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Metrovalencia modifica sus horarios para Navidad

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VALÈNCIA, 24 Dic.-Metrovalencia aplica desde este martes 24 de diciembre el horario de Navidad para los servicios de tranvía y del 26 para el metro, que se mantendrán en vigencia hasta el 3 de enero, teniendo en cuenta que el día 4 es sábado, el 5 domingo y el 6, día de Reyes, festivo, por lo que estas fechas mantienen sus horarios habituales del resto del año.

En el tranvía, los días 24, 26, 27, 30 y 31 de diciembre y el 2 y 3 de enero variarán las frecuencias en los trayectos Tosal del Rei-Tarongers y a los destinos Mas del Rosari, Lloma Llarga y Fira.

En el metro, los días 26, 27, 30 y 31 de diciembre y 2 y 3 de enero serán jornadas con importantes refuerzos para equipararlo en la medida de lo posible a las jornadas laborales del resto del año.

De esta manera, las distintas líneas de Metrovalencia incorporarán 43 trenes adicionales, 33 al inicio del servicio y 10 al mediodía, al objeto de mejorar las circulaciones.

En Línea 1 se refuerza la conexión Bétera-Picassent, con diez trenes entre las 5.30 y las 9.30 horas, y con seis, entre las 12.30 y 15.30 horas. En Línea 2 (Lliria-Torrent Avinguda) se reforzará con ocho trenes el inicio del servicio, entre las 6 las 9.30 horas, y con cuatro, entre las 13.30 y 16 horas.

En Línea 3 (Rafelbunyol-Aeroport) el refuerzo del inicio del servicio se producirá con seis trenes; en Línea 5 (Marítim Serrería-Aeroport) con dos; en Línea 7 (Marítim Serrería-Torrent Avinguda) con 3; y en Línea 9 (Alboraya Peris Aragó-Riba-roja de Túria) con cuatro unidades.

Los nuevos horarios de Navidad se pueden consultar en las estaciones de la red de Metrovalencia, en la página web y en el teléfono gratuito de información y atención al cliente 900 46 10 46, así como a través de redes sociales @metrovalencia y facebook/metrovalencia.fgv.

NOCHEBUENA Y NAVIDAD
El día de Nochebuena, tanto en Metrovalencia como en TRAM d’Alacant, el servicio se reduce progresivamente antes de lo habitual, a partir de las 22 horas en València y las 20.30 horas en Alicante.

El día de Navidad, el servicio comenzará más tarde de lo habitual, hacia las 8 horas, tanto en Metrovalencia como en el TRAM d’Alacant.

FUENTE: EUROPA PRESS

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Aviso a los autónomos: Hacienda ya envía a la Seguridad Social los datos para fijar la base de cotización

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Cómo convertirse en Agente de Hacienda y sus ventajas

La Agencia Tributaria comunica los rendimientos netos de los trabajadores por cuenta propia, que servirán para determinar su base de cotización definitiva y regularizar las cuotas.

La Seguridad Social ha lanzado un aviso importante a los autónomos de toda España: Hacienda ya está enviando la información fiscal necesaria para calcular sus bases de cotización definitivas. Este proceso afecta a más de tres millones de trabajadores por cuenta propia, que están sujetos a un sistema de cotización distinto al de los asalariados.

Según ha informado el organismo a través de su canal oficial en la red social X (antes Twitter), es la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) la encargada de trasladar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) los datos de rendimientos que servirán para regularizar las cuotas de los autónomos.

Qué datos utiliza la Seguridad Social para calcular la cotización

De acuerdo con la información disponible en Import@ss, el portal oficial de la Seguridad Social, para fijar la base de cotización se tiene en cuenta la totalidad de los rendimientos netos obtenidos durante el año natural, independientemente de:

  • Si el autónomo ejerce su actividad de forma individual

  • Si actúa como socio o integrante de una entidad con o sin personalidad jurídica

La única excepción se da cuando el profesional deba figurar de alta como trabajador por cuenta ajena o asimilado, en cuyo caso no se aplican estas reglas.

Cómo se calculan los rendimientos netos de los autónomos

La Seguridad Social aclara que las cuotas de cotización se calculan conforme a las normas del IRPF, y el método depende del tipo de tributación del autónomo:

Estimación directa

El rendimiento se obtiene sumando:

  • El rendimiento neto de la actividad

  • Las cuotas abonadas a la Seguridad Social por el titular

Estimación objetiva (módulos)

Se tiene en cuenta:

  • El rendimiento neto previo

  • O el rendimiento neto previo minorado, en el caso de actividades agrícolas, ganaderas o forestales

Socios mercantiles

Se computan:

  • Los rendimientos del trabajo derivados de la actividad en la sociedad

  • Los rendimientos del capital mobiliario procedentes de la participación en la empresa

Socios de cooperativas

Incluyen:

  • Rendimientos del trabajo prestado a la cooperativa

  • Rendimientos del capital mobiliario por su condición de socios trabajadores

Socios civiles, colectivos, comuneros y laborales

Se suman:

  • Rendimientos de la actividad económica

  • Rendimientos del trabajo por servicios prestados

  • Rendimientos del capital mobiliario, tanto en dinero como en especie

Regularización de cuotas y efectos para los autónomos

Con esta información, la Seguridad Social podrá determinar la base de cotización definitiva y comprobar si el autónomo ha cotizado por debajo o por encima de lo que le correspondía según sus ingresos reales. En función del resultado, podrá haber:

  • Pagos adicionales si se ha cotizado de menos

  • Devoluciones si se ha cotizado de más

Este proceso forma parte del nuevo sistema de cotización por ingresos reales, ya plenamente implantado.

 


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