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El detenido por matar a su mujer en Dénia ya fue condenado en febrero por agredir a su mujer y su hija

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ALICANTE, 22 Oct.- El hombre detenido por supuestamente degollar a su expareja esta madrugada del lunes al martes en Dénia (Alicante) fue condenado en febrero, por el Juzgado de lo Penal 3 de Benidorm, por dos delitos de violencia de género contra la víctima y dos delitos de violencia doméstica cometidos contra la hija menor de la mujer.

Los hechos se han producido sobre las 04.30 horas, cuando el hombre ha accedido a la vivienda de la mujer y la ha degollado mientras dormía.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), por cada uno de los delitos por los que fue condenado, el juzgado le impuso una pena de 28 días de trabajos en beneficio de la comunidad, así como un año de privación del derecho a la tenencia y porte de armas y un año y un día de prohibición de aproximarse a menos de 300 metros de la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo y cualquier otro que frecuentase y de comunicarse con ella por cualquier medio. Se le apreció la atenuante de alcoholemia.

Según ha explicado el TSJCV en un comunicado, el juzgado declaró probado que el acusado había agredido en dos ocasiones a su entonces compañera sentimental y a la hija menor de esta, en el domicilio de Dénia donde todos ellos convivían, los días 31 de diciembre de 2017 y 2 de enero de 2018. La sentencia fue recurrida ante la Audiencia de Alicante y no es firme.

Además, paralelamente, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Dénia mantiene abiertas en estos momentos otras diligencias previas por posibles delitos de amenazas y quebrantamiento de medida cautelar.

Ese segundo procedimiento fue abierto en febrero de este mismo año, a raíz de un informe de la Policía Local en el que se referían unas manifestaciones de la víctima según las cuales su excompañero sentimental se había puesto en contacto telefónico con otro hijo de ella, mayor de edad y que reside en Rusia, y había vertido amenazas contra la mujer y su hija pequeña.

Fuente: EUROPA PRESS

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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