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Los menores de 14 años podrán salir acompañando a un adulto a la farmacia o supermercado pero no a pasear

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Separaciones de pareja con niños

La portavoz del Gobierno María Jesús Montero ha avanzado este martes que finalmente podrán salir los menores de 14 años a partir del 27 de abril acompañados de un adulto solo para realizar las actividades ya permitidas en el estado de alarma, es decir al supermercado, a la farmacia o a una entidad bancaria pero no a dar un paseo.

Así lo ha anunciado la portavoz del Gobierno durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. La medida ya había sido avanzada este mismo martes por el ministro de Consumo, Alberto Garzón.

Montero ha precisado que se trata de «un alivio parcial» del confinamiento pero ha aclarado que la «prioridad» del Gobierno ahora es «evitar un hipotético retroceso en la lucha contra el virus». Además, ha precisado que, como los menores llevan cinco semanas confinados, la probabilidad de que tengan el coronavirus y puedan contagiarlo es «realmente baja».

 

PIXABAY

ENCUESTA| ¿Le parece bien que los niños solo puedan ir al supermercado y a la farmacia y no a pasear?

 

 

«Esta decisión de aliviar el confinamiento de los menores se ha adoptado siguiendo las recomendaciones de expertos y haciendo una ponderación del riesgo-beneficio en el momento en que nos encontramos. La mayoría de los niños salvo excepciones concretas han permanecido en sus domicilios estas cinco semanas, la probabilidad de que estén contagiados o puedan transmitir el COVID-19 es realmente baja», ha asegurado la portavoz del Gobierno.

Esta decisión ha provocado las críticas de toda la oposición. Sus líderes han pedido al Gobierno que corrija esta decisión.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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