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Una nueva sentencia establece que el confinamiento no son vacaciones

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Después del fallo en ese sentido de un juez en Cantabria, una nueva sentencia judicial ha dado la razón a un trabajador que demandó a su empresa por darle vacaciones durante el confinamiento. El Juzgado de lo Social número 1 de Melilla ha fallado a favor de una empleada de una de las empresas de ITV de la ciudad autónoma a quien se le concedieron vacaciones del 30 de marzo al 5 de abril, en pleno Estado de Alarma.

La trabajadora tenía sus vacaciones solicitadas y aprobadas para esas fechas, pero el 21 de marzo pidió un aplazamiento ante la nueva situación. La empresa no contempló la petición. Ahora, la sentencia declara la nulidad de ese periodo vacacional y da derecho a la demandante a disfrutar de sus vacaciones entre el 9 y el 15 de diciembre.

El fallo judicial equipara el confinamiento con la Incapacidad Temporal recogida en el Estatuto de los Trabajadores. Según el artículo 38.8 de dicho estatuto, el trabajador que inicia una situación de incapacidad temporal antes o después de su disfrute de periodo vacacional «conserva su derecho a disfrutar sus vacaciones». Para el juez, la situación excepcional del estado de Alarma ha impedido a la trabajadora su «legítimo derecho» a disfrutar de las vacaciones autorizadas, ante «las restricciones de su libertad ambulatoria (desplazarse, salir de su domicilio, tener un ocio particular, visita de familiares, acudir a un bar, hacer deporte, etc…)».

Para UGT, de la que es miembro la demandante, la sentencia supone un antes y un después para los trabajadores. Según el sindicato, queda claro que el confinamiento no son vacaciones, ya que estas son «un derecho irrenunciable, como protección de la salud y seguridad y como recuperación de la fatiga que provoca el trabajo y ahora también el confinamiento».

«El favorecimiento de las relaciones familiares y sociales fuera de la vivienda, el ocio, la restauración los viajes, el turismo y/o el descanso debe ser donde uno decida sin obligación», ha expresado el sindicato en un comunicado.

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Nueva subida de las pensiones en 2026 con un incremento: Así quedan

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Forbes elige Valencia jubilación

Las pensiones mínimas aumentarán más de un 7% tras el aval del Consejo de Ministros en un decreto único.

El Consejo de Ministros ha dado luz verde nuevamente este martes a la revalorización de las pensiones para el año 2026, mediante un decreto único que recoge tanto el aumento de las pensiones contributivas como de las de clases pasivas.

Según ha explicado la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y portavoz del Ejecutivo, Elma Saiz, las pensiones contributivas subirán un 2,7%, en línea con la evolución de los precios, mientras que las pensiones mínimas experimentarán un incremento superior al 7%, con el objetivo de reforzar la protección de los colectivos con menores ingresos.

Qué pensiones suben en 2026

El decreto aprobado contempla:

  • Revalorización del 2,7% para las pensiones contributivas

  • Incremento de más del 7% para las pensiones mínimas

  • Actualización de las pensiones de clases pasivas

  • Aplicación conforme al sistema de revalorización ligado al IPC

El Ejecutivo defiende que esta medida garantiza el mantenimiento del poder adquisitivo de los pensionistas y refuerza el modelo de protección social, en un contexto de control de la inflación y estabilidad económica.

Un decreto clave para el sistema público

La aprobación en un único decreto busca dotar de seguridad jurídica y agilidad a la actualización de las pensiones, consolidando el mecanismo automático de revalorización implantado en los últimos años.

El Gobierno subraya que la subida forma parte de su compromiso con la sostenibilidad del sistema público de pensiones y con la reducción de la brecha de ingresos entre los distintos tipos de prestaciones.

Ejemplos de subida de las pensiones en 2026

La revalorización aprobada por el Gobierno tendrá un impacto directo en la cuantía mensual que perciben millones de pensionistas. A continuación, algunos ejemplos orientativos de cómo quedaría la subida en 2026:

Tipo de pensión Cuantía actual (€/mes) Incremento Nueva cuantía estimada (€/mes)
Pensión contributiva media 1.200 € +2,7% 1.232 €
Pensión contributiva alta 1.800 € +2,7% 1.849 €
Pensión mínima (jubilación) 800 € +7% 856 €
Pensión mínima con cónyuge a cargo 1.000 € +7% 1.070 €
Pensión de clases pasivas 1.500 € +2,7% 1.541 €

Nota: Las cifras son aproximadas y pueden variar en función de la situación personal del pensionista, complementos y actualizaciones oficiales definitivas.

 

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