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Sanidad aprueba la dosis de refuerzo contra el coronavirus para mayores de 40 años

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La Comisión de Salud Pública ha aprobado este jueves administrar la tercera dosis de la vacuna contra el coronavirus a los mayores de 40 años y a los vacunados con AstraZeneca, en su mayoría trabajadores esenciales de menos de 55 años.

Sobre la mesa estaba la posibilidad de ampliar las franjas de edad para la administración de la tercera dosis de la vacuna contra el covid-19. Tras reunión de los expertos de la ponencia de vacunas para debatir esa posibilidad y en esa reunión se ha aprobado este jueves administrar la tercera dosis de la vacuna contra el coronavirus a los mayores de 40 años y a los vacunados con AstraZeneca, en su mayoría trabajadores esenciales de menos de 55 años.

Esta cuestión a debatir se marcó como prioridad hace tres semanas por parte de la presidenta de la Comisión Europea. Ahora mismo la tercera dosis de la vacuna está recomendada para los mayores de 60 años con la excepción de Galicia que la ha adelantado para los de más de 50.

El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, ha justificado adelantar esta campaña para  «ir ganando tiempo» y avanzar en la administración de dosis de refuerzo. «Lo que hicimos fue citar a los menores de 60, a los de entre 59 y 50 para ir ganando tiempo» e incluso «puede haber algunas personas que ya empecemos a vacunar de forma inmediata», ha admitido Núñez Feijóo.

La ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha recordado a los consejeros «la necesidad de actuar con unidad de acción», según ha señalado en la rueda de prensa posterior al Consejo Interterritorial. «Cuando caminamos juntos, hemos llegado más lejos», ha señalado a modo de tirón de orejas suave a la administración gallega.

Cuando la Comisión Europea acordó el pasado 23 de noviembre ampliar a los mayores de 60 la tercera dosis, junto a sanitarios y sociosanitarios el Ministerio de Sanidad no descartó que poco a poco se vayan incorporando otros grupos, eso sí siempre priorizando terminar el refuerzo de los mayores de 60 y a los vacunados con Janssen antes de estas navidades.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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