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Ángel Hernández, el hombre que ayudó a morir a su mujer, será juzgado por violencia de género

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La Fiscalía ha anunciado este jueves que recurrirá la decisión de la juez que ha derivado el caso del suicidio asistido de María José Carrasco a un Juzgado de Violencia de Género.

Ángel Hernández, el marido de María José Carrasco, ya reconoció ante la juez que la ayudó a morir, y fue puesto en libertad sin medidas cautelares investigado por un delito de auxilio o cooperación al suicidio. La juez que instruía el caso considera ahora que el caso debe ser tratado como «violencia de género» basándose en una sentencia previa del Tribunal Supremo. Por lo que Ángel Hernández podría enfrentarse a una acusación por homicidio.

La responsable de la Fiscalía de Violencia contra la Mujer, Pilar Martín-Nájera, ha asegura este jueves, en rueda de prensa, que se trata de «un caso bastante alejado de la violencia de género y no debería confundirse».

En este sentido, la Fiscalía ha remarcado que «no basta solo con que haya relación entre el hombre y la mujer: Hay un matiz, y es que tiene que haber humillación, dominación, discriminación».

Por su parte, la abogada de la defensa de Ángel Hernández cree que no se puede considerar «en ningún caso que lo que hizo fue un acto contra ella. Muy al contrario. Siguió los deseos de su esposa». Por eso, la abogada insiste en que el caso debe volver a ser competencia de un juzgado de instrucción ordinario.

Desde que se conoció el caso de María José Carrasco, muchos han sido los políticos que han aprovechado el momento para pronunciarse ante este tema tan delicado y que, a día de hoy, sigue siendo una tarea pendiente, sin resolución judicial ni consenso político. Y que ha reabierto el debate sobre la legalización de la eutanasia en España en un momento complicado por la carrera política hacia la Moncloa.

 

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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