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El TSJC condena a Quim Torra a un año y seis meses de inhabilitación por desobediencia

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VALÈNCIA, 19 Dic.-El Tribunal de la sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha condenado al presidente de la Generalitat, Joaquim Torra i Pla como autor penalmente responsable de un delito de desobediencia, tal y como dicta el artículo 410 del Código Penal.

La sentencia le impone la pena de 10 meses de multa con una cuota diaria de 100 euros (cantidad fijada en relación a su capacidad adquisitiva) así como un año y seis meses de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electos, ya sean de ámbito local, autonómico, estatal o europeo. El fallo le condena también al pago de las costas procesales, a excepción de las derivadas de la acusación popular.

La sentencia, a lo largo de 58 folios, considera que el presidente de la Generalitat desobedeció, sin que hubiera ninguna circunstancia que modificara su responsabilidad, la decisión de la Junta Electoral Central que, una vez convocadas las elecciones del pasado 28 de abril, ordenó la retirada de la simbología partidista exhibida en edificios públicos, lo comunicó en tiempo y forma, y dio un plazo para la citada retirada sin que ello se atendiera.

FUENTE: Consejo General del Poder Judicial

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Nueva ayuda del SEPE hasta 570 €: Estos son los requisitos

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Estas son las ofertas de trabajo del SEPE

Requisitos, cuantía, plazos y cómo solicitar esta ayuda económica paso a paso

Desde abril de 2025, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha activado una nueva ayuda económica para personas desempleadas que han agotado el paro contributivo, tienen entre 30 y 55 años, y perciben menos de 810 € mensuales, es decir, el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Esta prestación busca dar respaldo económico a un colectivo vulnerable, simplificando el proceso administrativo: no es necesario declarar los ingresos familiares ni esperar un periodo determinado para poder solicitarla.


🧾 Requisitos para acceder al nuevo subsidio del SEPE en 2025

Para poder beneficiarse de esta ayuda, debes cumplir todos los siguientes requisitos:

  • ✅ Tener entre 30 y 55 años en el momento de la solicitud.

  • ✅ Haber agotado por completo la prestación contributiva por desempleo.

  • ✅ Contar con ingresos mensuales inferiores a 810 € (75 % del SMI).

  • ✅ Estar inscrito como demandante de empleo y haber firmado la Declaración de Búsqueda Activa de Empleo.

  • ✅ Haber cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social, incluyendo 2 años en los últimos 15.

  • ✅ Presentar la solicitud dentro de los 6 meses posteriores a la finalización del paro.

⚠️ Importante: Si no cumples uno solo de estos puntos, el SEPE rechazará tu solicitud sin posibilidad de subsanación.


💰 ¿Cuánto se cobra con esta ayuda del SEPE?

La cuantía de la ayuda varía progresivamente para fomentar la reincorporación al empleo. Este es el desglose de pagos:

🗓️ Periodo 💶 Cuantía mensual
Meses 1 a 6 570 €
Meses 7 a 12 540 €
A partir del mes 13 480 €

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