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Paradas a demanda para mujeres y prohibido fumar en marquesinas, las novedades de EMT València

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Valencia, 19 sept. – El nuevo reglamento de la Empresa Municipal de Transportes de València (EMT) avanza hacia su aprobación definitiva, prevista para el Pleno municipal de este mes de septiembre. Previamente, tras más de un año de tramitación y aportaciones de la ciudadanía, los grupos políticos y diferentes asociaciones y entidades de la ciudad, el texto llegará el lunes que viene, día 23, a la Comisión de Urbanismo.

El concejal de Movilidad Sostenible, Giuseppe Grezzi, ha recordado que el reglamento actual de la EMT se aprobó en julio de 2005 y ha explicado que era necesaria su adaptación a la realidad actual de la empresa pública dado que “se ha quedado obsoleto en varios aspectos”. Por ejemplo, el nuevo reglamento recogerá los diferentes tipos de títulos que antes no estaban incluidos, además de “mejorar los derechos tanto de conductores y conductoras como de las personas usuarias”.

Grezzi también ha destacado que después de meses de trabajo con el nuevo reglamento “por fin podemos tener el marco normativo que necesita la empresa pública y la ciudad. Queremos hacer el mejor reglamento que pueda tener la EMT y que vaya en paralelo con la empresa moderna que tiene que ser el centro de la movilidad en nuestra ciudad”.

PARADAS A DEMANDA

Entre las principales aportaciones del reglamento está la posibilidad de hacer peticiones de parada a demanda. Con este cambio se quiere dar la posibilidad de que el autobús pueda parar en un lugar diferente a las paradas habituales por cuestiones de seguridad para las personas usuarias.

El reglamento es el marco que permitirá esas paradas y EMT tendrá que desarrollar una norma que regule el articulado. La idea es que se empiece con un proyecto piloto en las líneas nocturnas que son donde hay más demanda de este servicio y se puede actuar de manera más inmediata.

“Como está ampliamente demostrado, las mujeres somos las principales usuarias del transporte público y por tanto las primeras beneficiarias de cualquier mejora que se realice en el servicio”, ha apuntado la concejala de Igualdad, Lucía Beamud, al respecto de una medida cuya importancia subraya por “demostrar la sensibilidad de la administración al valorar y atender una necesidad que percibimos especialmente las mujeres en determinadas situaciones”.

Otros temas que regula el reglamento son, por ejemplo, la prohibición de fumar en las paradas, un nuevo procedimiento sancionador o la regulación del acceso al autobús con silla de ruedas, bicicletas plegables, sillas de bebé, etc.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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