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Una nueva sentencia establece que el confinamiento no son vacaciones

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Después del fallo en ese sentido de un juez en Cantabria, una nueva sentencia judicial ha dado la razón a un trabajador que demandó a su empresa por darle vacaciones durante el confinamiento. El Juzgado de lo Social número 1 de Melilla ha fallado a favor de una empleada de una de las empresas de ITV de la ciudad autónoma a quien se le concedieron vacaciones del 30 de marzo al 5 de abril, en pleno Estado de Alarma.

La trabajadora tenía sus vacaciones solicitadas y aprobadas para esas fechas, pero el 21 de marzo pidió un aplazamiento ante la nueva situación. La empresa no contempló la petición. Ahora, la sentencia declara la nulidad de ese periodo vacacional y da derecho a la demandante a disfrutar de sus vacaciones entre el 9 y el 15 de diciembre.

El fallo judicial equipara el confinamiento con la Incapacidad Temporal recogida en el Estatuto de los Trabajadores. Según el artículo 38.8 de dicho estatuto, el trabajador que inicia una situación de incapacidad temporal antes o después de su disfrute de periodo vacacional «conserva su derecho a disfrutar sus vacaciones». Para el juez, la situación excepcional del estado de Alarma ha impedido a la trabajadora su «legítimo derecho» a disfrutar de las vacaciones autorizadas, ante «las restricciones de su libertad ambulatoria (desplazarse, salir de su domicilio, tener un ocio particular, visita de familiares, acudir a un bar, hacer deporte, etc…)».

Para UGT, de la que es miembro la demandante, la sentencia supone un antes y un después para los trabajadores. Según el sindicato, queda claro que el confinamiento no son vacaciones, ya que estas son «un derecho irrenunciable, como protección de la salud y seguridad y como recuperación de la fatiga que provoca el trabajo y ahora también el confinamiento».

«El favorecimiento de las relaciones familiares y sociales fuera de la vivienda, el ocio, la restauración los viajes, el turismo y/o el descanso debe ser donde uno decida sin obligación», ha expresado el sindicato en un comunicado.

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La UCO se persona en varias sedes de Acciona por una pieza separada del ‘caso Koldo’

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La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil se ha personado este viernes en varias sedes de la empresa Acciona en el marco de una pieza separada del ‘caso Koldo’, que actualmente se investiga bajo secreto sumarial.

Detalles de la operación

La actuación de la UCO forma parte de una derivada de la investigación original del ‘caso Koldo’, aunque por el momento no se han facilitado más detalles sobre los motivos de la intervención ni sobre el alcance de la misma.

Las autoridades mantienen la confidencialidad debido a que se trata de un procedimiento judicial en curso, y cualquier información adicional dependerá de la evolución de la investigación.

Contexto del ‘caso Koldo’

El ‘caso Koldo’ ha estado en el foco mediático durante los últimos meses debido a su implicación con empresas y altos cargos en presuntos delitos económicos y de corrupción. La aparición de piezas separadas de la investigación indica que los investigadores están ampliando el caso para analizar nuevos indicios o implicados.

Acciona y la operación de la UCO

Acciona, una de las principales empresas del sector de la construcción y energías renovables en España, ha sido escenario de registros y actuaciones de la UCO, aunque la compañía no ha emitido por el momento declaraciones oficiales sobre la investigación.

Se espera que las próximas horas o días puedan aportar más información sobre esta pieza separada y su relación con el ‘caso Koldo’, así como sobre posibles imputaciones o medidas judiciales adicionales.

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