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El Tribunal Constitucional paraliza la iniciativa de la independencia de Cataluña

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tribunal ley eutanasia

El Tribunal Constitucional ha suspendido la iniciativa legislativa popular (ILP) que el Parlament admitió a trámite el 20 de febrero para declarar la independencia de Cataluña. Por unanimidad, el Pleno del tribunal de garantías ha dictado una providencia en la que admite a tramite el recurso del Ejecutivo, lo que supone la paralización inmediata de la ILP.

Todos los magistrados y las magistradas han estado de acuerdo en la admisión. Sin embargo, ha sido un debate «intenso» que ha girado en torno a cuestiones técnicas y que habido discrepancia en cuanto a los argumentos, porque había «distintos motivos» a la hora de justificar la admisión a trámite, según han informado fuentes jurídicas a EFE.

Un debate extenso por un asunto «sin apenas precedentes»

De hecho, el debate se ha extendido durante hora y media, pese a que se trata de un recurso del Ejecutivo, cuya admisión es en la mayoría de los casos casi automática, y de la amplia doctrina constitucional respecto del proceso independentista catalán.

Y es que el asunto no era nada sencillo ya que se trata de «un procedimiento escasamente utilizado», «sin apenas precedentes» puesto que no es un recurso de inconstitucionalidad contra una ley sino un recurso de impugnación de disposiciones autonómicas sin fuerza de ley, cuyo objeto es el acuerdo de la mesa del Parlament de admitir a trámite la iniciativa legislativa popular.

De hecho, el último precedente fue la admisión a trámite por la mesa de la asamblea del País Vasco del plan Ibarretxe, que el Gobierno de José María Aznar recurrió y el TC rechazó su admisión, lo que no ha sucedido en este caso.

Cuando anunció el recurso, el ministro de Justicia, Félix Bolaños, defendió que su postura es «es absolutamente coherente» con la política del Gobierno y añadió que el Ejecutivo va en contra de cualquier iniciativa «que sea divisiva, fracture la sociedad y genere tensión» como cree que ocurriría con la tramitación de esta ILP, que también ha sido recurrida por el PSC .

La Mesa del Parlament admitió a trámite esta iniciativa promovida por Solidaritat Catalana per la Independència (SI), con los votos a favor de Junts y la CUP, la abstención de ERC y el voto en contra del PSC y a pesar del informe consultivo negativo de un letrado.

 

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Ribó imputado por supuesta construcción ilegal de piscina en Alboraia

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Joan Ribó imputado

VALÈNCIA. La presunta edificación irregular de una piscina municipal promovida por el Ayuntamiento de Alboraia en terrenos pertenecientes a València está generando controversia legal. Esta situación no solo afecta al consistorio de l’Horta Nord, sino también a la capital del Turia, ya que su exalcalde, Joan Ribó, ha sido citado a declarar como investigado en el proceso judicial.

El Juzgado de Instrucción Nº 19 de València ha admitido la solicitud de comparecencia formulada por la Asociación para la Defensa del Estado de Derecho, que ejerce la acusación popular y está presidida por la exalcaldesa de Catarroja, María Ángeles López. Según el auto judicial al que ha accedido Valencia Plaza, Ribó deberá comparecer el próximo 22 de julio.

La mencionada asociación, representada por el abogado Víctor Soriano, sostiene que existía conocimiento previo por parte de Joan Ribó y la exconcejala de Urbanismo, Sandra Gómez, sobre la construcción de la piscina, dado que su emplazamiento fue ampliamente difundido en medios de comunicación.

 

Sin embargo, afirman que no se tomaron medidas administrativas para legalizar la situación o iniciar procedimientos sancionadores.

Tanto el Ayuntamiento de València como el de Alboraia están bajo investigación por esta supuesta irregularidad urbanística. Desde 2022, el consistorio de Alboraia impulsó la construcción de la piscina en terrenos propios ubicados dentro del término municipal de València.

Según las declaraciones recopiladas en la instrucción judicial, estos terrenos se encontrarían en un proceso de segregación para ser incorporados al municipio de Alboraia.

Plan General de Alboraia

El Plan General de Alboraia los clasifica como suelo urbano, mientras que el de València los considera suelo protegido no urbanizable.

El complejo acuático en cuestión es una piscina municipal al aire libre, cuyo coste ascendió a 1,2 millones de euros, financiado parcialmente con una subvención de la Diputación de València. Su ubicación colinda con el campo de fútbol del Alboraya UD, pero según la investigación, fue construido en terrenos no urbanizables catalogados como huerta protegida.

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