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La Comunitat Valenciana, la región con más divorcios de toda España

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La Comunitat Valenciana lidera junto a Aragón y Canarias la tasa de disoluciones matrimoniales (separaciones y divorcios) con 6,9 por cada 10.000 habitantes, frente al 6,3 de la media nacional; según los datos recogidos por el Servicio de Estadística del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) relativos al primer trimestre de este año, que han sido hechos públicos este viernes.

En estos tres primeros meses de 2019 el número de demandas de disoluciones matrimoniales, separaciones y divorcios, ha mostrado un incremento del 1,2 por ciento en España respecto al mismo trimestre del pasado año. En la Comunidad Valenciana, sin embargo, esa cifra ha descendido. Así, las separaciones sin consenso se han reducido un 31,9 por ciento, al pasar de 72 a 49, y las consensuadas han bajado un 7,8 por ciento, de 115 en el primer trimestre de 2018 a 106 este año.

Las demandas de divorcio sin consenso se han reducido un 2,2 por ciento (de 1.333 a 1.304) y los divorcios consensuados lo han hecho en un 6,5 por ciento (de 2.109 a 1.972).

 

361 DEMANDAS EN LO QUE VA DE AÑO

Entre enero y marzo de este año se presentaron en los juzgados de la Comunitat Valenciana 361 demandas encaminadas a la modificación consensuada de medidas, lo que en este caso sí supone un incremento interanual del 16 por ciento respecto de las 311 contabilizadas en el mismo periodo de 2018.

En cuanto a la modificación de medidas sin consenso, alcanzaron las 1.142, un 5,6 por ciento más que entre enero y marzo del pasado año (1.081). También aumentaron en el primer trimestre, en concreto un 3,6 por ciento, las demandas consensuadas para la modificación de medidas de guardia, custodia y alimento de hijos, 490 frente a las 473 de un año antes, pero descendieron un 1,8 por ciento -de 738 a 725-, las no consensuadas.

Las nulidades matrimoniales no sufrieron en cambio variación alguna, pues se registraron tanto en el primer trimestre de 2018 como en el primero de este año.

Fuente: Europa Press

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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