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‘Si no curras, no cobras’, la iniciativa que reclama que los diputados no cobren tras la disolución de las Cortes

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Madrid, 23 sept. – ‘Si no curras, no cobras’, bajo este título se ha lanzado una iniciativa ciudadana a través de internet en la que se reclama a diputados y senadores que renuncien a la indemnización económica que se les va a abonar tras la disolución de las Cortes Generales que se produce este martes como parte del proceso para convocar nuevas elecciones.

Dada la breve actividad parlamentaria de esta breve legislatura, más de 640.000 personas ya se han suscrito a esta iniciativa que pretende evitar que cuando el Congreso y el Senado se disuelvan este martes, los parlamentarios que no formen parte de la Diputación Permanente de cada cámara dejarán de percibir su sueldo mensual, pero tendrán derecho a una llamada «indemnización de transición» que debe ser solicitarse expresamente y que es incompatible con cualquier otro ingreso.

Se trata de una indemnización para compensar la eventual falta de ingresos de los parlamentarios en el periodo que va desde la disolución hasta el día de la votación. Se abona en un solo pago y tributa a Hacienda. Su cuantía depende del tiempo que estén sin percibir otros ingresos, puede prolongarse hasta un máximo de los 46 días que dura el periodo entre legislaturas. Se calcula proporcionalmente en función del sueldo base que vienen percibiendo -2.972,94 euros- más los complementos que pudieran recibir en función de sus responsabilidades en la Cámara. El máximo supone alrededor de 4.500 euros.

Actualmente, en el Congreso, esa indemnización la pueden solicitar hasta 213 diputados, ya que los 137 restantes seguirán cobrando su sueldo como miembros titulares o suplentes de la Diputación Permanente.

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1 Comentario

1 Comentario

  1. JUAN RAMON BALENCIAGA ERRASTI

    30 septiembre, 2019 en 5:09 pm

    DIPUTADO, SI NO CURRAS, NO COBRAS.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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