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Pablo Ibar, cadena perpétua después de 16 años en el corredor de la muerte

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VALÈNCIA, 23 May.- Pablo Ibar, el presunto autor del triple asesinato de tres estadounidenses en 1994, ha sido absuelto de la pena de muerte este jueves.  El juzgado ha decidido librar al español del corredor de la muerte y condenarlo a cadena perpétua. Ibar, que lleva 25 años en prisión, pasará el resto de su vida en la cárcel si en la próximo juicio no sale absuelto.

La pena de muerte debía ser ratificada por todos los miembros del jurado, se requería unanimidad en la decisión. Tras más de dos horas de deliberación, el veredicto ha aliviado a la familia de Ibar, que escuchaba la decisión del jurado desde la misma sala en la que se encontraba el presunto culpable.

Con la cadena perpétua, Ibar podrá salir del corredor de la muerte, en el que se encontraba desde hacía 16 años. Además, con esta condena, Ibar será trasladado a otro centro penitenciario en el que podrá recibir la visita de su familia. Hasta ahora mantenían conmunicación a través de una pantalla.

Ibar está acusado de asesinar, en 1994, a Casimir Sucharski, dueño de un club nocturno, y a dos modelos, Sharon Anderson y Marie Rogers. Mientras que la prensa estadounidense tiene una opinión unánime sobre la culpabilidad del español, el abogado defensor tratará de demostrar la inocencia de Pablo Ibar en otro juicio, que demorará todavía más el final de este caso.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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