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Estas son las pensiones que se cobrarán en 2023

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Madrid (OFFICIAL PRESS-EFE).- Las pensiones que se cobrarán en 2023 tendrán una subida del 8,5 %, una vez adelantado el dato de inflación de noviembre que permite calcular la revalorización para el año que viene y que confirma el incremento estimado por el Gobierno en los presupuestos.

La subida tendrá un coste aproximado de 13.700 millones de euros y se aplicará a las pensiones contributivas y a las de las clases pasivas, mientras que las pensiones no contributivas se incrementarán el 15 % conforme a lo acordado por el Gobierno con EH Bildu en el marco de la negociación presupuestaria en el Congreso.

De acuerdo con la nómina de noviembre, hay 9,9 millones de pensiones contributivas y 690.790 pensiones de las clases pasivas (personal militar y personal civil de la Administración General del Estado, Justicia, Cortes Generales y de otros órganos constitucionales o estatales).

Estas son las pensiones que se cobrarán en 2023

Las pensión máxima del próximo año se queda en 42.829,29 euros anuales (3.059,2 euros al mes en 14 pagas). Mientras que la prestación mínima de jubilación de beneficiarios con 65 años con cónyuge a cargo será de 13.521,71 euros (965,8 euros al mes en 14 pagas). De no contar con cónyuge a cargo esta prestación mínima será de 10.958,58 euros anuales (782,7 euros al mes en 14 pagas); y si se tiene cónyuge pero no a cargo, será de 10.401,31 euros al año (742,9 euros mensuales. El resto de pensiones comprendidas entre la mínima y la máxima verán incrementar su cuantía un 8,5%.

Pensiones por viudedad

La pensión mínima de viudedad, que perciben 1,56 millones de personas, será el próximo año de 12.862,13 euros anuales si el titular tiene cargas familiares (918,7 euros al mes en 14 pagas). En el capítulo de pensiones de incapacidad permanente, que cobran casi un millón de personas, la gran invalidez se pagará con 20.283 euros anuales si el pensionista tiene cónyuge a cargo y con 16.438,63 euros al año si no los tiene. Finalmente las más de 323.000 huérfanos que reciben pensión de orfandad recibirá una prestación de 3.352,43 euros anuales (239,4 euros al mes en 14 pagas).

Cómo se calcula la pensión

De acuerdo con la reforma de 2021, la revalorización anual de las pensiones se calcula con la media de las tasas interanuales de inflación de los doce meses anteriores hasta noviembre.

En declaraciones remitidas a los medios, el secretario de Políticas Públicas y Protección Social de CCOO, Carlos Bravo, ha valorado que la fórmula de la que resulta el alza del 8,46 % garantiza el poder adquisitivo todos los años de una manera más estable.

«Es irrenunciable que se cumpla todos y cada uno de los años para garantizar a los pensionistas su poder adquisitivo», ha destacado.

El histórico de las pensiones

Hasta 2011, año en que se congelaron todas las pensiones menos las mínimas y no contributivas, las pensiones se revalorizaban cada año conforme a la inflación prevista y luego se abonaba una paga compensatoria si el índice de precios de consumo (IPC) de noviembre era mayor a la subida fijada.

En 2013 se estableció un mecanismo de revalorización ligado a la situación financiera de la Seguridad Social, que establecía una subida mínima del 0,25 % mientras estuviera en déficit.

En 2018 se derogó de facto ese mecanismo con la recuperación de la denominada «paguilla» que se calculó con la media de las tasas interanuales de IPC de los últimos doce meses, en lugar de con el IPC de noviembre como era tradicional.

Esta fórmula se adoptó legalmente en la reforma de las pensiones de 2021 para calcular la revalorización anual, después de que la comisión parlamentaria del Pacto de Toledo recomendara volver a ligar las pensiones al IPC.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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