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Tres heridos graves y 28 leves en 17 accidentes con víctimas, balance de la Semana Santa en las carreteras de la Región

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¿Cuáles son las conductas que causan más accidentes de tráfico?

La ausencia de fallecidos en las carreteras de la región es el hecho más relevante de la Operación Especial de Semana Santa desarrollada por la Jefatura Provincial de Tráfico entre el 12 y el 22 de abril y que ha concluido con tres heridos graves y 28 leves en los 17 accidentes con víctimas contabilizados en este periodo en la Comunidad.

La distracción al volante y el no respetar la distancia de seguridad han sido las causas más habituales de estos accidentes, según informaron fuentes de la Delegación del Gobierno en un comunicado.

En concreto, cuatro accidentes fueron como consecuencia de distracciones (23,5%); otros cuatro por no respetar distancia de seguridad (23,5%); dos por no respetar la prioridad (11,76%); dos por avería mecánica (11,76%); dos por velocidad inadecuada (11,76%); uno por invadir el sentido contrario (5,88%); uno por cansancio o sueño (5,88%); y otro caso por conducción negligente (5,88%).

Durante esos días, la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil realizó 5.390 pruebas de alcoholemia, con un resultado de 47 positivos, un 0,87 del total, y 76 de drogas, 37 de ellas positivas, lo que representa un 48,68%, si bien hay que tener en cuenta el carácter menos aleatorio de las mismas y que solo se realizan a aquellos conductores que, aparentemente, presentan síntomas evidentes de haber consumido.

La Jefa Provincial de Tráfico ha valorado de forma muy positiva el balance en nuestras carreteras y ha agradecido el comportamiento responsable de la mayoría de los conductores. «Únicamente con el compromiso de todos los usuarios de las vías y con actuaciones y decisiones adecuadas en la conducción podremos evitar las terribles consecuencias de los accidentes de tráfico», ha manifestado Virginia Jerez.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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