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‘Si no curras, no cobras’, la iniciativa que reclama que los diputados no cobren tras la disolución de las Cortes

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Madrid, 23 sept. – ‘Si no curras, no cobras’, bajo este título se ha lanzado una iniciativa ciudadana a través de internet en la que se reclama a diputados y senadores que renuncien a la indemnización económica que se les va a abonar tras la disolución de las Cortes Generales que se produce este martes como parte del proceso para convocar nuevas elecciones.

Dada la breve actividad parlamentaria de esta breve legislatura, más de 640.000 personas ya se han suscrito a esta iniciativa que pretende evitar que cuando el Congreso y el Senado se disuelvan este martes, los parlamentarios que no formen parte de la Diputación Permanente de cada cámara dejarán de percibir su sueldo mensual, pero tendrán derecho a una llamada «indemnización de transición» que debe ser solicitarse expresamente y que es incompatible con cualquier otro ingreso.

Se trata de una indemnización para compensar la eventual falta de ingresos de los parlamentarios en el periodo que va desde la disolución hasta el día de la votación. Se abona en un solo pago y tributa a Hacienda. Su cuantía depende del tiempo que estén sin percibir otros ingresos, puede prolongarse hasta un máximo de los 46 días que dura el periodo entre legislaturas. Se calcula proporcionalmente en función del sueldo base que vienen percibiendo -2.972,94 euros- más los complementos que pudieran recibir en función de sus responsabilidades en la Cámara. El máximo supone alrededor de 4.500 euros.

Actualmente, en el Congreso, esa indemnización la pueden solicitar hasta 213 diputados, ya que los 137 restantes seguirán cobrando su sueldo como miembros titulares o suplentes de la Diputación Permanente.

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1 Comentario

1 Comentario

  1. JUAN RAMON BALENCIAGA ERRASTI

    30 septiembre, 2019 en 5:09 pm

    DIPUTADO, SI NO CURRAS, NO COBRAS.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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