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Elisa Mouliaá solicita 3 años de cárcel para Íñigo Errejón por presunto abuso sexual continuado

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Elisa Mouliaá

La actriz Elisa Mouliaá ha dado un paso importante en el ámbito judicial al presentar formalmente su solicitud para que se abra un juicio contra el exdiputado Íñigo Errejón, a quien acusa de un delito continuado de abuso sexual. Según la petición de la actriz, se solicita una condena de tres años de prisión.


Detalles del caso

El caso, que ha generado gran repercusión mediática, gira en torno a alegaciones de abuso sexual continuado, un tipo de delito que, de confirmarse, puede tener implicaciones penales significativas. La acusación formal presentada por Mouliaá implica que la Fiscalía y los tribunales analicen el caso y determinen si procede abrir juicio.

El contexto del procedimiento incluye:

  • La presentación de la denuncia por parte de la víctima

  • La solicitud de apertura de juicio oral

  • La reclamación de pena de prisión específica, en este caso de tres años


Implicaciones legales de la acusación

Un delito continuado de abuso sexual se caracteriza por la comisión reiterada de actos sexuales no consentidos hacia la víctima. En España, este tipo de acusación puede derivar en penas que combinan prisión, medidas de protección a la víctima y restricciones de acercamiento o comunicación.

Si los tribunales aceptan la apertura del juicio, se dará inicio a un proceso legal en el que:

  • Se analizarán todas las pruebas aportadas por la acusación

  • Se permitirá a la defensa presentar su versión de los hechos

  • Se dictará sentencia en función de la evidencia y la normativa vigente


Repercusiones públicas y mediáticas

El caso ha captado atención en medios nacionales y redes sociales, dado que involucra a un personaje público del ámbito político. La repercusión incluye debates sobre:

  • La protección de las víctimas de abuso sexual

  • La responsabilidad de figuras públicas

  • La importancia de un juicio justo y transparente


Próximos pasos en el proceso judicial

De aceptarse la solicitud de Mouliaá, el tribunal competente evaluará la evidencia y decidirá si se abre juicio oral. Durante este proceso, se podrán presentar testigos, pruebas documentales y peritajes psicológicos para determinar la veracidad de las alegaciones.

Los pasos principales incluyen:

  1. Estudio preliminar de la denuncia

  2. Decisión sobre la apertura del juicio

  3. Presentación de pruebas y alegatos de ambas partes

  4. Sentencia final y posibles recursos


Conclusión

El caso entre Elisa Mouliaá e Íñigo Errejón resalta la relevancia de los procesos judiciales en situaciones de abuso sexual, especialmente cuando involucran a figuras públicas. Mientras el sistema legal determina la veracidad de las acusaciones, se mantiene la importancia de garantizar un juicio justo, la protección de la víctima y la transparencia en el proceso.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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