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AEMET alerta de una grave sequía en España

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El año 2022 finalizó con un total de 536 litros por metro cuadrado recogidos en el conjunto de España, un 16% por debajo del valor normal, que son 641 litros por metro cuadrado, datos que permiten calificar al año como «muy seco» y el sexto más seco desde 1961, según el informe sobre precipitación en España de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet).
A pesar de ello, en el mes de diciembre se registraron 118 litros por metro cuadrado, un 43% más de lo normal para este mes, que son 79 litros por metro cuadrado, convirtiéndolo en el último mes del año más lluvioso desde 2010, según ha informado el portavoz de la Aemet, Rubén del Campo.
Con estos datos y a pesar de la ligera mejoría experimentada en diciembre, todas las cuencas de acumulación españolas que son similares a las hidrográficas «aunque no iguales» presentaban sequía meteorológica, excepto las del Júcar y Segura, es decir por la escasez de lluvias al finalizar 2022.

AEMET alerta de una grave sequía en España

España continuaba al finalizar 2022 en sequía meteorológica, e incluso se puede hablar de una «incipiente sequía de larga duración», pues los datos de lluvia acumulada en los tres años previos, es decir 2020, 2021 y 2022 en su conjunto, señalan que la lluvia ha sido lo suficientemente escasa como para hablar de una incipiente sequía de larga duración.

La distribución de las lluvias no fue uniforme, mientras en el oeste de Castilla y León, buena parte de la Comunidad de Madrid y de Castilla-La Mancha, y áreas de Andalucía y Galicia llovió más del doble de lo normal, en el Cantábrico oriental, este de Cataluña y amplias zonas del área mediterránea peninsular y Baleares las precipitaciones en diciembre de 2022 fueron «escasas», no llegando al 75% de lo normal.
Predominó el tipo de circulación atmosférica que favorece las lluvias en el oeste y centro de la Península y dejando un ambiente más seco en el Mediterráneo.

SEXTO AÑO MÁS SECO DE LA HISTORIA

Se ha catalogado a 2022 como el sexto año más seco de la serie histórica, según Del Campo, quien ha explicado que entre el quinto año que fue 1994 y el séptimo que fue 1990 hay un margen muy estrecho, solo cuatro litros por metro cuadrado de diferencia.
Cuatro de los seis años más secos en España desde el inicio de la serie histórica que empezó en 1961 se han registrado desde 2005, siendo los tres años más secos 2005, 2015 y 2017, seguidos por 1998, 1994 y 2022.
En cuanto a la distribución de las lluvias, siendo 2022 un año muy seco, en buena parte del tercio norte peninsular las precipitaciones no alcanzaron el 75% de su valor normal.
Lo mismo sucedió en puntos del norte de Castilla-La Mancha, este de Cataluña, isla de Mallorca y en puntos aislados del interior de Andalucía, así como en amplias zonas del sur de esta comunidad autónoma.
En el área del Levante fue un año más lluvioso de lo normal, según el portavoz de la Aemet, especialmente en el sur de la Comunidad Valenciana, Región de Murcia y Andalucía oriental, gracias a una primavera «extraordinariamente lluviosa» y a la llegada de depresiones aisladas en niveles altos (DANAS) en otoño.

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Este es el límite para pagar en efectivo en España

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El límite para pagar efectivo en España viene acompañado de una advertencia de la Agencia Tributaria. Además es el medio de pago más utilizado en España, seguido por la tarjeta y los dispositivos móviles.

¿En qué consiste?

Hace un año que fue aprobada la Ley 11/2021, de 9 de julio como medida de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Esta norma determinó la limitación al uso de efectivo para determinadas operaciones económicas, disminuyendo el límite general de pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros.

Pero en esta ley hay algunas excepciones que debemos conocer.

Límite para pagar en efectivo en España

Así, el límite varía si el domicilio fiscal está fijado fuera de España, multiplicándose por 10 el límite máximo.

La Ley recoge que no podrán pagarse en efectivo «las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera».

Importe que se eleva hasta los 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.»

¿Cuáles son los medios de pago?

Según explica la Agencia Tributaria, para calcular los importes, se suman todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios, considerando medios de pago:

  • El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
  •  Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
  • Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago a la persona portadora.

Quienes intervengan en las operaciones que no puedan pagarse en efectivo deben conservar los justificantes del pago durante cinco años desde la fecha del pago, para poder acreditar que el pago se realizó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo.

Esta limitación no se aplica a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito ni a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos de cambio de moneda.

Sanciones por superar el límite de pagar en efectivo

El incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo constituye una infracción administrativa grave. Puede ser cometida tanto por las personas o entidades que paguen como por las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo incumpliendo la limitación establecida.

La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros (o su contravalor en moneda extranjera).

La sanción consistirá en una multa proporcional del 25 por ciento de la base de la sanción, contemplando una reducción del 50 por ciento del importe de la sanción si se cumplen determinadas condiciones.

 

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