Síguenos

Valencia

El PP decide expulsar a Alfonso Grau tras su condena

Publicado

en

Alfonso Grau expulsado del PP

El PP expulsa a Alfonso Grau tras su condena

El Comité de Derechos y Garantías del PP ha acordado, de acuerdo a sus Estatutos y a su reglamento, resolver el expediente informativo abierto al que fuera vicealcalde de València con Rita Barberá, Alfonso Grau, y expulsarle.

El PP toma esta decisión tras conocerse la sentencia que condena a cuatro años y medio de prisión a Grau por los delitos de malversación y cohecho.

Expediente abierto en 2016

Según han informado fuentes del PP, en 2016, cuando se conoció que había actuaciones judiciales en las que Alfonso Grau estaba implicado, el partido le abrió un expediente informativo y le suspendió de militancia.

Transformación del expediente y resolución

Cuando se abrió juicio oral, el expediente informativo se transformó en disciplinario. Ahora, con la sentencia dictada (no firme), el Comité, conforme a sus estatutos y su reglamento, ha resuelto el expediente y ha procedido inicialmente a su expulsión.

Posibilidad de recurso

Contra esta resolución, Alfonso Grau puede recurrir en alzada ante el Comité Nacional de Derechos y Garantías, alegando lo que considere oportuno.

Alfonso Grau Alonso fue vicealcalde de València bajo la administración de Rita Barberá. En 2016, se le implicó en actuaciones judiciales que llevaron al Partido Popular (PP) a abrirle un expediente informativo y suspenderle de militancia. Posteriormente, este expediente se convirtió en disciplinario cuando se abrió juicio oral.

Recientemente, fue condenado a cuatro años y medio de prisión por delitos de malversación y cohecho, lo que resultó en su expulsión del PP. Alfonso Grau tiene la opción de recurrir esta decisión ante el Comité Nacional de Derechos y Garantías del partido.

Te puede interesar:

Esta es la sentencia a Alfonso Grau por malversación

 

Motivos de Expulsión de un Partido Político

  1. Corrupción y Delitos: Implicación en actividades delictivas como corrupción, malversación, cohecho, fraude, etc. Estos actos dañan la reputación del partido y van en contra de sus principios.
  2. Violación de Estatutos y Reglamentos: Incumplimiento de las normas internas del partido, como los estatutos, reglamentos y códigos de conducta. Esto puede incluir desobediencia a las directrices del partido o actuaciones contrarias a las políticas establecidas.
  3. Conducta Inmoral o Inadecuada: Comportamiento personal que se considera inmoral, escandaloso o que va en contra de los valores y la ética del partido. Esto puede abarcar desde cuestiones de integridad personal hasta comportamientos en la vida pública.
  4. Deslealtad al Partido: Acciones que se perciben como deslealtad o traición al partido, como apoyar públicamente a candidatos o partidos rivales, votar en contra de las directrices del partido en asuntos clave, o hacer declaraciones públicas que dañen al partido.
  5. Falta de Pago de Cuotas: En algunos partidos, el incumplimiento del pago de cuotas de membresía puede ser motivo de expulsión, ya que se considera una falta de compromiso y apoyo financiero al partido.
  6. Divulgación de Información Confidencial: Revelar información confidencial o sensible del partido a terceros sin autorización puede ser considerado una violación grave de la confianza.
  7. Participación en Actividades Contrarias a los Intereses del Partido: Participar en actividades, asociaciones o movimientos que se oponen a los intereses, políticas o ideología del partido.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

 

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Valencia

Emergencias entrega a la jueza el primer borrador del Es-Alert del 29-O descartado por parecer un confinamiento

Publicado

en

consellera Justicia Es-Alert DANA
La consellera de Justicia, Salomé Pradas, junto ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres en una reunión del Centro de Coordinación Operativo Integrado (CECOPI). EFE/ Kai Forsterling/Archivo

El mensaje fue redactado la tarde del 29 de octubre de 2024, llegó a cargarse en el sistema, pero se retiró tras el debate en el Cecopi sobre su redacción

La Conselleria de Emergencias ha remitido al Tribunal de Instancia número 3 de Catarroja el borrador del primer mensaje Es-Alert elaborado durante la dana del 29 de octubre de 2024, un aviso que finalmente no se envió a la población porque su contenido se interpretó como una orden de confinamiento.

Según consta en la documentación judicial, el mensaje fue redactado entre las 18.15 y las 18.38 horas y llegó a introducirse en el sistema informático de alertas. Sin embargo, fue descartado tras un intenso debate en el Cecopi (Centro de Coordinación Operativa Integrado), órgano encargado de la gestión de la emergencia.

Esta circunstancia fue confirmada por Jorge Suárez, subdirector general de Emergencias, durante su declaración como testigo el pasado 4 de diciembre. Suárez explicó que varios miembros del Cecopi consideraron que la redacción del Es-Alert podía generar alarma social al interpretarse como una instrucción de confinamiento generalizado.

El responsable autonómico ha concluido este martes su comparecencia ante el juzgado que investiga la gestión de la dana, en una sesión que se ha prolongado durante cerca de cuatro horas. Durante el interrogatorio respondió a las preguntas de doce abogados de las acusaciones y dos de las defensas, en el marco de la causa judicial abierta por las decisiones adoptadas durante la emergencia.

La entrega de este borrador supone un nuevo avance en la investigación judicial, que trata de esclarecer cómo se tomaron las decisiones clave sobre la comunicación a la ciudadanía en uno de los episodios meteorológicos más graves registrados en la Comunitat Valenciana.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo