Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

El Tribunal Constitucional paraliza la iniciativa de la independencia de Cataluña

Publicado

en

tribunal ley eutanasia

El Tribunal Constitucional ha suspendido la iniciativa legislativa popular (ILP) que el Parlament admitió a trámite el 20 de febrero para declarar la independencia de Cataluña. Por unanimidad, el Pleno del tribunal de garantías ha dictado una providencia en la que admite a tramite el recurso del Ejecutivo, lo que supone la paralización inmediata de la ILP.

Todos los magistrados y las magistradas han estado de acuerdo en la admisión. Sin embargo, ha sido un debate «intenso» que ha girado en torno a cuestiones técnicas y que habido discrepancia en cuanto a los argumentos, porque había «distintos motivos» a la hora de justificar la admisión a trámite, según han informado fuentes jurídicas a EFE.

Un debate extenso por un asunto «sin apenas precedentes»

De hecho, el debate se ha extendido durante hora y media, pese a que se trata de un recurso del Ejecutivo, cuya admisión es en la mayoría de los casos casi automática, y de la amplia doctrina constitucional respecto del proceso independentista catalán.

Y es que el asunto no era nada sencillo ya que se trata de «un procedimiento escasamente utilizado», «sin apenas precedentes» puesto que no es un recurso de inconstitucionalidad contra una ley sino un recurso de impugnación de disposiciones autonómicas sin fuerza de ley, cuyo objeto es el acuerdo de la mesa del Parlament de admitir a trámite la iniciativa legislativa popular.

De hecho, el último precedente fue la admisión a trámite por la mesa de la asamblea del País Vasco del plan Ibarretxe, que el Gobierno de José María Aznar recurrió y el TC rechazó su admisión, lo que no ha sucedido en este caso.

Cuando anunció el recurso, el ministro de Justicia, Félix Bolaños, defendió que su postura es «es absolutamente coherente» con la política del Gobierno y añadió que el Ejecutivo va en contra de cualquier iniciativa «que sea divisiva, fracture la sociedad y genere tensión» como cree que ocurriría con la tramitación de esta ILP, que también ha sido recurrida por el PSC .

La Mesa del Parlament admitió a trámite esta iniciativa promovida por Solidaritat Catalana per la Independència (SI), con los votos a favor de Junts y la CUP, la abstención de ERC y el voto en contra del PSC y a pesar del informe consultivo negativo de un letrado.

 

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

Publicado

en

precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo