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La Comunitat cierra su segunda semana de estado de alarma con 29.274 ERTE y 175.449 trabajadores afectados

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VALÈNCIA, 29 Mar. (EUROPA PRESS) –

La Conselleria de Economía Sostenible ha acumulado hasta el sábado un total de 29.274 solicitudes de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), que afectan a 175.449 trabajadores

Si la primera semana con las medidas extraordinarias de estado de alarma la Comunitat Valenciana era de 73.961 trabajadores afectados, un total de 101.488 personas se han sumado a la lista en esta segunda semana del estado de alarma decretado para evitar la expansión del Covid-19, según los datos facilitados por la administración.

En concreto, la Dirección General de Trabajo ha recibido, desde el 12 de marzo hasta las 00 horas del 28 de marzo, un total de 262 expedientes que afectan a 29.593 trabajadores. En la dirección territorial de Valencia se han registrado 14.051 expedientes sobre 72.824 trabajadores; en Alicante, 11.460 expedientes de 57.044 trabajadores, y en Castellón 3.501 expedientes que afectan a 15.988 trabajadores.

Si se atiende al tamaño de las empresas que han presentado las solicitudes, el 89% son mercantiles integradas por entre uno y diez trabajadores; el 9,9 son empresas de 11-50 trabajadores; el 1% son empresas de 51-250 empleados; el 0,1% tienen una plantilla de entre 251 y 500 trabajadores y un 0,01% superan los 500 empleados.

Asimismo, en el 97 por ciento de los casos los ERTE son por «fuerza mayor». El 95 por ciento de los ERTE consisten en una suspensión del contrato de trabajo, el 4,6 se corresponden a una reducción de jornada y un 0,4% son extinciones de los contratos de los trabajadores.

En cuanto a la distribución por sectores económicos, el 86% de los expedientes pertenece al sector Servicios, el 10% a la industria, el 3,5% a la construcción y el 0,5% a la agricultura.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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