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Consumo

Desaparece la obligación de informar a Hacienda sobre viviendas turísticas

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El Supremo mediante una reciente sentencia ha anulado el artículo que establecía la obligación para los intermediarios, entre cedentes y cesionarios de viviendas de uso turístico, en particular las plataformas colaborativas, de informar a la Administración de todas aquellas operaciones en que interviniesen en relación con este tipo de viviendas mediante la presentación del modelo 179. De esta forma ha informado en su blog Equipo Varona Support.

Actualmente, la cesión temporal de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, es decir, la cesión de una vivienda para su uso turístico está excluida de la aplicación de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de conformidad con lo establecido en el artículo 5 e) de la misma.

Y, aunque la regulación sobre este tipo de cesiones puede resultar difusa, basándose en la misma, mediante el Decreto 1070/2017, de 29 de diciembre, se introdujo el artículo 54 ter en el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria, que estableció para los intermediarios la obligación de informar sobre este tipo de operaciones mediante la presentación trimestral del modelo anteriormente referido.

En dicha declaración informativa se hacía constar la identificación del inmueble, la identidad del cedente y el cesionario así como el importe percibido o, en su caso, si la cesión era gratuita, fecha de inicio de la cesión, días de disfrute de la vivienda, etc.

Poco más de dos años tras de su introducción, el TS ha tumbado esta regulación en base a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de 19 de diciembre de 2019 dictada en el caso Airbnb, en tanto en cuanto la tramitación de una norma como el artículo 54 ter debería haber sido comunicada a la Comisión Europea, siendo dicho incumplimiento formal el que a día de hoy conlleva que la Sala Tercera del TS anule y deje sin efecto el precepto en cuestión del Reglamento impugnado.

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Consumo

Así puedes ganar 7.500 euros en vales de compra por Navidad que sortea el Mercado Central

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mercado central fiesta

El Mercado Central de València lanza una nueva campaña navideña con un sorteo de 7.500 euros entre sus clientes, repartidos en 150 premios de 50 euros en vales de compra a través de la tarjeta monedero del mercado, según ha informado el recinto en un comunicado oficial.

Sorteo navideño: cómo participar

La Asociación de Vendedores del Mercado Central ha iniciado la promoción este lunes 24 de noviembre, que se extenderá hasta el 6 de diciembre de 2025. La iniciativa busca premiar la fidelidad de los clientes que realicen sus compras de manera presencial en los puestos del mercado.

Por cada compra realizada durante este periodo, los vendedores entregarán un boleto de participación al cliente, quien deberá completarlo con sus datos y depositarlo en una de las dos urnas habilitadas:

  • Plaza central del Mercado Central

  • Punto de Atención al Cliente

El sorteo se llevará a cabo el martes 9 de diciembre a las 12:00 horas bajo la gran cúpula del mercado y será grabado para redes sociales, garantizando transparencia.

Premios y recogida

Cada cliente podrá resultar premiado solo una vez. Además, se extraerán 20 boletos de reserva numerados por orden de salida. Los nombres de los ganadores se publicarán en la web del Mercado Central y en el tablón de anuncios junto a Atención al Cliente el 11 de diciembre.

Los premios se podrán canjear en Atención al Cliente a partir de esa fecha mediante la tarjeta monedero, válida en todos los puestos del mercado adheridos a la promoción hasta el 31 de enero de 2026.

Objetivo de la promoción

Con esta iniciativa, la Asociación de Vendedores del Mercado Central busca incentivar las compras anticipadas de Navidad, premiando a sus clientes y facilitando sus compras durante las fiestas, aliviando también la llamada cuesta de enero.

 

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