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BORM publica los servicios mínimos en la Universidad de Murcia de cara a la huelga

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Ana Cánovas

El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) publica los servicios mínimos establecidos con motivo de la convocatoria de huelga para este viernes, 8 de marzo.

El decreto del Gobierno regional establece que para el personal docente e investigador se considerarán en servicios mínimos a quienes deban participar en la realización de pruebas e incidencias evaluables establecidas antes del pasado miércoles, y que se hayan de realizar, ineludiblemente, este viernes, 8 de marzo.

Por lo que respecta al personal de administración y servicios, se considerarán como servicios mínimos aquellos que a continuación se enumeran: control de accesos (una persona por turno en los campus de Espinardo y campus de la Merced); Animalario y Hospital Clínico Veterinario (una persona por turno); y atención a edificios y servicios (un auxiliar de servicios por edificio y turno, salvo en los edificios Cuartel de Artillería, Centro Social, Rector Soler, SAI, ATICA. Facultad de Matemáticas y Biblioteca del Campus de Espinardo, Facultad de Derecho, Facultad de Letras y Biblioteca del Campus de la Merced). En el Servicio de Actividades Deportivas habrá un auxiliar en turno de mañana.

Así como en el Registro General (una persona en turno de mañana), Secretarías del Edificio Convalecencia (dos personas) y un técnico para el quirófano de urgencias del Hospital Clínico Veterinario, en los mismos términos que en un día festivo.

Desde Secretaría General se ha informado a toda la comunidad universitaria sobre estos servicios mínimos. Además, con el fin de garantizar la compatibilidad del ejercicio del derecho de huelga con el correcto funcionamiento de la actividad académica, se pide al profesorado que trate de evitar la realización de pruebas de evaluación o actividades de obligada asistencia durante esta jornada.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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