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Salud Pública aprueba Janssen para personas del grupo de 40 a 49 años

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efectos secundarios vacuna janssen

La Comisión de Salud Pública acaba de anunciar que finalmente sí se utilizará la vacuna de Janssen para el grupo de 40 a 49 años un vez se haya completado la vacunación de los mayores de 50 años.  Hasta el momento, esta vacuna estaba destinada al grupo de 70 a 79 años de edad, para posteriormente inyectarse en personas menores de 60 años, por lo que actualmente se está vacunando con ella a los ciudadanos de edades comprendidas entre los 50 y 59 años, así como a los mayores de edad en situación de vulnerabilidad (grandes dependientes de difícil accesibilidad, personas con autismo profundo, discapacidad intelectual o enfermedad mental severa).

El visto bueno de la Comisión de Salud deberá ser ratificado por el Consejo Interterritorial y se traducirá en la octava actualización de la estrategia de vacunación

La estrategia también incluye a vacunar con Janssen a aquellos que presenten dificultad en la vacunación. En concreto, las autoridades sanitarias han acordado inyectar la vacuna monodosis a personas difíciles de captar para la vacunación y cooperantes que se desplacen en misión a países de alto riesgo y personas que, por razón de su actividad, no se vayan a encontrar en España en las fechas de la segunda dosis.

Sanidad pretende con esta decisión acelerar el proceso de vacunación pero eso depende en gran medida de que el laboratorio de Janssen mejore su hasta ahora irregular suministro. Janssen es la única vacuna monodosis del mercado y eso sumado a su efectividad puede hacer que se cumplan los objetivos

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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