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Abogados de Familia instan a Podemos a impulsar una ley contra las denuncias falsas en las separaciones

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El pasado domingo 12 de febrero en el Congreso Vistalegre 2 se eligieron los nuevos miembros del Consejo Ciudadano de Podemos. Entre ellos resultó electo Pedro de Palacio, el cual fue condenado en 2002 por abusar de una niña de cinco años cuando él tenía 16, razón por la cual, una vez se conoció la noticia, tuvo que dimitir de sus cargos políticos anteriores.

Desde la Asociación Europea de Abogados de Familia entendemos que si pudo presentarse como candidato, y si fue elegido como tal para formar parte del Consejo Ciudadano fue al dar por buenas las declaraciones públicas que hizo la víctima cuando se hizo público este caso. En concreto, cuando la víctima reconoció por carta publicada en diversos medios en la que dice que «El asunto judicial del que se ha hecho eco este medio de comunicación se da en un contexto de divorcio de mis progenitores que fue altamente conflictivo, con un largo y doloroso desarrollo que incluye varios y diversos episodios judiciales. Muchos de los detalles de estos procesos fueron resultado de las tensiones existentes, llegando a producirse distorsiones de la realidad, como en el caso del que se trata en este escrito, pues, tal como he indicado ya, los hechos a los que hace referencia Okdiario jamás tuvieron lugar. […] Quiero señalar que la sentencia judicial se basa en el relato de los hechos de una menor, que en aquel momento sufría la tensión de la ruptura familiar anteriormente referida […]».

Por tal motivo es necesario reconocer el valor de PODEMOS, pues con su actuación han sido los únicos con valor para reconocer que, en efecto, en los procedimientos de separación y divorcio menudean las denuncias de hechos falsos. Y que incluso muchas veces se utiliza el testimonio de menores, debidamente manipulados, para hacer pasar por ciertos tales hechos.

Así pues, en atención a los cientos de miles de niñas, niños, mujeres y hombres víctimas de estas denuncias falsas y de estos procedimientos de manipulación, en necesario que desde PODEMOS promuevan una ley por medio de la cual se reconozca la existencia de denuncias falsas (una realidad con la que la ciudadanía se enfrenta diariamente) así como de los procesos de manipulación de los menores. Objeto de esa reforma legislativa debiera ser considerar con mayor prudencia las declaraciones de supuestas víctimas o testigos en los procedimientos penales cuando entre las partes del procedimiento hubiera entablado algún procedimiento de familia (nulidad, separación y divorcio), así como la de investigar la posible manipulación de los testigos, especialmente si son menores de edad e hijos de alguno de los progenitores en proceso de ruptura.

Del mismo modo, son muchos los casos de condenados que años después de la condena han conseguido la declaración exculpatoria de las supuestas víctimas (una vez éstas han cumplido la mayoría de edad). Sin embargo, en estos casos el Tribunal Supremo no ha permitido la revisión del caso, quedando el inocente con una condena que le persigue toda su vida. Por tanto, esta iniciativa legislativa deberá posibilitar la revisión de la Sentencia en caso de que hubiere cambio de testimonio por parte de la tenida en su día como víctima.

Por todo ello entendemos que PODEMOS, para ser coherente, una vez que ha decidido rehabilitar políticamente a Pedro Palacio, atendiendo a su inocencia real frente a la Sentencia oficial de condena, debe promover este cambio legislativo para que cientos de miles de afectados puedan verse también beneficiados por la constatación de denuncias de hechos falsos como instrumento procesal en los procedimientos civiles de nulidad, separación y divorcio. De no hacerlo así, PODEMOS daría muestras de ser un partido más que prima a sus políticos sobre la gente víctima de abusos y sentencias injustas.

Por todo ello la Asociación Europea de Abogados de Familia a través de su plataforma FamiliaenDerechos.es ha impulsado una petición ciudadana para que la ciudadanía pueda secundar la petición de realizada por nuestra asociación, y pedir así una legislación que combata eficazmente las denuncias falsas, y la manipulación de los menores en los procesos de familia (separación o divorcio).

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
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La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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