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Valencia

Permisos Fallas 2026: se adelantan las fechas para solicitar carpas, zonas de fuego, verbenas y buñuelos

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bando fallero 2025

València adelanta los plazos para solicitar permisos de actividades y ocupación del espacio público en las Fallas 2026

Las comisiones falleras podrán presentar sus solicitudes desde el 13 de octubre hasta el 30 de noviembre de 2025

El Ayuntamiento de València ha anunciado que adelanta los plazos para solicitar los permisos necesarios para las Fallas de 2026, con el objetivo de facilitar la tramitación y agilizar la organización de los actos festivos. Así, las comisiones falleras podrán presentar las solicitudes a partir del 13 de octubre de 2025, un mes antes respecto al año anterior, y hasta el 30 de noviembre de 2025.

El consistorio autorizará por cada demarcación fallera la instalación de:

  • Un monumento fallero principal

  • Un monumento infantil

  • Una carpa

  • Una zona de fuegos artificiales

  • Una zona de actividades

  • Una parada de buñuelos o masas fritas


📆 Nuevas fechas clave para los permisos falleros 2026

La Concejalía Delegada de Fallas, dirigida por Santiago Ballester, ha impulsado esta medida para optimizar los trámites, basándose en la experiencia de ediciones anteriores. El nuevo calendario responde a la voluntad de establecer un sistema «ágil, sencillo y eficiente».

🗓️ Plazos oficiales:

  • Inicio del plazo: 13 de octubre de 2025

  • Cierre del plazo: 30 de noviembre de 2025

  • Actividades pirotécnicas: mínimo 30 días de antelación

Ballester ha advertido que las solicitudes presentadas fuera de plazo no serán admitidas, por lo que recomienda a las comisiones no esperar hasta el último momento.


📍 Requisitos técnicos y recomendaciones

Para facilitar el proceso, el Ayuntamiento recomienda que las comisiones consulten el Geoportal municipal

 

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Valencia

El Supremo impide que Ábalos comparezca en la comisión del ‘caso Koldo’ en el Senado

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José Luis Ábalos
El exministro de transporte José Luis Ábalos llega al Tribunal Supremo para declarar como investigado. - Eduardo Parra - Europa Press

El Tribunal Supremo rechaza la solicitud del PP para que el exministro José Luis Ábalos declare este jueves en la investigación sobre la compra de mascarillas durante la pandemia.

El Tribunal Supremo (TS) ha denegado la comparecencia del exministro de Transportes José Luis Ábalos, actualmente en prisión provisional desde el 27 de noviembre de 2025, ante la comisión de investigación del Senado sobre el denominado ‘caso Koldo’, donde estaba citado por el Partido Popular (PP).

Según el auto del magistrado instructor, Leopoldo Puente, la solicitud de la Cámara Alta no podía ser atendida debido a la “singular premura” con la que se presentó, lo que imposibilita realizar la audiencia previa de las partes, un requisito legal imprescindible. No obstante, el TS indica que el Senado podría volver a solicitar la comparecencia siempre que lo haga con suficiente antelación.

Contexto de la comisión del ‘caso Koldo’

El PP había fijado la comparecencia de Ábalos para el 8 de enero, con el objetivo de esclarecer presuntas irregularidades en la compra de mascarillas durante la pandemia de COVID-19, junto a su exasesor Koldo García. La comisión busca investigar la gestión de contratos públicos durante la crisis sanitaria, en un caso que ha generado gran expectación política y mediática.

Ábalos y Koldo no serán juzgados por jurado popular

Además, el TS ha rechazado la petición de Ábalos y García de que su juicio se realice mediante jurado popular, formado por ciudadanos. El magistrado instructor, Leopoldo Puente, explica que la ley del jurado excluye este mecanismo cuando los delitos corresponden a la Audiencia Nacional. Aunque el aforamiento de Ábalos hace que la causa sea instruida por el Supremo, el procedimiento legal no se modifica, por lo que el juicio seguirá en la vía ordinaria.

Ábalos había solicitado también la nulidad de los autos de procedimiento abreviado y la apertura de juicio oral, de cara a enfrentarse a peticiones de hasta 30 años de cárcel por los delitos que se le imputan. El TS mantiene su criterio y confirma que el procedimiento se ajusta a la ley vigente, reforzando así la competencia del Supremo para instruir y enjuiciar el caso.

Qué implica la decisión del Supremo

La decisión del TS supone que Ábalos no podrá declarar ante el Senado de manera inmediata, retrasando las investigaciones políticas que pretendía impulsar el PP. Al mismo tiempo, reafirma que el juicio seguirá su curso en la vía judicial ordinaria, sin intervención de jurado popular, lo que marca un paso clave en la tramitación del ‘caso Koldo’.

 

 


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