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Demandan a España por los efectos secundarios «devastadores» del Nolotil

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Nolotil

El Nolotil es uno de los más vendidos en España y a causa de sus efectos secundarios, se ha creado la conocida como Asociación de Afectados por Fármacos (ADAF) que se encarga de denunciar los daños producidos por este medicamento y exigir que se proteja a la población de ellos. Se ha presentado una demanda de derechos fundamentales ante la negativa del Ministerio de Sanidad y de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios de investigar los numerosos casos de daños producidos por Nolotil.

ADAF es una organización sin ánimo de lucro que se ha creado con el propósito de unir a las personas que han sufrido consecuencias negativas debido al uso de fármacos, empezando por el Nolotil (metamizol). Este es el medicamento más vendido en España, pero está prohibido en cerca de 40 países. ADAF está compuesta por pacientes, familiares, abogados y profesionales de la salud comprometidos con la defensa de los derechos de los afectados.

La Asociación que ha demandado

El principal objetivo es luchar por la JUSTICIA y la seguridad en el uso de medicamentos. Queremos asegurarnos de que todas las personas reciban un tratamiento adecuado, seguro y efectivo. Y que se respeten sus derechos y se hagan responsables aquellos que han causado daño a través de la negligencia, la falta de información o los efectos secundarios no advertidos.

Promovemos la concienciación pública sobre los riesgos y efectos secundarios de los medicamentos, trabajando en estrecha colaboración con los medios de comunicación y organizando campañas de educación.

En la Asociación de Afectados por Fármacos, creemos que cada persona dañada merece justicia y la garantía de que su historia no se repetirá en otros pacientes. ¡Trabajemos juntos para lograr un sistema de salud más seguro y responsable!

Nolotil

Nolotil (metamizol), el analgésico de referencia y medicamento más vendido en España es el motivo por el que se creó ADAF. Nolotil es un medicamento que se receta para aliviar cualquier tipo de dolor o bajar la fiebre. Lo recetan prácticamente para todo: dolor de cabeza, de muelas, rodilla, espalda, antes o después de intervenciones quirúrgicas…

Sin embargo, muchas personas se han visto afectadas por este medicamento sin haber sido advertidas sobre sus riesgos. Conocemos al menos 350 casos, cerca de 80 se han registrado ya con ADAF, y creemos que todavía quedan muchos más por salir a la luz. El Nolotil ha demostrado tener efectos secundarios devastadores, como amputaciones, fallecimientos, reacciones alérgicas graves, choque anafiláctico, agranulocitosis (caída repentina del sistema inmune) daño renal o hepático, sepsis (una reacción extrema del cuerpo a una infección), fallo multiorgánico…

A pesar de todo esto, no solo se sigue recetando en todos los hospitales y centros médicos de España por protocolo, sino que además se están vulnerando los derechos de los pacientes ya que se les da cuando han pedido expresamente que no se les dé, cuando pone en su historial que son alérgicos a dicho medicamento e incluso cuando están hospitalizados intentando recuperarse de una grave reacción a este mismo medicamento, por tanto, poniendo su vida en peligro.

Los motivos por los que han demandado por los efectos secundarios

La Asociación en su web detalla los motivos:

  • Prohibición: nuestro primer objetivo es conseguir que este medicamento se deje de prescribir, en particular, a personas de países en los que está prohibido. Existen pruebas que demuestran que las personas de origen anglosajón y Norte de Europa tienen más tendencia a sufrir los peores efectos adversos a este medicamento. Sin embargo, esto no significa que otras nacionalidades sean inmunes a sus daños, motivo por el que buscaremos que se prohíba su prescripción en toda España.
  • Justicia y responsabilidad: nuestro segundo objetivo es brindar apoyo y justicia a los afectados por Nolotil y buscar compensación por los daños Lucharemos por la justicia y buscaremos responsabilizar a los fabricantes y proveedores de Nolotil por los daños causados. Trabajaremos con abogados especializados para presentar demandas legales y asegurarnos de que se hagan responsables por los efectos perjudiciales de este medicamento
  • Concienciación y prevención: promover cambios en los procedimientos de seguridad y regulación de medicamentos para evitar futuros casos de afectación y para evitar que se administre o recete a pacientes contra su voluntad o sin su permiso. Realizar acciones de concienciación y tendentes a la protección de la población.

 

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El INSS está quitando la incapacidad permanente a estas personas: quiénes están en riesgo según la Seguridad Social

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INSS quitar incapacidad permanente
El INSS está quitando la incapacidad permanente a estas personas: quiénes están en riesgo según la Seguridad Social-ARCHIVO

La incapacidad permanente es una de las prestaciones más sensibles del sistema de la Seguridad Social, ya que afecta directamente a la estabilidad económica de miles de personas que dependen de ella para vivir. Sin embargo, lo que muchos beneficiarios desconocen es que no se trata de una pensión definitiva ni garantizada de por vida. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede revisar, reducir e incluso retirar esta prestación si se dan determinadas circunstancias.

Y esto es precisamente lo que está ocurriendo. El INSS está retirando la incapacidad permanente a perfiles muy concretos tras detectar situaciones que, según la normativa vigente, justifican la pérdida del derecho a la pensión.

La incapacidad permanente no es intocable: puede revisarse y extinguirse

En España, más de un millón de personas cobran una pensión de incapacidad permanente. La cuantía y las condiciones varían en función del grado reconocido —parcial, total, absoluta o gran invalidez—, pero todas comparten una misma realidad: la incapacidad es revisable.

La ley permite al INSS revisar la prestación antes de la edad ordinaria de jubilación si se produce una mejoría de la salud, un cambio en la situación laboral o si se detecta algún incumplimiento. En muchos casos, el aviso llega mediante una citación médica, pero en otros la notificación se produce cuando la decisión ya está tomada.

Trabajar cobrando una incapacidad permanente: cuándo supone un riesgo real

Uno de los motivos más frecuentes por los que el INSS está retirando la incapacidad permanente tiene que ver con el regreso al trabajo. La Seguridad Social permite compatibilizar trabajo e incapacidad, pero solo si el empleo no contradice las limitaciones médicas que dieron lugar al reconocimiento de la pensión.

El problema surge cuando el organismo detecta que la persona beneficiaria:

  • Desempeña funciones muy similares a las que ya no podía realizar.

  • Ocupa un puesto claramente incompatible con su patología.

  • Realiza tareas que contradicen los informes médicos oficiales.

En estos casos, el INSS puede revisar el grado de incapacidad o extinguir la pensión, al considerar que ya no existe la limitación laboral que la justificaba.

Las revisiones médicas que pueden rebajar o eliminar la pensión

El INSS realiza revisiones periódicas, normalmente cada dos años, aunque estas pueden adelantarse si existen indicios de mejoría. Durante estas evaluaciones, los médicos valoran si las patologías han evolucionado favorablemente.

Si se concluye que la persona ya puede desarrollar una actividad laboral, el organismo puede:

  • Reducir el grado de incapacidad.

  • Retirar directamente la prestación.

Aunque estas decisiones generan mucha inquietud, están plenamente respaldadas por la normativa: la incapacidad permanente no es vitalicia si desaparecen las causas médicas que la motivaron.

Incumplimientos y errores que también pueden provocar la retirada

Existen otros supuestos menos conocidos, pero igualmente determinantes, por los que el INSS puede suspender o retirar la incapacidad permanente. Ocurre, por ejemplo, cuando la persona beneficiaria:

  • No acude a las revisiones médicas obligatorias.

  • Rechaza sin causa justificada tratamientos de rehabilitación o readaptación profesional.

  • No cumple con los trámites administrativos necesarios para mantener la prestación.

  • Fue beneficiaria de una incapacidad concedida por error administrativo, detectado posteriormente.

  • Incumple las condiciones exigidas para conservar la pensión.

En los casos más graves, cuando se demuestra fraude o simulación, la retirada de la incapacidad es inmediata.

La tabla de los afectados: quién puede perder la incapacidad permanente

Según los criterios del INSS, estas son las personas con mayor riesgo de perder la pensión de incapacidad permanente:

  • Personas que vuelven a trabajar en puestos incompatibles con sus limitaciones médicas.

  • Personas cuya salud ha mejorado según las revisiones médicas oficiales.

  • Personas que no acuden a las revisiones médicas obligatorias.

  • Personas que rechazan tratamientos de rehabilitación o readaptación sin justificación.

  • Personas cuya incapacidad fue concedida con errores detectados posteriormente.

  • Personas mayores de 55 años que cobran el complemento del 20% y vuelven a trabajar.

  • Personas que alcanzan la edad ordinaria de jubilación, momento en el que la incapacidad se transforma en pensión de jubilación.

  • Personas implicadas en casos de fraude o simulación.

El complemento del 20% para mayores de 55 años: uno de los puntos más delicados

Uno de los aspectos que más confusión genera es el complemento del 20% que pueden percibir quienes tienen reconocida una incapacidad permanente total y superan los 55 años. Este incremento se concede cuando existen dificultades especiales para reincorporarse al mercado laboral.

Sin embargo, no es un complemento vitalicio. Se pierde automáticamente si la persona comienza a trabajar o cuando alcanza la edad legal de jubilación, momento en el que la prestación se convierte en una pensión ordinaria. El INSS es claro al respecto: no se trata de un derecho permanente.

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