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Oltra sobre Zaplana: «Ninguna persona enferma de gravedad debe estar en prisión»

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VALÈNCIA, 27 Dic. (EUROPA PRESS) – La vicepresidenta, consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas y portavoz del Consell, Mónica Oltra, ha asegurado este jueves, sobre la situación del ‘expresident’ de la Generalitat Eduardo Zaplana, en prisión provisional por el caso Erial aunque en estos días ingresado en La Fe para recibir tratamiento debido a la leucemia que padece, que ninguna persona enferma de gravedad debe estar en la cárcel.

«Ninguna persona enferma de gravedad debe estar en una prisión», ha recalcado la vicepresidenta, quien ha añadido que esta posición «vale para el ‘expresident’ Zaplana y para cualquier persona que en una situación de enfermedad grave está en prisión, y hay muchas».

Oltra, que ha visitado diversos proyectos de atención social desarrollados por Sant Joan de Déu Serveis Socials València, ha recordado que ya se expresó en estos términos en una rueda de prensa del Consell en agosto y ha subrayado que su opinión sobre esta cuestión no ha cambiado.

En esta línea, ha considerado que la situación de los enfermos de gravedad que se encuentran en prisión «es un tema a revisar, no solamente para el ‘expresident’, que también, sino para todas las personas» en ese estado.

Así, ha apuntado que para las personas enfermas «hay otros lugares, pero desde luego no una prisión» y ha abogado por «revisar la situación de humanización del sistema penitenciario, porque Zaplana es una persona conocida pero hay muchas anónimas en situación igual o más grave», cuyo caso también se debería revisar «para no romper la igualdad ante la ley y la igualdad de trato que debemos tener todos en el sistema judicial y penitenciario».

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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