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Ayudas para los hipotecados más vulnerables: ¿quiénes las pueden pedir?

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Trucos ahorro hipoteca
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El Consejo de Ministros ha aprobado ayudas para los hipotecados más vulnerables. Ha adoptado un paquete de medidas dirigidas a las familias más afectadas por la subida del Euribor -el tipo de interés de referencia de las hipotecas a tipo variable- que ha provocado la guerra en Ucrania.

Más de un millón de hogares podrá beneficiarse de esta protección, aproximadamente un tercio de los que tienen hipotecas a tipo variable, según ha señalado la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño.

La vicepresidenta primera ha destacado que el Euribor se encuentra por debajo de los niveles históricos, las previsiones apuntan a su estabilización y no existe un «riesgo macroeconómico» porque la situación es muy diferente a la que se produjo con la crisis de 2007.

Ayudas para los hipotecados más vulnerables

Las iniciativas actúan en tres vías:

  • mejoran el tratamiento de las familias vulnerables;
  • crean un nuevo marco de actuación para los hogares de clase media en riesgo de vulnerabilidad
  • y establecen medidas generales aplicables a todas las hipotecas.

Quiénes pueden pedir estas ayudas

Aquellas familias con rentas inferiores a los 25.200 euros al año y un incremento del esfuerzo del 50%, con viviendas de hasta 300.000 euros.

  1. Se reduce el tipo de interés aplicable durante los 5 años de carencia en el pago del principal de la hipoteca, pasando del Euribor más 0,25% al Euribor menos 0,10%
  2. Se introduce la posibilidad de que las familias soliciten la reestructuración de la deuda en más de una ocasión
  3. Se duplica hasta los 24 meses el plazo para solicitar la dación en pago de la vivienda habitual, y se amplía de 6 a 12 meses el plazo para solicitar el alquiler social en la propia vivienda a la entidad financiera, por un importe máximo del 3% de su valor, por parte de las personas en situación de vulnerabilidad que estén sometidas a una situación de desahucio de su vivienda habitual.

Ejemplo de hipoteca de 120.000 euros

Como ejemplo una familia con una hipoteca tipo de 120.000 euros y una cuota mensual -tras la revisión de los tipos de interés- de 524 euros verá reducida su cuota durante el periodo de carencia de 5 años en más de un 50%, hasta los 246 euros.

Se amplía, además, el ámbito del Código para que se aplique a más de 300.000 familias. Así, los hogares vulnerables que no hayan experimentado un aumento del 50% de la carga hipotecaria podrán acogerse también al Código, en este caso con una carencia en el pago del principal de 2 años, un tipo de interés menor durante ese periodo y la posibilidad de alargar el plazo de la hipoteca hasta 7 años.

Familias con rentas inferiores a 29.400 euros

También se extiende a las familias de clase media que se encuentren en riesgo de vulnerabilidad como consecuencia del aumento rápido de la carga hipotecaria: el nuevo Código de Buenas Prácticas será aplicable a los hogares con renta inferior a 3,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) -unos 29.400 euros anuales- que tengan que hacer frente a una cuota hipotecaria superior al 30% de su renta y que hayan experimentado un incremento de esta carga hipotecaria de al menos el 20%.

Para estos casos, las entidades financieras deberán ofrecer la posibilidad de congelar la cuota durante 12 meses, una reducción del tipo de interés aplicable al principal que se aplace y un alargamiento del plazo del préstamo de hasta 7 años.

Este nuevo catálogo de medidas permitirá hasta a 700.000 familias adaptarse gradualmente al nuevo escenario de tipos de interés, según ha sostenido Calviño.

Medidas adicionales

Entre las iniciativas aprobadas, se incluyen otras dirigidas a reducir aún más todos los costes de conversión de las hipotecas de tipo variable a tipo fijo y a eliminar las comisiones por amortización anticipada y por conversión durante 2023.

El Banco de España elaborará una guía para deudores hipotecarios en dificultades, y se reforzará el seguimiento de la aplicación de ambos códigos.

Protección del cliente financiero

Reforzar la protección de los ciudadanos en el ámbito financiero es también el objetivo del proyecto de Ley de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero que el Consejo de Ministros ha remitido a las Cortes. Esta nueva autoridad administrativa, que estará financiada por las entidades financieras, se encargará de resolver los conflictos que se produzcan entre las entidades financieras y los clientes cuando estos no queden satisfechos por la respuesta que se dé en las ventanillas de quejas y reclamaciones de las propias entidades.

La vicepresidenta primera ha apuntado que el procedimiento de presentación de reclamaciones será gratuito y con atención personalizada y que se establece un plazo máximo general de 90 días para la resolución de la reclamación, salvo circunstancias excepcionales. El texto amplía el ámbito de protección a los clientes en el ámbito de los ‘criptoactivos’ o los servicios ‘fintech’.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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