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Antifraude cifra en 1’1 millones el quebranto al erario público por las jubilaciones en EMT de 2014 a 2018

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tarifas EMT Valencia

VALÈNCIA, 17 Sep. (EUROPA PRESS) – La Agencia Valenciana Antifraude calcula que las jubilaciones parciales llevadas a cabo en la Empresa Municipal de Transportes (EMT) de València han supuesto un presunto quebranto al erario público de 1.129.643 euros entre 2014 y mayo de 2018, fecha en la que la actual dirección de la compañía pública, tras detectar el modo en el que se acometía dicho proceso desde 2001, le trasladó lo que consideró una práctica «irregular».

El periodo abarca la última etapa del PP al frente del Ayuntamiento de València y de la EMT y los tres primeros años de gestión del siguiente ejecutivo, el Govern de La Nau conformado por Compromís, PSPV y València en Comú.

Esta cuantía se plasma en la nota informativa con las conclusiones de la investigación de la Agencia Antifraude –colgada en su página web y consultada por Europa Press– abierta a partir de la denuncia de las jubilaciones parciales de la EMT que realizó la propia empresa, presidida por el concejal de Movilidad Giuseppe Grezzi, a finales de mayo.

Fue el propio edil quien anunció la pasada semana que la Agencia Antifraude había decidido trasladar a la Fiscalía Provincial de Valencia un informe en el que apunta que el acuerdo sobre jubilaciones parciales de 2013 en la EMT, entonces en manos del PP, podría ser el origen de «presuntos delitos de malversación de caudales públicos, fraude en subvenciones y falsedades» y aseguraba que de los hechos quedaban exonerados los actuales responsables de la empresa pública como denunciantes, trabajadores y representantes sindicales.

La Agencia Valenciana Antifraude ha analizado el modo de llevar a cabo desde 2001 las jubilaciones parciales de empleados que, con una reducción de jornada del 85 por ciento al acogerse a esta modalidad no acudían a trabajar los 131 días que les correspondían sino solo 65 aunque por parte de la empresa cobraran y cotizaban por el total.

Fuentes de la entidad han precisado a Europa Press que su investigación analiza el periodo con independencia de quién gobierne y que su función es solo la de investigar, por lo que corresponde a la Fiscalía determinar si existe o no responsabilidad y tipificar, en caso de que se dé, el delito y quién lo cometió.

Con la documentación remitida por los actuales responsables de la empresa, Antifraude señala en sus conclusiones que merece «la calificación de fraudulento» el hecho de que «existiendo una norma legal, un convenio y un contrato laboral entre la EMT y cada trabajador que fijan en 131 las jornadas de trabajo a realizar por cada empleado jubilado parcialmente en un período de hasta cuatro años», los trabajadores acogidos a esa modalidad «realicen 65 o menos jornadas» y que perciban por ello «el salario de 131 jornadas».

FONDOS PÚBLICOS DESVIADOS DE SU FIN
La agencia destaca que esto conlleva «que se perciban salarios públicos por jornadas de trabajo no realizadas». Antifraude, que ha constatado que los salarios del personal de la EMT «se financian con caudales públicos procedentes de tarifas municipales, transferencias del presupuesto municipal e, incluso, un fondo estatal de ayuda al transporte», precisa que «si con dinero de naturaleza pública se abonan jornadas de trabajo que efectivamente no se han realizado, existen fondos públicos que se han desviado de su fin de interés general».

En este sentido, la agencia apunta en sus conclusiones que la realidad constatada por las actuaciones que ha realizado ha sido que «por parte de la EMT se suscribían con los empleados parcialmente jubilados contratos a tiempo parcial que fijaban expresamente la realización de 131 jornadas de trabajo en períodos de hasta cuatro años» con «salarios abonados por ese número de jornadas».

No obstante, subraya que «en la práctica acreditada en la investigación, los sistemas de organización y de control horario del
trabajo y de la jornada preveían y registraban un número de jornadas notablemente inferior». La entidad ha detectado que «incluso en dos casos no se ha trabajado ninguna jornada» aunque se ha pagado por parte de «la EMT el salario equivalente a 131 jornadas de trabajo».

«SISTEMA DE INCUMPLIMIENTO»
«Las conclusiones de la Agencia no incumben al hecho, considerado en abstracto, de que sea posible reducir la jornada mínima legalmente establecida para la jubilación parcial, asunto laboral en el que no entra, sino a si esta reducción se puede materializar estipulando en los contratos a tiempo parcial que se suscribían para acceder a dicha modalidad de jubilación el número de jornadas legalmente establecidas para luego organizar un sistema de incumplimiento de parte de dichas jornadas que tenía como consecuencia el abono de jornadas no realizadas», expone la entidad en sus conclusiones.

Con estos argumentos, la Agencia Valenciana Antifraude constata que «fondos públicos presupuestados para pagar trabajo efectivo no se han aplicado a su legítimo fin» y calcula que «los hechos constatados han supuesto un presunto quebranto al erario público de
1.129.643 euros en el período analizado, que va desde 2014 hasta mayo de 2018».

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Subsidio para mayores de 52 años: requisitos actualizados y quiénes pueden acceder

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La reforma del nivel asistencial entra en vigor próximamente e introduce nuevas condiciones en el subsidio para desempleados de larga duración

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha lanzado un aviso urgente dirigido a las personas nacidas en 1973 o años anteriores: está a punto de cerrarse el plazo para solicitar el subsidio para mayores de 52 años con las condiciones vigentes hasta la fecha. La inminente entrada en vigor de la reforma del nivel asistencial modificará tanto los requisitos de acceso como la gestión de esta prestación.


¿Qué es el subsidio para mayores de 52 años?

Este subsidio está destinado a personas desempleadas de larga duración mayores de 52 años que no tienen derecho a la prestación contributiva, pero que han cotizado lo suficiente como para mantener sus derechos de jubilación. La ayuda permite seguir cotizando a la Seguridad Social hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación (actualmente 66 años).

En 2025, el importe mensual del subsidio equivale al 80 % del IPREM, lo que representa alrededor de 480 euros mensuales, pagados entre los días 10 y 15 del mes siguiente.


Requisitos actuales para solicitar el subsidio

Hasta la entrada en vigor de la reforma, estos son los principales requisitos para acceder al subsidio:

  • Tener 52 años o más en el momento de la solicitud.

  • Estar en situación legal de desempleo.

  • No superar el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en ingresos mensuales.

  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de la vida laboral.

  • Estar inscrito como demandante de empleo.

  • Cumplir con los requisitos para acceder a una futura pensión contributiva.

La solicitud debe realizarse en un plazo máximo de 15 días hábiles tras finalizar la prestación por desempleo, y puede tramitarse online a través de la sede electrónica del SEPE o de forma presencial con cita previa.


Documentación necesaria

Los documentos básicos a presentar incluyen:

  • DNI o NIE.

  • Justificante bancario con el número de cuenta del solicitante.

  • Declaración de la Renta (IRPF), incluso si no hay obligación legal de presentarla.

  • Certificados de empresa o vida laboral, si se solicitan.


¿Qué cambia con la reforma del nivel asistencial?

La reforma que entrará en vigor a partir del último trimestre de 2025 introduce cambios estructurales en esta ayuda:

  • Declaración obligatoria de la renta, incluso si no se superan los ingresos mínimos.

  • Compatibilidad con empleo parcial o temporal, lo que permite percibir el subsidio mientras se trabaja.

  • Revisión de límites de ingresos familiares y ajustes en la cotización a la jubilación.

  • Simplificación de trámites burocráticos y digitalización del proceso.

Estas medidas buscan mejorar el control de acceso a las prestaciones y aumentar su adaptabilidad a distintas situaciones personales o laborales.


¿Quiénes pueden acceder al subsidio tras la reforma?

Además de los mayores de 52 años en situación de desempleo, el subsidio también está destinado a:

  • Personas excarceladas sin derecho a prestación contributiva.

  • Extranjeros en situación legal de residencia y desempleo.

  • Personas con incapacidad permanente parcial que hayan sido declaradas aptas para trabajar.

  • Personas con cotizaciones insuficientes (entre 3 y 12 meses) para acceder a una prestación contributiva.


¿Qué recomienda el SEPE?

El SEPE recomienda a los potenciales beneficiarios tramitar la solicitud lo antes posible si desean acogerse a las condiciones actuales del subsidio. Las oficinas del organismo y su sede electrónica están disponibles para realizar gestiones y resolver dudas.

Desde el organismo se insiste en la importancia de actuar con rapidez y consultar siempre fuentes oficiales para asegurarse de cumplir con los requisitos y no quedar fuera de la prestación debido a cambios normativos.

 

 

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