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Educación propone prorrogar la jornada continua si lo aprueba el consejo escolar de cada colegio

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VALÈNCIA, 14 Oct. – La Conselleria de Educación, Cultura y Deporte tratará en la mesa sectorial con los sindicatos docentes del jueves la introducción de una disposición transitoria en el nuevo Reglamento de organización y funcionamiento (ROF) de los centros educativos de Infantil y Primaria, que permitirá prorrogar la jornada escolar continuada si así lo aprueba el consejo escolar de centro por mayoría de dos tercios.

Esta modificación del ROF hará posible que las 523 escuelas que fueron autorizadas por Educación para implantar la jornada escolar continuada en los cursos 2016-2017 y en el 2017-2018, que deberían consultar de nuevo por votación de las familias la jornada escolar, puedan mantener el horario actual si así lo deciden por dos tercios del consejo escolar, según ha informado este departamento en un comunicado.

Este cambio de normativa, que «simplifica» la renovación de la jornada continuada, se establece para todos los centros sostenidos con fondos públicos que la tienen desde los cursos 2016-2017 y 2017-2018, y estará en vigor hasta que se desarrolle una nueva orden de jornada escolar.

Según ha recordado, la Orden 25/2016, de 13 de junio, obligaba a que las escuelas que han agotado el período de validez de tres años de autorización del plan específico de organización de la jornada escolar deban iniciar de nuevo el procedimiento de solicitud y autorización de este horario y, por tanto, «convocar una consulta en la que por lo menos el 55 por ciento del total del censo de las familias del alumnado dé apoyo a la renovación de la jornada continuada».

Las 523 escuelas que en 2020 debían volver a iniciar el proceso de consulta de la jornada escolar son 342 de la provincia de Alicante, 44 de la de Castellón y 137 de la de Valencia.

La disposición transitoria también especifica que el mencionado acuerdo del consejo escolar del centro mantendrá la validez, siempre que no se publique la orden que desarrolle el nuevo modelo de jornada escolar al que se refiere la disposición adicional cuarta del decreto, que modifica el 108/2014, de 4 de julio, del Consell, por el que se establece el currículo y se desarrolla la ordenación general de la Educación Primaria en la Comunitat Valenciana.

Este curso disponen de jornada continuada el 46% de los colegios de Infantil y Primaria del sistema educativo valenciano, 654 de 1.419 centros sostenidos con fondos públicos.

Fuente: (EUROPA PRESS)

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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