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La Comunitat Valenciana, la región con más divorcios de toda España

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La Comunitat Valenciana lidera junto a Aragón y Canarias la tasa de disoluciones matrimoniales (separaciones y divorcios) con 6,9 por cada 10.000 habitantes, frente al 6,3 de la media nacional; según los datos recogidos por el Servicio de Estadística del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) relativos al primer trimestre de este año, que han sido hechos públicos este viernes.

En estos tres primeros meses de 2019 el número de demandas de disoluciones matrimoniales, separaciones y divorcios, ha mostrado un incremento del 1,2 por ciento en España respecto al mismo trimestre del pasado año. En la Comunidad Valenciana, sin embargo, esa cifra ha descendido. Así, las separaciones sin consenso se han reducido un 31,9 por ciento, al pasar de 72 a 49, y las consensuadas han bajado un 7,8 por ciento, de 115 en el primer trimestre de 2018 a 106 este año.

Las demandas de divorcio sin consenso se han reducido un 2,2 por ciento (de 1.333 a 1.304) y los divorcios consensuados lo han hecho en un 6,5 por ciento (de 2.109 a 1.972).

 

361 DEMANDAS EN LO QUE VA DE AÑO

Entre enero y marzo de este año se presentaron en los juzgados de la Comunitat Valenciana 361 demandas encaminadas a la modificación consensuada de medidas, lo que en este caso sí supone un incremento interanual del 16 por ciento respecto de las 311 contabilizadas en el mismo periodo de 2018.

En cuanto a la modificación de medidas sin consenso, alcanzaron las 1.142, un 5,6 por ciento más que entre enero y marzo del pasado año (1.081). También aumentaron en el primer trimestre, en concreto un 3,6 por ciento, las demandas consensuadas para la modificación de medidas de guardia, custodia y alimento de hijos, 490 frente a las 473 de un año antes, pero descendieron un 1,8 por ciento -de 738 a 725-, las no consensuadas.

Las nulidades matrimoniales no sufrieron en cambio variación alguna, pues se registraron tanto en el primer trimestre de 2018 como en el primero de este año.

Fuente: Europa Press

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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