardia Civil confirma la rotura de la vía 22 horas antes del accidente de Adamuz, pero no saltó la alerta en Adif
Publicado
hace 10 horasen
8 abril, 2026
Apunta que Adif «no exigió» que el sistema alertara de una rotura de la vía pese a que en sus especificaciones lo recoge
Un informe de la Guardia Civil presentado al Tribunal de Instancia de Montoro (Córdoba), plaza número 2, confirma la rotura de la vía 22 horas antes del descarrilamiento del tren Iryo, que en segundos colisionó con el Alvia, a su paso por Adamuz, causando la tarde del domingo 18 de enero el fallecimiento de 46 personas y más de 120 heridos.
A la vista de este informe, queda como «línea principal de investigación la rotura de raíl o soldadura, quedando descartadas las acciones de sabotaje, terrorismo, negligencia o imprudencia de los maquinistas y a expensas de los informes periciales y otra documentación o manifestaciones que puedan ser recabados, y como muy altamente improbable la causa de una pieza en la vía que diera lugar al accidente».
En dicho informe del día 28 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press, se recoge que «el sistema sólo alerta de una rotura si la tensión cae por debajo del umbral de ‘ocupación'», de modo que «en el caso de Adamuz, el Sistema de Apoyo al Mantenimiento (SAM) registró una caída brusca de tensión la noche del 17 de enero, pero al mantenerse por encima del umbral no generó ninguna alarma al enclavamiento ni al personal de mantenimiento» de Adif.
En conclusión, se apunta que «el sistema SAM llegó a registrar de forma pasiva una alteración eléctrica compatible con una rotura horas antes del accidente, pero el sistema de señalización no estaba configurado para alertar de ello de forma automática por la falta de fiabilidad del método en esta infraestructura ferroviaria», a lo que se añade que «Adif a pesar de contener en sus especificaciones que debe estar diseñado para detectar la fractura, no lo exigió».
Al respecto, un informe técnico recogido en la documentación, en fase de borrador, de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF) sobre el siniestro de Adamuz ya apuntó hace semanas a una caída de tensión compatible con la rotura de la vía 22 horas antes del descarrilamiento, todo ello «a partir de los registros de las señales eléctricas de los circuitos de vía de la zona, que mantiene Hitachi», que se encarga del sistema de señalización.
En este sentido, el informe de la Benemérita indica que de la documentación aportada del sistema operado por Hitachi «se observan una serie de diagramas» en los que «se refleja que la tensión del circuito de vía se mantiene en el entorno de los dos voltios de tensión» del día 12 al 18 de enero. Sin embargo, desde las 21,46 horas del sábado 17 «se produce un descenso hasta el entorno de 1,5 voltios, no recuperándose dicha tensión hasta el accidente, sobre las 19,43 horas del día 18, en el que la tensión ya queda en cero».
Así, «se confirma que la rotura de vía se produjo en el tramo contemplado entre los kilómetros 319,412 y 318,665, por lo que esta indagatoria corroboraría la existencia de una rotura en ese tramo en el que se encuentra el kilómetro 318,681 y que se produjo a las 21,46 horas del día 17 de enero».
Además, se señala que «según la documentación, puede que fuera técnicamente posible detectar una rotura franca de carril» mediante los sistemas de señalización instalados, «aunque la fiabilidad de dicha detección depende de la configuración eléctrica de la vía».
En base a la manifestación de la responsable del sistema –empresa Hitachi Rail GTS Spain SAU proveedora de servicios contratada por Adif, «era posible detectar una rotura franca de carril en la vía 1 entre el kilómetro 317 y el 319, pero la fiabilidad de esta detección mediante los sistemas de señalización en esta línea específica era muy baja debido a la configuración eléctrica de la infraestructura».
«NO ES HABITUAL» LA VARIACIÓN DE TENSIÓN DE FORMA SOSTENIDA
Igualmente, se declara que ante la variación de la tensión de forma sostenida a lo largo del tiempo, desde las 21,46 horas del día 17 de enero hasta el cero de las 19,43 horas del día 18, «se comprueba que no es habitual durante la serie estudiada», en el período que abarca desde el día 12 de enero.
En este caso, se explica que «estas caídas de tensión se recogen en el SAM que se encuentra ubicado en la Base de Mantenimiento de Hornachuelos, que sólo se consulta por averías notificadas o por tareas de mantenimiento».
No obstante, la Guardia Civil afirma que «habrá que dilucidar si existía la posibilidad técnica de recibir algún tipo de alerta por estas caídas de tensión, sobre todo por el tiempo que se mantiene en esos niveles no habituales y por la gravedad de las consecuencias, puesto que una de ellas es la rotura del raíl, tal y como se reconoce en la manifestación, especialmente porque según las propias especificaciones de Adif, en el diseño del sistema debe establecerse la capacidad de poder detectar la rotura del carril y habiendo sido ya advertido en el memorando de la catenaria de 25KV, redactado para el trazado AVE en el año 1992».
En dicho memorando se advierte, refiriéndose al Sistema de Corriente y retorno y de puesta a tierra, que «el equipo de señalización de libre vía requiere que el número de las conexiones entre rieles y sistema de retorno sea mínimo, a fin de poder detectar la rotura de un riel». Y posteriormente se dice que «la puesta a tierra de los postes debe ser coordinada con la técnica de señalización para la detección de posibles roturas en los raíles».
LA CAUSA
En cuanto al hecho de determinar la causa o causas que dieron lugar al accidente de circulación ferroviaria, el Instituto Armado asevera que «esta cuestión sigue aún sin poder resolverse, en tanto en cuanto no se finalicen otras actuaciones de investigación como es la Inspección Técnico Ocular, además de contar con los resultados de los especialistas de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios e informes periciales solicitados».
No obstante, y al objeto de aclarar las distintas líneas de investigación que se siguen por esta instrucción, se explica el estado actual de cada una de ellas y las gestiones pendientes de resolverse para confirmar o descartar cada una de ellas.
De este modo, se expone que «teniendo en cuenta que se produjo la rotura de un riel (hilo) o de la soldadura y con los datos recabados hasta la fecha, no es posible determinar si fue la rotura del riel la que dio lugar a la de la soldadura o viceversa, se investigan distintas causas».
Ante ello, se han tomado 19 manifestaciones a maquinistas de las empresas Ouigo, Iryo y Renfe, que circularon el mismo día del accidente por ese tramo, de forma que «salvo una manifestación que informa de un golpe en lado derecho, el resto no reporta ningún tipo de incidencia o sensación extraña».
Respecto a la causa del accidente, se significa que «la CIAF llevó a cabo inspecciones, con la finalidad de comprobar la rodadura de los trenes que circularon con anterioridad por el tramo en el que se produjo el descarrilamiento, dando como resultado que en varios de los trenes se apreciaron muescas compatibles con una rotura de raíl».
Una de las causas del descarrilamiento del tren Iryo, con la información disponible a la fecha de redacción del informe, «pudo ser la rotura del riel, marcado con la inscripción ‘Ensidesa’ del año 2023, acero de grado R350HT, del carril sentido Madrid y que se corresponde con el lote 4D2062, que son los carriles nuevos instalados en el entorno de Adamuz», a lo que se añade que «la rotura de un riel puede producirse por diversas causas técnicas, operativas y metalúrgicas que van desde el proceso de fabricación hasta el desgaste por el uso continuado».
Entretanto, en el informe se afirma que los agentes actualmente analizan las imágenes de las cámaras de los dos trenes, «por si pudieran aportar más información relativa al momento de la colisión».
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