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El Tribunal Constitucional paraliza la iniciativa de la independencia de Cataluña

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tribunal ley eutanasia

El Tribunal Constitucional ha suspendido la iniciativa legislativa popular (ILP) que el Parlament admitió a trámite el 20 de febrero para declarar la independencia de Cataluña. Por unanimidad, el Pleno del tribunal de garantías ha dictado una providencia en la que admite a tramite el recurso del Ejecutivo, lo que supone la paralización inmediata de la ILP.

Todos los magistrados y las magistradas han estado de acuerdo en la admisión. Sin embargo, ha sido un debate «intenso» que ha girado en torno a cuestiones técnicas y que habido discrepancia en cuanto a los argumentos, porque había «distintos motivos» a la hora de justificar la admisión a trámite, según han informado fuentes jurídicas a EFE.

Un debate extenso por un asunto «sin apenas precedentes»

De hecho, el debate se ha extendido durante hora y media, pese a que se trata de un recurso del Ejecutivo, cuya admisión es en la mayoría de los casos casi automática, y de la amplia doctrina constitucional respecto del proceso independentista catalán.

Y es que el asunto no era nada sencillo ya que se trata de «un procedimiento escasamente utilizado», «sin apenas precedentes» puesto que no es un recurso de inconstitucionalidad contra una ley sino un recurso de impugnación de disposiciones autonómicas sin fuerza de ley, cuyo objeto es el acuerdo de la mesa del Parlament de admitir a trámite la iniciativa legislativa popular.

De hecho, el último precedente fue la admisión a trámite por la mesa de la asamblea del País Vasco del plan Ibarretxe, que el Gobierno de José María Aznar recurrió y el TC rechazó su admisión, lo que no ha sucedido en este caso.

Cuando anunció el recurso, el ministro de Justicia, Félix Bolaños, defendió que su postura es «es absolutamente coherente» con la política del Gobierno y añadió que el Ejecutivo va en contra de cualquier iniciativa «que sea divisiva, fracture la sociedad y genere tensión» como cree que ocurriría con la tramitación de esta ILP, que también ha sido recurrida por el PSC .

La Mesa del Parlament admitió a trámite esta iniciativa promovida por Solidaritat Catalana per la Independència (SI), con los votos a favor de Junts y la CUP, la abstención de ERC y el voto en contra del PSC y a pesar del informe consultivo negativo de un letrado.

 

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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