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Compromís afirma que no se consentirá «el chantaje» de Montoro para «una aplicación del 155 encubierta»

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I.CABALLER/CORTS VALENCIANES
VALÈNCIA, 27 Dic. (EUROPA PRESS) –
El síndic en Corts, Fran Ferri, ha advertido este miércoles que el pueblo valenciano no consentirá «el chantaje» del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, para «la aplicación encubierta» del artículo 155 en la Comunitat Valenciana con el fin de que se ejecuten «las políticas de recorte» del PP porque «no aguanta» las políticas «progresistas» del Consell.
Ferri, tras un acto simbólico de enviar cajas de carbón al Gobierno de Rajoy, se ha referido así a la misiva que el Ministerio ha enviado a la Generalitat para que adopte medidas antes del cierre de este ejercicio por el «eventual riesgo de desviación de la regla de gasto».

Al respecto, ha explicado que «el trasfondo» de esta nueva carta es que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y del ministro Montoro «no aguantan» que los valencianos tengan un gobierno «progresista que aplica políticas que mejoran la vida de los valencianos» porque «contrasta con las políticas del Gobierno español».

En ese sentido, ha señalado que mientras que el Ejecutivo de Rajoy «no hace más que recortar en sanidad y en derecho sociales» el Consell aplica políticas para «mejorar la vida de la gente».
Por ello, ha señalado que ante la «presión» que tiene el Gobierno por no reformar el sistema de financiación hacen «un chantaje» a los valencianos que «votaron unas políticas diferentes aplicando un 155 encubierto».

Así, ha rechazado que ahora Montoro «quiera controlar en qué gastamos los valencianos y en qué dejamos de gastar para que apliquemos las políticas del PP». «No podemos consentir ese chantaje en toda regla al pueblo valencianos», ha apostillado.

En ese sentido, ha recalcado que los valencianos «no nos merecemos este chantaje» y se hará «todo lo posible para que Montoro no controle las políticas progresistas» que se desarrollan en la Comunitat Valenciana.

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Ordenan reabrir el caso de Marta del Castillo

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el cuco marta del castillo

Reabren el caso de Marta del Castillo por posible intrusismo en el informe del móvil de Miguel Carcaño

La Audiencia de Sevilla ha ordenado reabrir la investigación por posible intrusismo profesional en el caso Marta del Castillo, uno de los procesos judiciales más mediáticos de los últimos años. El tribunal insta al Juzgado de Instrucción número 7 a practicar nuevas diligencias para determinar si el informe pericial sobre el teléfono móvil de Miguel Carcaño, asesino confeso de la joven sevillana, fue encargado por el juzgado o aportado por una de las partes.

La decisión revoca el sobreseimiento provisional dictado el 14 de marzo de 2025 y confirmado el 29 de mayo, dando la razón al recurso interpuesto por Pedro de la Torre, presidente del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía (CPITIA).


El origen del recurso: el perito no estaba colegiado

La denuncia se centra en la actuación del perito Manuel Huerta de la Morena, autor del informe pericial sobre el móvil de Carcaño. Según el CPITIA, Huerta no era ingeniero técnico en informática ni estaba colegiado, lo que podría constituir un delito de intrusismo profesional. Además, se le acusa de haber mostrado en medios de comunicación imágenes vinculadas a la causa judicial.

La Audiencia de Sevilla descarta continuar la investigación por revelación de secretos, al entender que el caso de Marta del Castillo ha tenido una exposición mediática masiva desde 2009, y no se aprecia información nueva de carácter reservado. Además, el artículo 201.1 del Código Penal exige denuncia del agraviado o su representante, que en este procedimiento “no existe”.


El debate: ¿un informe informático requiere título habilitante?

En relación con el presunto delito de intrusismo, el tribunal destaca que el artículo 403 del Código Penal exige dos elementos: ejercer actos propios de una profesión y carecer del título correspondiente.
En este sentido, recuerda que el perito “no firmó el informe como ingeniero informático”, sino como representante de la empresa Lazarus Technology, sin atribuirse expresamente esa condición.

No obstante, la Audiencia subraya que aún se desconoce si el equipo forense incluía a algún titulado en informática ni si el informe fue encargado por el juzgado o aportado por una parte, cuestiones que considera determinantes para decidir si la conducta constituye delito.

El tribunal cita la Ley 12/1986, que reconoce a los ingenieros técnicos la competencia para realizar “peritaciones, valoraciones, tasaciones, informes, estudios, planes y proyectos”, un argumento que refuerza la posición del CPITIA.


El juzgado deberá decidir en 12 días

La Audiencia de Sevilla ordena ahora que el Juzgado de Instrucción número 7 practique, en un plazo de 12 días, las diligencias necesarias para aclarar si el informe fue o no encargado judicialmente y si participó algún profesional titulado.
Tras ello, el juzgado deberá resolver “con entera libertad de criterio” si procede mantener el sobreseimiento o continuar la investigación.

 

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