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Juan Francisco García, exjefe de Gabinete de Zaplana, entre los seis detenidos en la ‘operación Erial’ por blanqueo

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MADRID/VALÈNCIA, 22 May. (EUROPA PRESS) –

La Guardia Civil ha detenido en el marco de la ‘operación Erial’ por varios delitos relacionados con el blanqueo de capitales al exministro y expresidente de la Generalitat Valenciana Eduardo Zaplana, así como el que fuera su jefe de Gabinete, Juan Francisco García, y el empresario Vicente Cotino, según han informado a Europa Press fuentes de la investigación.

Estas fuentes han confirmado que además de los anteriores, hay otros tres detenidos. Uno de ellos es Francisco Grau, economista y exsecretario del consejo de administración de la CAM desde 1998 hasta 2007 y luego miembro de su comisión de control hasta la intervención de la entidad bancaria.

TERRA MITICA
Los otros dos son Joaquín Barceló Llorens, exdirectivo del parque temático Terra Mítica, y la mujer de éste último. Barceló dirigió también el Centro de Desarrollo Turístico (CDT) de Benidorm, localidad en la que Zaplana fue alcalde antes de pasar a presidir la Generalitat, y también fue director de Formación de la Agencia Valenciana de Turismo.

Según el diccionario, erial significa «sin cultivar ni labrar» cuando se refiere a una tierra o un campo. Otra de las definiciones es que «que no tiene nada que se pueda aprovechar». La operación continúa abierta y hay en marcha varios registros. Juan Francisco García, de hecho, ha sido detenido en Barcelona. El expresidente del Club de Baloncesto Estudiantes se encontraba en esta ciudad porque es uno de los tres candidatos a presidir la ACB, que está celebrando su asamblea.

Los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) han bautizado como ‘Erial’ esta nueva operación que afecta a la etapa de Zaplana al frente de la Generalitat valenciana. Zaplana ha sido detenido cuando salía este martes por la mañana de su vivienda en Valencia, que ha sido registrada por agentes de la UCO.

Los investigadores se han personado este martes en la sede de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo para solicitar documentación de la Zona VI del Plan Eólico, según ha podido saber Europa Press. Este plan fue adjudicado en su día a la sociedad Proyectos Eólicos Valencianos y en el que la empresa Sedesa, de Vicente Cotino, tenía una participación del 25 por ciento.

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La única forma de evitar el pago del Impuesto de Sucesiones, según una abogada

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10 trucos para pagar menos impuestos
El presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, durante su intervención ante el Pleno de Les Corts. EFE/ Kai Forsterling

Heredar en España no solo implica recibir bienes o dinero, sino también enfrentarse al Impuesto de Sucesiones, un tributo que grava la transmisión de patrimonio tras el fallecimiento de una persona. La cuantía a pagar depende del valor de la herencia, el grado de parentesco entre el heredero y el fallecido, y la comunidad autónoma en la que se tribute.

Qué es el Impuesto de Sucesiones

El Impuesto de Sucesiones se aplica cuando una persona recibe bienes o derechos a título gratuito tras la muerte de otra. Está regulado por la Ley 29/1987 y su reglamento 1629/1991, aunque mediante la Ley 22/2009 se cedió a las comunidades autónomas la potestad normativa y la recaudación del impuesto. Esto significa que cada región puede establecer sus bonificaciones, reducciones y deducciones, lo que provoca diferencias significativas en el coste de la herencia. Por ejemplo, en Madrid y Andalucía la tributación puede ser prácticamente simbólica, mientras que en otras comunidades es mucho más elevada.

Cómo evitar el pago del impuesto

Según Isabel Merino, abogada de Debelare Abogados, la única forma de evitar el pago del Impuesto de Sucesiones es renunciar a la herencia de forma pura y simple. Esto significa que el heredero no recibe ningún bien ni derecho, y por tanto no se genera transmisión patrimonial, quedando exento del pago del impuesto.

Merino aclara que existen distintos tipos de renuncia:

  • Renuncia pura y simple: el heredero no se lleva nada y no paga impuesto.

  • Renuncia a favor de un tercero: en este caso, la ley considera que existe una aceptación tácita de la herencia, generando dos hechos imponibles: el Impuesto de Sucesiones sobre la parte aceptada y el Impuesto de Donaciones sobre la parte transmitida a un tercero.

Conclusión

La renuncia pura y simple a la herencia es la única estrategia legal para evitar el pago del Impuesto de Sucesiones en España. Cualquier intento de ceder la herencia a otra persona sin tramitarlo correctamente puede derivar en la obligación de pagar tanto el impuesto de sucesiones como el de donaciones.

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