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Antifraude cifra en 1’1 millones el quebranto al erario público por las jubilaciones en EMT de 2014 a 2018

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tarifas EMT Valencia

VALÈNCIA, 17 Sep. (EUROPA PRESS) – La Agencia Valenciana Antifraude calcula que las jubilaciones parciales llevadas a cabo en la Empresa Municipal de Transportes (EMT) de València han supuesto un presunto quebranto al erario público de 1.129.643 euros entre 2014 y mayo de 2018, fecha en la que la actual dirección de la compañía pública, tras detectar el modo en el que se acometía dicho proceso desde 2001, le trasladó lo que consideró una práctica «irregular».

El periodo abarca la última etapa del PP al frente del Ayuntamiento de València y de la EMT y los tres primeros años de gestión del siguiente ejecutivo, el Govern de La Nau conformado por Compromís, PSPV y València en Comú.

Esta cuantía se plasma en la nota informativa con las conclusiones de la investigación de la Agencia Antifraude –colgada en su página web y consultada por Europa Press– abierta a partir de la denuncia de las jubilaciones parciales de la EMT que realizó la propia empresa, presidida por el concejal de Movilidad Giuseppe Grezzi, a finales de mayo.

Fue el propio edil quien anunció la pasada semana que la Agencia Antifraude había decidido trasladar a la Fiscalía Provincial de Valencia un informe en el que apunta que el acuerdo sobre jubilaciones parciales de 2013 en la EMT, entonces en manos del PP, podría ser el origen de «presuntos delitos de malversación de caudales públicos, fraude en subvenciones y falsedades» y aseguraba que de los hechos quedaban exonerados los actuales responsables de la empresa pública como denunciantes, trabajadores y representantes sindicales.

La Agencia Valenciana Antifraude ha analizado el modo de llevar a cabo desde 2001 las jubilaciones parciales de empleados que, con una reducción de jornada del 85 por ciento al acogerse a esta modalidad no acudían a trabajar los 131 días que les correspondían sino solo 65 aunque por parte de la empresa cobraran y cotizaban por el total.

Fuentes de la entidad han precisado a Europa Press que su investigación analiza el periodo con independencia de quién gobierne y que su función es solo la de investigar, por lo que corresponde a la Fiscalía determinar si existe o no responsabilidad y tipificar, en caso de que se dé, el delito y quién lo cometió.

Con la documentación remitida por los actuales responsables de la empresa, Antifraude señala en sus conclusiones que merece «la calificación de fraudulento» el hecho de que «existiendo una norma legal, un convenio y un contrato laboral entre la EMT y cada trabajador que fijan en 131 las jornadas de trabajo a realizar por cada empleado jubilado parcialmente en un período de hasta cuatro años», los trabajadores acogidos a esa modalidad «realicen 65 o menos jornadas» y que perciban por ello «el salario de 131 jornadas».

FONDOS PÚBLICOS DESVIADOS DE SU FIN
La agencia destaca que esto conlleva «que se perciban salarios públicos por jornadas de trabajo no realizadas». Antifraude, que ha constatado que los salarios del personal de la EMT «se financian con caudales públicos procedentes de tarifas municipales, transferencias del presupuesto municipal e, incluso, un fondo estatal de ayuda al transporte», precisa que «si con dinero de naturaleza pública se abonan jornadas de trabajo que efectivamente no se han realizado, existen fondos públicos que se han desviado de su fin de interés general».

En este sentido, la agencia apunta en sus conclusiones que la realidad constatada por las actuaciones que ha realizado ha sido que «por parte de la EMT se suscribían con los empleados parcialmente jubilados contratos a tiempo parcial que fijaban expresamente la realización de 131 jornadas de trabajo en períodos de hasta cuatro años» con «salarios abonados por ese número de jornadas».

No obstante, subraya que «en la práctica acreditada en la investigación, los sistemas de organización y de control horario del
trabajo y de la jornada preveían y registraban un número de jornadas notablemente inferior». La entidad ha detectado que «incluso en dos casos no se ha trabajado ninguna jornada» aunque se ha pagado por parte de «la EMT el salario equivalente a 131 jornadas de trabajo».

«SISTEMA DE INCUMPLIMIENTO»
«Las conclusiones de la Agencia no incumben al hecho, considerado en abstracto, de que sea posible reducir la jornada mínima legalmente establecida para la jubilación parcial, asunto laboral en el que no entra, sino a si esta reducción se puede materializar estipulando en los contratos a tiempo parcial que se suscribían para acceder a dicha modalidad de jubilación el número de jornadas legalmente establecidas para luego organizar un sistema de incumplimiento de parte de dichas jornadas que tenía como consecuencia el abono de jornadas no realizadas», expone la entidad en sus conclusiones.

Con estos argumentos, la Agencia Valenciana Antifraude constata que «fondos públicos presupuestados para pagar trabajo efectivo no se han aplicado a su legítimo fin» y calcula que «los hechos constatados han supuesto un presunto quebranto al erario público de
1.129.643 euros en el período analizado, que va desde 2014 hasta mayo de 2018».

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Así es la nueva Ley para Influencers: todo lo que cambia y a quién afecta

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Ley para Influencers
Marta Lozano-INSTAGRAM

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto que establece las pautas para la regulación de los ‘influencers’, definiendo criterios específicos para considerar a una persona como tal. Uno de los requisitos fundamentales es la necesidad de facturar al menos 300.000 euros anuales con su actividad audiovisual.

El decreto define a los «usuarios de especial relevancia» (‘influencers’) basándose en tres criterios clave. Además del aspecto económico, se considera relevante la audiencia, con un requisito de al menos un millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en su actividad global. También se establece un requisito de actividad, que incluye la publicación o compartición de al menos 24 vídeos al año.

Ley para Influencers

Los ‘influencers’ que cumplan con estos criterios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia en un plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor del decreto.

Una vez inscritos, estarán sujetos a cumplir con las normativas de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Esto incluye la identificación de espacios publicitarios y la prohibición de publicitar tabaco, medicamentos o alcohol. En resumen, sus obligaciones se equipararán a las de otros agentes audiovisuales.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, destacó la importancia de homologar a estos creadores de contenido con otros actores del ámbito audiovisual, especialmente en lo relacionado con la protección de menores y la transparencia en la publicidad.

Se establece también la obligación de identificar claramente la publicidad y etiquetar el contenido según las edades a las que va dirigido. Los ‘influencers’ deberán acordar un código de conducta al respecto con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

En cuanto a la publicidad, se prohíbe la promoción de tabaco, alcohol o medicamentos, así como cualquier contenido que pueda causar perjuicio psicológico o físico a menores.

Esta regulación busca garantizar una mayor protección a los consumidores y ofrecer seguridad jurídica a los ‘influencers’, que han adquirido una relevancia económica notable en las plataformas de intercambio de vídeos donde difunden sus contenidos.

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