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Valencia

Sin expediente sancionador al Galileo cuando se cumplen 5 meses de la fiesta

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EFE/Manuel Bruque/Archivo

València, 26 feb (EFE).- La Conselleria de Justicia no ha cerrado todavía el expediente abierto el pasado mes de octubre al colegio mayor Galileo Galilei de València por la fiesta ilegal en la azotea que originó 168 contagios de coronavirus y obligó a la suspensión de las clases presenciales en la Universitat Politècnica de València.

Este viernes se cumplen cinco meses de la celebración de la fiesta, el pasado 26 de septiembre, y según han informado a Efe fuentes de la Conselleria de Justicia el expediente sigue en curso.

La investigación llevada a cabo por la Unidad de la Policía Nacional Adscrita a la Generalitat determinó que esta fiesta supuso una «grave violación» de la norma anticovid y se propuso una sanción para algunos directivos y trabajadores, los convocantes y los alumnos participantes identificados, que contemplaba multas de entre 601 y 30.000 euros.

La consellera de Justicia, Gabriela Bravo, que fue la encargada de informar sobre las conclusiones de la investigación policial, anunció, el 20 de octubre, que sería el expediente sancionador -todavía por cerrar- el que determinaría las cuantías a pagar y las responsabilidades, y que incluso podrían acarrear el cierre temporal del centro residencial de estudiantes, de gestión privada pero situado dentro del campus de Tarongers de la UPV.

Los agentes recopilaron material audiovisual que permitió identificar a un grupo importantes de asistentes a la fiesta, que superan el medio centenar, y tomó declaración al director de la residencia, al coordinador académico y a los dos recepcionistas que trabajaban la noche en que se celebró la fiesta, así como a los miembros del consejo colegial, el órgano que promueve las actividades lúdicas en el colegio mayor.

Según el relato policial, el 26 de septiembre una llamada anónima a la recepción del colegio advirtió de una fiesta ilegal en la azotea del centro «con personas bailando y bebiendo», por lo que el trabajador «la disolvió».

Sin embargo, sobre la una de la madrugada la Policía Nacional recibió el aviso de que en una de las habitaciones del colegio se celebraba una fiesta y cuando se personaron los agentes identificaron a sus veintidós participantes, que «no tenían ninguna medida de seguridad ni guardaban las distancias».

Más de madrugada, entre las 3 y las 4 horas, hubo otro aviso a la Policía sobre otra fiesta en otra habitación del mismo colegio en las mismas condiciones de falta de seguridad, y de nuevo fueron identificadas seis personas.

En total se identificó a unos cuarenta alumnos que participaron en alguna de las tres fiestas, incluidos los que forman el consejo colegial.

La Policía Autonómica concluyó en su informe que los hechos constituyen una «grave violación de la normativa para prevenir la covid-19» y que quedaba «clara» la responsabilidad de la dirección del colegio por «falta de diligencia» y permitir la fiesta por «inacción».

También se apuntaba a la responsabilidad de los usuarios de las habitaciones donde se celebraron sendas fiestas, tras disolverse la de la azotea, así como de los participantes.

Para ellos se propuso una sanción grave, que contempla una multa de entre 601 a 30.000 euros.

El pasado 19 de diciembre, la Policía Nacional volvió a disolver una fiesta con unas 200 personas en el mismo colegio mayor, pero en esta ocasión no se levantó acta de sanción porque cuando llegaron los agentes los jóvenes concentrados ya se habían retirado a sus habitaciones.

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Valencia

Ayuda por nacimiento y adopción en València 2026: 400 euros y cómo solicitarla

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Cheque bebé Valencia 2025
PIXABAY

València aumenta hasta 400 euros la ayuda por nacimiento o adopción para 2026

El Ayuntamiento de València ha aprobado la convocatoria de ayudas municipales al fomento de la natalidad y la conciliación familiar para el año 2026, aumentando la cuantía a 400 euros por cada nacimiento, adopción o acogimiento, frente a los 300 euros del año anterior. La convocatoria cuenta con un presupuesto de 1,5 millones de euros y se dirige a familias que acrediten residencia continuada en València de al menos cuatro años en el momento del nacimiento o inicio de la convivencia por adopción o acogimiento.

Estas ayudas, concedidas mediante procedimiento de concurrencia no competitiva, buscan garantizar la igualdad de trato entre todas las personas solicitantes que cumplan los requisitos y forman parte de la política municipal de apoyo a la familia, la conciliación laboral y la cohesión social. Según la Junta de Gobierno Local, “la falta de natalidad es uno de los problemas acuciantes de la sociedad valenciana y la conciliación, una de las asignaturas pendientes”.

Requisitos para acceder a la ayuda

Podrán beneficiarse de la ayuda las personas progenitoras, adoptantes, acogedoras o tutoras de la persona menor que cumplan los siguientes criterios:

  • Residencia continuada en València de al menos cuatro años en el momento del nacimiento, adopción o acogimiento.

  • Empadronamiento del menor en el municipio de València.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no estar incursas en causas de prohibición legal.

  • En casos de separación, divorcio o familias monoparentales, podrá ser beneficiaria la persona que conviva con el menor en la fecha de la solicitud.

Plazos y presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será de dos meses a partir de la fecha del nacimiento, adopción o acogimiento. Las solicitudes se podrán presentar:

  • De forma presencial, en las juntas de distrito y oficinas de registro y atención a la ciudadanía.

  • De manera electrónica, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de València.

Documentación requerida

  • Solicitud normalizada debidamente cumplimentada y firmada.

  • Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte).

  • Libro de familia o certificado de nacimiento, adopción o acogimiento.

  • Certificado de empadronamiento del solicitante y del menor.

  • Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (comprobado de oficio por el Ayuntamiento).

  • Certificado de titularidad bancaria.

  • Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos exigidos.

Resolución y abono de la ayuda

El Ayuntamiento resolverá las solicitudes en un plazo máximo de tres meses desde su presentación. La ayuda se abonará en un único pago de 400 euros mediante transferencia bancaria y será compatible con otras subvenciones o prestaciones similares otorgadas por otras administraciones o entidades.


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