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Pedro Sánchez: «Dimita señor Rajoy y todo terminará»

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Dos años después de su investidura fallida, Pedro Sánchez vuelve a dirigirse a la Cámara del Congreso. Ha querido reivindicar la «fuerza moral» de la Constitución. «Esta moción de censura es consecuencia de hechos gravísimos, que de forma reiterada en el tiempo, ha dado imágenes de descrédito político y constitucional, que exigen una respuesta de los aquí presentes, y que pretende recuperar el sentido de la político. Esta moción nace de la propia Constitución, de la incapacidad señor Rajoy, de su incapacidad para tomar responsabilidades políticas. Responsabilidades que serían automáticas en cualquier democracia homologable a la nuestra.», ha argumentado Sánchez.

«En este momento tan grave, la mayor irresponsabilidad sería la de no presentar esta moción de censura a quien es merecedor de un reproche político por parte de esta Cámara. No solo sería eludir nuestra responsabilidad, sino porque nunca antes una moción de censura había sido tan necesaria». Ha añadido que «la corrupción actúa como un agente disolvente y es totalmente nociva para un país, pues ataca de raíz a la cohesión social».

«Quien activa esta moción es el presidente del Gobierno, es usted, señor Rajoy, quien nos ha traído aquí hoy. Dimita señor Rajoy y todo terminará. Podrá salir de la presidencia del Gobierno por decisión propia. ¿Va a dimitir? Su tiempo acabó. Dimita y esta moción de censura habrá terminado hoy, aquí y ahora. El presidente opta por la peor de las respuestas, atrincherarse en el cargo. Su sola permanencia en el cargo debilita a nuestra democracia. ¿Qué más tiene que pasar? ¿No es suficiente una sentencia que reconoce que su palabra no tiene crédito?

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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