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Una nueva sentencia establece que el confinamiento no son vacaciones

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Después del fallo en ese sentido de un juez en Cantabria, una nueva sentencia judicial ha dado la razón a un trabajador que demandó a su empresa por darle vacaciones durante el confinamiento. El Juzgado de lo Social número 1 de Melilla ha fallado a favor de una empleada de una de las empresas de ITV de la ciudad autónoma a quien se le concedieron vacaciones del 30 de marzo al 5 de abril, en pleno Estado de Alarma.

La trabajadora tenía sus vacaciones solicitadas y aprobadas para esas fechas, pero el 21 de marzo pidió un aplazamiento ante la nueva situación. La empresa no contempló la petición. Ahora, la sentencia declara la nulidad de ese periodo vacacional y da derecho a la demandante a disfrutar de sus vacaciones entre el 9 y el 15 de diciembre.

El fallo judicial equipara el confinamiento con la Incapacidad Temporal recogida en el Estatuto de los Trabajadores. Según el artículo 38.8 de dicho estatuto, el trabajador que inicia una situación de incapacidad temporal antes o después de su disfrute de periodo vacacional «conserva su derecho a disfrutar sus vacaciones». Para el juez, la situación excepcional del estado de Alarma ha impedido a la trabajadora su «legítimo derecho» a disfrutar de las vacaciones autorizadas, ante «las restricciones de su libertad ambulatoria (desplazarse, salir de su domicilio, tener un ocio particular, visita de familiares, acudir a un bar, hacer deporte, etc…)».

Para UGT, de la que es miembro la demandante, la sentencia supone un antes y un después para los trabajadores. Según el sindicato, queda claro que el confinamiento no son vacaciones, ya que estas son «un derecho irrenunciable, como protección de la salud y seguridad y como recuperación de la fatiga que provoca el trabajo y ahora también el confinamiento».

«El favorecimiento de las relaciones familiares y sociales fuera de la vivienda, el ocio, la restauración los viajes, el turismo y/o el descanso debe ser donde uno decida sin obligación», ha expresado el sindicato en un comunicado.

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Adif reduce temporalmente la velocidad en la línea Madrid-Barcelona tras avisos de maquinistas

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La limitación preventiva baja la velocidad máxima a 160 km/h en varios tramos de la alta velocidad mientras se revisa la infraestructura

Adif ha decidido reducir de forma temporal la velocidad máxima en un tramo de la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona, tras los avisos trasladados por varios maquinistas sobre la presencia de irregularidades en la vía. La medida, de carácter preventivo, limita la circulación a 160 kilómetros por hora.

Según han confirmado fuentes de la empresa pública gestora de la red ferroviaria, la restricción se aplicará durante este martes y responde a la necesidad de garantizar la seguridad mientras los equipos técnicos revisan el estado de la infraestructura.

Tramos afectados por la limitación de velocidad

La reducción de velocidad afecta concretamente a:

  • Un tramo de 148,1 kilómetros entre Mejorada del Campo (Madrid) y Alhama de Aragón (Zaragoza) en la vía par

  • Un túnel a la altura de Ariza (Zaragoza), en el punto kilométrico 187, en la vía impar

Estas limitaciones se han establecido después de que algunos maquinistas detectaran vibraciones anómalas durante la circulación, lo que motivó los avisos a Adif.

Revisión nocturna de la infraestructura

Adif ha señalado que la medida es estrictamente temporal. Durante la noche, los equipos de mantenimiento revisarán los tramos afectados y, si no se detectan incidencias, la restricción de velocidad se levantará y la línea recuperará sus condiciones habituales de explotación.

Cabe destacar que en días anteriores algunos maquinistas ya habían reducido la velocidad por iniciativa propia, sin que existiera una instrucción oficial ni un acuerdo generalizado.

Refuerzo de la seguridad tras el accidente de Adamuz

La decisión de aplicar la limitación se produce tras el grave accidente ferroviario ocurrido el pasado domingo en Adamuz (Córdoba), lo que ha llevado a extremar las medidas de precaución ante cualquier posible anomalía en la red.

Desde Adif subrayan que la actuación responde a los protocolos de seguridad ferroviaria, priorizando la prevención ante cualquier indicio que pueda afectar a la circulación.

Posibles retrasos en los trayectos

La reducción de velocidad podría provocar retrasos en algunos trayectos entre Madrid y Barcelona, aunque por el momento no se ha concretado el impacto exacto en los tiempos de viaje, que dependerá de cada servicio y de la duración de la restricción.


 

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