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València autoriza la colocación de terrazas el 19 de marzo en el entorno de la Plaza del Ayuntamiento

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VALÈNCIA, 7 Nov.-El Ayuntamiento de València autoriza la instalación de terrazas el próximo 19 de marzo, entre las 15:00 y las 20:00 horas, en las vías libres de obstáculos del entorno de la plaza del Ayuntamiento. El concejal de Protección Ciudadana, Aarón Cano, y el concejal de Hacienda, Ramón Vilar, han mantenido este jueves una reunión con representantes de la Federación de Hostelería en la que se ha alcanzado el acuerdo sobre las terrazas el día grande de las fiestas de Fallas.

Las vías urbanas autorizadas serán la calle Correus, la avenida Marqués de Sotelo, las calles Convent de Santa Clara, Ribera y Sant Pau. Tal como ha explicado el concejal Aarón Cano, «se trata de un buen acuerdo, en el que favorecemos la promoción económica de la ciudad a la vez que se continua garantizando la seguridad de las personas». La medida se incluirá por primera vez en el Bando de Fallas, que cada año establece la normativa a aplicar sobre la instalación y horarios de carpas, puestos de venta y terrazas, entre otros aspectos.

El concejal de Protección Ciudadana ha valorado la implicación que ha mostrado la Federación de Hostelería en la lucha contra el consumo de bebidas alcohólicas en la plaza del Ayuntamiento durante la celebración de les mascletaes.

Si alguna terraza incumple el horario de recogida, será penalizada de cara a los festejos del año siguiente y no será autorizada para repetir el permiso. De hecho, ha añadido Cano, un camión de los Servicios Centrales Técnicos del Ayuntamiento apoyará el dispositivo policial en caso de incumplimiento por parte de algún establecimiento. «Hacemos un gran esfuerzo policial, y hay que garantizar que las vías en las que se autoriza queden totalmente despejadas y libres de obstáculos dos horas antes del inicio de la cremà de la falla infantil de la plaza del Ayuntamiento», ha explicado el concejal.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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