Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Las terminaciones más premiadas del Sorteo del Niño

Publicado

en

terminaciones mas premiadas sorteo del niño

Las terminaciones más premiadas del Sorteo del Niño son las que siempre buscamos. Este año ‘El Niño’ repartirá un total de 700 millones de euros.

Las terminaciones más premiadas del Sorteo del Niño

El 0, la terminación más premiada

A la hora de comprar los números del sorteo, siempre hay quien piensa en la superstición. Un año de nacimiento, la fecha de boda, un aniversario… Pero hay gente que también tiene muy en cuenta cuáles han sido los números más premiados a lo largo de toda la historia de la Lotería de El Niño.

La terminación más repetida en la historia de este sorteo es el 0. Según la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) el 0 ha salido en 22 ocasiones. Incluida la del año 2021 cuyo primer premio fue el 19570.

Además, lo más curioso es que la terminación 20 ha sido premiada hasta en seis ocasiones: 05.320 (año 1922), 35.920 (año 1936), 35.520 (año 1954), 37.220 (año 1986), 10.320 (año 2002) y 28.920 (año 2009). Además, si nos fijamos bien, la terminación 320 se ha repetido hasta en dos ocasiones, en los años 1922 y 2002.

El 7 y el 9 siguen al 0

La segunda terminación más premiada ha sido el 7, que se ha repetido en 14 ocasiones. En tercer lugar se encuentra el número 9, ganador en 13 ediciones del sorteo. Le siguen el 4 y 5 (12 veces cada uno), el 2 (11 veces cada uno), el 6 (en 10 ocasiones), el 1 (9 veces) y el 8 (8 premios). El 3 ha sido el número que menos veces ha resultado ganador en el sorteo. Tan solo ha dado la suerte en seis ocasiones.

Terminaciones 31, 22, 42 y 54

A pesar de que el número 1 se mantiene en la octava posición de apariciones en el primer premio de la Lotería de El Niño, la terminación 31 se ha repetido hasta en tres ocasiones: 1944 (44.131), 1957 (35.031) y 1989 (29.731). La terminación 22 se ha repetido también en tres ocasiones, dos de ellas acabadas en 122: en 1953 (12.122), 1990 (96.722) y 1998 (09.122).

En los últimos dos años, la terminación 42 se ha repetido de forma consecutiva: 37.142 (2019) y 57.342 (2020). Lo mismo ocurrió en los años 2016 y 2017, donde las terminaciones terminaron en 54 (22.654 y 08.354). Esta terminación también se repitió en el año 2014 con el número 76.254.

DESDE 1941

La historia de este tradicional sorteo se remonta a 1941, cuando el entonces director general de Timbre y Monopolios, F. Roldán, lo institucionalizó. Tras el éxito del primer sorteo, se decidió al año siguiente, 1942, transformarlo en Sorteo Extraordinario. El año 1999 fue el primero en que se celebró el Sorteo el día 6 en lugar del 5 de enero.

En 1941 el Sorteo constaba de 4 series de 42.000 billetes cada una, a 150 pesetas el billete, dividido en décimos de 15 pesetas. Aquel año se vendieron un total de 166.668 billetes con una recaudación de 25.230.000 pesetas que reportaron un beneficio de 7.700.300 pesetas al Estado. En 1941, el número agraciado con el primer premio fue el 23.594, el cual recayó en Sevilla.

Por otro lado, en 1942, el Primer Sorteo Extraordinario del año, contaba con 3 series de 56.000 billetes cada una, a 250 pesetas el billete, divididos en décimos, de 25 pesetas. De este modo, los números y poblaciones agraciadas con los tres primeros premios fueron: un Primer Premio de 2.000.000 de pesetas al 52.434 en Murcia; Segundo Premio de 1.000.000 de pesetas al 27.541 en Getafe (Madrid), Bilbao y Albacete; y un Tercer Premio de 750.000 pesetas al 35.285 en Arucas (Las Palmas), Valdepeñas (Ciudad Real) y Valencia.

A partir de 1964, Lotería Nacional recuerda que comenzó la celebración de sorteos fuera de su sede habitual en Madrid, al celebrarse en San Sebastián. Desde entonces, ya son 388 los sorteos celebrados fuera del Salón de Sorteos de Loterías y Apuestas del Estado, habiendo sido visitadas prácticamente todas las provincias españolas, según señala SELAE.

En este sentido, destaca que en el año 2012, el Sorteo Extraordinario de ‘El Niño’ se celebró en Cádiz, en conmemoración del segundo centenario de la Constitución de Cádiz de 1812 ‘La Pepa’ y del bicentenario del nacimiento de la Lotería Nacional.

LA ‘CLAVE’ DEL REINTEGRO

Pasada la resaca del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad, muchos ya tienen la mirada puesta en el 6 de enero, día en que volverán a probar suerte con el Sorteo de ‘El Niño’, cuya ‘clave’ de que toque más se encuentra en el famoso reintegro ya que en este tradicional sorteo de enero existen tres reintegros, mientras que en el del 22 de diciembre hay uno, el de ‘El Gordo’.

Así, mientras que el Sorteo Extraordinario de ‘El Niño’ de la Lotería Nacional repartirá un total de 700 millones de euros, el de Navidad repartió la semana pasada 2.380 millones de euros en premios. De esta forma, el programa de premios del sorteo de Navidad incluye reintegros de 200 euros cada uno para los billetes cuya última cifra sea igual a la del que obtenga ‘El Gordo’.

Sin embargo, ‘El Niño’ reparte premios a reintegros de 200 euros cada uno para los billetes cuya última cifra sea igual a la del que obtenga el primer premio, a la del que se obtenga en la primera extracción especial de una cifra, y a la del que se obtenga en la segunda extracción especial de una cifra.

La ciencia también avala esta explicación y es que el investigador del Instituto de Ciencias Matemáticas (ICMAT), Manuel de León, declaraba a Europa Press que es más probable ganar en el Sorteo de ‘El Niño’ que en el de Navidad porque tiene más premios y, por lo tanto, hay más reintegros. «Aumenta la probabilidad de que te toque algo», concluye.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

Publicado

en

Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

Continuar leyendo