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Sanidad aprueba la dosis de refuerzo contra el coronavirus para mayores de 40 años

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La Comisión de Salud Pública ha aprobado este jueves administrar la tercera dosis de la vacuna contra el coronavirus a los mayores de 40 años y a los vacunados con AstraZeneca, en su mayoría trabajadores esenciales de menos de 55 años.

Sobre la mesa estaba la posibilidad de ampliar las franjas de edad para la administración de la tercera dosis de la vacuna contra el covid-19. Tras reunión de los expertos de la ponencia de vacunas para debatir esa posibilidad y en esa reunión se ha aprobado este jueves administrar la tercera dosis de la vacuna contra el coronavirus a los mayores de 40 años y a los vacunados con AstraZeneca, en su mayoría trabajadores esenciales de menos de 55 años.

Esta cuestión a debatir se marcó como prioridad hace tres semanas por parte de la presidenta de la Comisión Europea. Ahora mismo la tercera dosis de la vacuna está recomendada para los mayores de 60 años con la excepción de Galicia que la ha adelantado para los de más de 50.

El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, ha justificado adelantar esta campaña para  «ir ganando tiempo» y avanzar en la administración de dosis de refuerzo. «Lo que hicimos fue citar a los menores de 60, a los de entre 59 y 50 para ir ganando tiempo» e incluso «puede haber algunas personas que ya empecemos a vacunar de forma inmediata», ha admitido Núñez Feijóo.

La ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha recordado a los consejeros «la necesidad de actuar con unidad de acción», según ha señalado en la rueda de prensa posterior al Consejo Interterritorial. «Cuando caminamos juntos, hemos llegado más lejos», ha señalado a modo de tirón de orejas suave a la administración gallega.

Cuando la Comisión Europea acordó el pasado 23 de noviembre ampliar a los mayores de 60 la tercera dosis, junto a sanitarios y sociosanitarios el Ministerio de Sanidad no descartó que poco a poco se vayan incorporando otros grupos, eso sí siempre priorizando terminar el refuerzo de los mayores de 60 y a los vacunados con Janssen antes de estas navidades.

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Aviso a los autónomos: Hacienda ya envía a la Seguridad Social los datos para fijar la base de cotización

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Cómo convertirse en Agente de Hacienda y sus ventajas

La Agencia Tributaria comunica los rendimientos netos de los trabajadores por cuenta propia, que servirán para determinar su base de cotización definitiva y regularizar las cuotas.

La Seguridad Social ha lanzado un aviso importante a los autónomos de toda España: Hacienda ya está enviando la información fiscal necesaria para calcular sus bases de cotización definitivas. Este proceso afecta a más de tres millones de trabajadores por cuenta propia, que están sujetos a un sistema de cotización distinto al de los asalariados.

Según ha informado el organismo a través de su canal oficial en la red social X (antes Twitter), es la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) la encargada de trasladar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) los datos de rendimientos que servirán para regularizar las cuotas de los autónomos.

Qué datos utiliza la Seguridad Social para calcular la cotización

De acuerdo con la información disponible en Import@ss, el portal oficial de la Seguridad Social, para fijar la base de cotización se tiene en cuenta la totalidad de los rendimientos netos obtenidos durante el año natural, independientemente de:

  • Si el autónomo ejerce su actividad de forma individual

  • Si actúa como socio o integrante de una entidad con o sin personalidad jurídica

La única excepción se da cuando el profesional deba figurar de alta como trabajador por cuenta ajena o asimilado, en cuyo caso no se aplican estas reglas.

Cómo se calculan los rendimientos netos de los autónomos

La Seguridad Social aclara que las cuotas de cotización se calculan conforme a las normas del IRPF, y el método depende del tipo de tributación del autónomo:

Estimación directa

El rendimiento se obtiene sumando:

  • El rendimiento neto de la actividad

  • Las cuotas abonadas a la Seguridad Social por el titular

Estimación objetiva (módulos)

Se tiene en cuenta:

  • El rendimiento neto previo

  • O el rendimiento neto previo minorado, en el caso de actividades agrícolas, ganaderas o forestales

Socios mercantiles

Se computan:

  • Los rendimientos del trabajo derivados de la actividad en la sociedad

  • Los rendimientos del capital mobiliario procedentes de la participación en la empresa

Socios de cooperativas

Incluyen:

  • Rendimientos del trabajo prestado a la cooperativa

  • Rendimientos del capital mobiliario por su condición de socios trabajadores

Socios civiles, colectivos, comuneros y laborales

Se suman:

  • Rendimientos de la actividad económica

  • Rendimientos del trabajo por servicios prestados

  • Rendimientos del capital mobiliario, tanto en dinero como en especie

Regularización de cuotas y efectos para los autónomos

Con esta información, la Seguridad Social podrá determinar la base de cotización definitiva y comprobar si el autónomo ha cotizado por debajo o por encima de lo que le correspondía según sus ingresos reales. En función del resultado, podrá haber:

  • Pagos adicionales si se ha cotizado de menos

  • Devoluciones si se ha cotizado de más

Este proceso forma parte del nuevo sistema de cotización por ingresos reales, ya plenamente implantado.

 


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