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La Comunitat Valenciana, la región con más divorcios de toda España

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La Comunitat Valenciana lidera junto a Aragón y Canarias la tasa de disoluciones matrimoniales (separaciones y divorcios) con 6,9 por cada 10.000 habitantes, frente al 6,3 de la media nacional; según los datos recogidos por el Servicio de Estadística del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) relativos al primer trimestre de este año, que han sido hechos públicos este viernes.

En estos tres primeros meses de 2019 el número de demandas de disoluciones matrimoniales, separaciones y divorcios, ha mostrado un incremento del 1,2 por ciento en España respecto al mismo trimestre del pasado año. En la Comunidad Valenciana, sin embargo, esa cifra ha descendido. Así, las separaciones sin consenso se han reducido un 31,9 por ciento, al pasar de 72 a 49, y las consensuadas han bajado un 7,8 por ciento, de 115 en el primer trimestre de 2018 a 106 este año.

Las demandas de divorcio sin consenso se han reducido un 2,2 por ciento (de 1.333 a 1.304) y los divorcios consensuados lo han hecho en un 6,5 por ciento (de 2.109 a 1.972).

 

361 DEMANDAS EN LO QUE VA DE AÑO

Entre enero y marzo de este año se presentaron en los juzgados de la Comunitat Valenciana 361 demandas encaminadas a la modificación consensuada de medidas, lo que en este caso sí supone un incremento interanual del 16 por ciento respecto de las 311 contabilizadas en el mismo periodo de 2018.

En cuanto a la modificación de medidas sin consenso, alcanzaron las 1.142, un 5,6 por ciento más que entre enero y marzo del pasado año (1.081). También aumentaron en el primer trimestre, en concreto un 3,6 por ciento, las demandas consensuadas para la modificación de medidas de guardia, custodia y alimento de hijos, 490 frente a las 473 de un año antes, pero descendieron un 1,8 por ciento -de 738 a 725-, las no consensuadas.

Las nulidades matrimoniales no sufrieron en cambio variación alguna, pues se registraron tanto en el primer trimestre de 2018 como en el primero de este año.

Fuente: Europa Press

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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