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La bebé que murió en el Hospital de Vinaròs recibió por error una dosis letal de glucosa

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CASTELLÓ, 14 May. (EUROPA PRESS) –

Un informe del Hospital de Vinaròs (Castellón) concluye que la menor de dos años que falleció el pasado mes de noviembre tras recibir asistencia en este centro murió a consecuencia de una hiperglucemia severa por un error en la administración y preparación de la dosis de sueroterapia de Enfermería, que resultó letal.

Este informe ha sido realizado por el servicio de Medicina Preventiva y se incluye en el general de la gerencia del centro, donde la niña fue atendida por una gastroenteritis en la unidad de Urgencias Pediátricas y desde la que fue trasladada al Hospital General de Castelló ante el agravamiento de su estado y donde acabó falleciendo.

El Hospital Comarcal de Vinaròs abrió una investigación a raíz de estos hechos, que llevaron a la familia a presentar una querella en los juzgados de la localidad contra personal médico del centro. Como consecuencia, se abrió una causa en la que se incluye como investigados por homicidio por imprudencia profesional dos enfermeras y cuatro médicos del centro hospitalario, de los que las dos primeras y tres facultativos sí vieron a la menor, mientras que el cuatro figura como imputado por negarse a resolver una duda de una de las enfermeras sobre la pauta farmacológica determinada para la niña.

Así lo ha explicado a Europa Press el abogado de la familia, Rubén Darío Delgado Ortiz, de Atlas Abogados y letrado de los servicios jurídicos de Avinesa, quien ha detallado que ese informe concluye que la causa de la muerte de la pequeña es un edema cerebral como consecuencia de una hiperglucemia severa y, a su vez, consecuencia de una negligencia en la administración de sueroterapia de enfermería.

FACTORES ADICIONALES
Como otros factores que podrían haber contribuido también al desenlace mortal se incluye la distracción en el entorno de trabajo y una posible inadecuación de la ratio persona/paciente –entendiendo como personal el personal sanitario–, si bien la familia no cree probable ese último extremo porque cuando la menor recibió asistencia en el centro, según los padres, el servicio de urgencias estaba «prácticamente vacío».

«No discutimos que haya un problema con la ratio enfermera-paciente, pero ese día no influyó, ya que Urgencias estaba prácticamente vacío», ha indicado el letrado, quien ha precisado que a la niña la llegaron a ver al menos tres enfermeras y que constantemente el personal acudió a las llamadas de los padres.

El abogado ha asegurado que están pendientes de que finalice la instrucción, que el juzgado dicte el auto de procedimiento abreviado para saber contra quién proceder y contra qué personal dirigir la acusación

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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