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El Tribunal Constitucional confirma que la Ley de Eutanasia no infringe el «derecho a la vida»

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Vista frontal del Tribunal Constitucional de España. Imagen de archivo

El Tribunal Constitucional avaló en la tarde de este miércoles la Ley de Eutanasia. La ley de eutanasia está en vigor desde junio del año 2021. Tras su aprobación, Vox presentó un recurso al constitucional que ha sido rechazado.

El Constitucional avala la Ley de Eutanasia por mayoría

El Pleno de Corte de Garantías rechazó el recurso con nueve votos a favor y dos en contra. Los votos en contra pertenecen a los magistrados conservadores Enrique Arnaldo y Concepción Espejel. Los otros magistrados conservadores votaron, al igual que los progresistas, a favor de la ley.

El Constitucional ha avalado la ley en su totalidad, sin cuestionar ningún artículo. Esta decisión confirma la constitucionalidad de la norma. El borrador de la sentencia, redactado por el magistrado Ramón Sáez, destacaba que la ley «garantiza el derecho a la autodeterminación de la persona sin dejar desprotegida la vida». Señalaba además que el Estado «no puede eludir su responsabilidad».

¿Qué decía el recurso sobre la eutanasia rechazado por el Constitucional?

El recurso presentado por Voz defendía que la norma era anticonstitucional por no respetar el «derecho a la vida». El recurso de la ultraderecha parte de que el derecho a la vida sea «fundamental, absoluto e indisponible». Es decir, que el Estado debe protegerlo incluso contra la voluntad de la persona titular de ese derecho.

No fue el único recurso. El Partido Popular también presentó uno defendiendo que la ley no permite asegurar que la decisión se haya tomado de manera libre y con total comprensión.  Alegan que la ley genera indefensión jurídica.

La Ley de Eutanasia no infringe el derecho a la vida

Ahora el Tribunal Constitucional ha aclarado que la ley no incumple la constitución. Saez ha explicado en el borrador de la sentencia, recogido en múltiples medios, que «La tesis absolutizadora de la vida, y su necesario corolario de una obligación de mantenerse vivo, no es compatible con la Constitución».

La Constitución recoge el derecho fundamental de integridad física y moral. El artículo 15 reconoce el derecho de autodeterminación para que las personas puedan «decidir el modo y el momento de su muerte». El borrador menciona también el principio de dignidad humana y libre desarrollo de la personalidad (artículo 10.1). Indica que el error radica en que el derecho a la vida no puede analizarse «aisladamente» sino que debe atenderse al contexto histórico y a otros principios y derechos recogidos en la Constitución.

Respecto a la responsabilidad del Estado recoge que la Constitución no concibe el derecho a la vida y la protección de la misma «desconectada de la voluntad de su titular» y, por tanto, el ejercicio de ese derecho no puede ser «indiferente a sus decisiones sobre cómo y cuándo morir».

¿Qué dice la ley de eutanasia?

La Ley de Eutanasia vigente en España permite la solicitud de eutanasia a personas mayores de edad y con plena capacidad de obrar que cumplan una serie de condiciones. La persona debe presentar una petición autónoma, consciente e informada y ser de nacionalidad española o acreditar 12 meses de residencia en España. Se atenderá la petición en los casos en que las personas sufran «una enfermedad grave e incurable» o un «padecimiento grave, crónico e imposibilitante» que afecten a su autonomía o le genere un «sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable».

El proceso para solicitar la eutanasia

La petición debe realizarse en dos ocasiones, con al menos 15 días entre ellas. El período se alargará un mínimo de 51 días. Tras la primera solicitud, el médico responsable de la persona le expondrá el diagnóstico y las posibilidades terapéuticas y de cuidados paliativos que posee. Después se realizará la segunda petición para reafirmar la voluntad de seguir adelante con el proceso. Un segundo médico debe certificar entonces que los requisitos se cumplen y redaactar el informe. El solicitante podrá recurrir en caso de que el informe sea negativo.

El recurso presentado por el Partido Popular a la Ley de Eutanasia

El Tribunal Constitucional no ha resuelto el recurso presentado por el PP. Sin embargo, la resolución al recurso de Vox permite suponer que será también rechazado.

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¿Pueden multarte por no llevar la baliza V16 en Navidad?

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Tráfico priorizará la información a los conductores durante las fiestas antes de imponer multas por no usar la señal luminosa V16

A pocos días de la Navidad y con millones de desplazamientos previstos por carretera, muchos conductores se preguntan si pueden ser multados por no llevar la baliza V16, el nuevo dispositivo luminoso que sustituirá definitivamente a los triángulos de emergencia. La respuesta, al menos durante estas fechas, es tranquilizadora: la Guardia Civil de Tráfico aplicará un criterio flexible y dará prioridad a la información frente a la sanción.

Aunque la obligación legal de portar la baliza V16 entrará en vigor el 1 de enero de 2026, la Agrupación de Tráfico ha anunciado que durante el periodo navideño los agentes no sancionarán de forma inmediata a los conductores que no utilicen este dispositivo en caso de avería o accidente. El objetivo es facilitar una transición progresiva y evitar confusión entre los usuarios de la vía.

Qué es la baliza V16 y por qué será obligatoria

La baliza V16 es una señal luminosa de emergencia con luz destellante y conectividad, diseñada para colocarse en el techo del vehículo sin necesidad de salir al arcén. Su función principal es señalizar un vehículo detenido y enviar automáticamente su ubicación a los sistemas de tráfico, reduciendo así el riesgo de atropellos.

Este nuevo sistema sustituirá por completo a los triángulos reflectantes, cuyo uso ha estado relacionado con numerosos accidentes mortales. Según datos de Tráfico, entre 25 y 30 personas fallecen cada año tras bajar del vehículo para colocar la señalización tradicional.

¿Qué vehículos están obligados a llevar la baliza V16?

De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, deberán llevar obligatoriamente la baliza V16:

  • Turismos

  • Furgonetas

  • Autobuses

  • Camiones

  • Vehículos mixtos

  • Conjuntos de vehículos no especiales

En el caso de las motocicletas, su uso no es obligatorio, aunque la DGT recomienda encarecidamente llevarla por motivos de seguridad.

Multa por no llevar la baliza V16: importe y criterios

La sanción por no portar la baliza V16 está considerada infracción leve y conlleva una multa de hasta 80 euros, la misma cuantía que por no llevar los triángulos de preseñalización. Con pronto pago, la sanción se reduce a 40 euros.

No obstante, el jefe provincial de Tráfico de Madrid, Cristóbal Cremades, ha subrayado que el enfoque inicial será pedagógico. “No se trata de multar, sino de hacer un uso razonable de la nueva tecnología. Primero informaremos y, pasado un tiempo, si no se cumple la obligación, habrá que sancionar”, explicó.

Cremades también reconoció que el mercado puede estar “saturado” en los primeros días, pero confió en que “poco a poco, como siempre, la sociedad española cumplirá con esta obligación legal”.

Un cambio pensado para salvar vidas

Desde Tráfico insisten en que la implantación de la baliza V16 no tiene un fin recaudatorio, sino mejorar la seguridad vial. Gracias a su conectividad, estos dispositivos permitirán que la presencia de un vehículo averiado aparezca en los navegadores y paneles de información, alertando al resto de conductores con antelación.

“Los triángulos han cumplido su función durante muchos años, pero ahora se sustituyen por un sistema más seguro. La efectividad de la baliza V16 se verá con el tiempo”, concluyó Cremades.

🔸 Qué balizas V16 son legales según la DGT

Solo las balizas homologadas y conectadas podrán utilizarse desde 2026. Estos dispositivos deben disponer de un certificado de ensayo, donde se indique el laboratorio que realizó las pruebas y su número de informe. Además, deben garantizar una autonomía mínima de 18 meses y estar siempre guardadas en el interior del vehículo, preferiblemente en la guantera.

La DGT mantiene publicada una lista oficial de modelos homologados, que incluyen conexión automática con la plataforma DGT 3.0, permitiendo localizar en tiempo real cualquier vehículo inmovilizado en la vía.

Según Ana Blanco, subdirectora de Circulación de la DGT,

“La baliza V16 conectada es el mejor ejemplo de cómo la conectividad puede salvar vidas en carretera”.

🔸 Por qué las balizas antiguas dejarán de ser válidas

Muchas tiendas aún comercializan balizas sin conexión, etiquetadas como “homologadas por la DGT”, pero estas quedarán obsoletas el 31 de diciembre de 2025. Su uso tras esa fecha supondrá una infracción leve, sancionada con 200 euros, ya que no transmitirán la ubicación del vehículo a la red de alertas de tráfico, incrementando el riesgo de accidente.

🔸 Cómo reconocer una baliza V16 legal

Antes de comprar una baliza, la DGT recomienda verificar que esté incluida en el listado oficial y que indique expresamente la conectividad DGT 3.0 o tecnología IoT. También conviene desconfiar de precios demasiado bajos o de productos sin número de informe visible en el envase.

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