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Así son los nuevos salarios y beneficios de los trabajadores de Mercadona

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MADRID, 18 Feb.- El nuevo convenio colectivo de Mercadona, que contempla un sueldo base mínimo de 1.300 euros brutos al mes y la ampliación del permiso de paternidad hasta las siete semanas, frente a las cinco que marca la ley, ha sido publicado este lunes en el Boletín Oficial del estado (BOE).

Dicho convenio, suscrito por la compañía y los sindicatos UGT y CC.OO. el pasado mes de diciembre, ha entrado en vigor el 1 de enero de 2019 y tendrá una duración de cinco años, hasta 2023.

Al sueldo base se suman los complementos de la política retributiva de la compañía, con incrementos de un 11% anual hasta el tramo 5, y un aumento progresivo del salario base vinculado al IPC, además de mejoras en los pluses de nocturnidad y frío.

«El nuevo marco laboral, más igualitario y social, refuerza el compromiso de Mercadona con el empleo estable y de calidad, avanza en sus condiciones laborales, al tiempo que consolida su apuesta por mejorar el poder adquisitivo de la plantilla», destacó la compañía en un comunicado tras la firma del nuevo convenio.

El convenio incorpora medidas de carácter social y refuerza sus compromisos en materia de conciliación de la vida familiar y laboral. Entre las nuevas medidas, incluye la ampliación del permiso de paternidad hasta las siete semanas, frente a las cinco que actualmente recoge la ley, y el cobro del 100% del salario estando de baja por incapacidad temporal hasta los 18 meses.

Igualmente introduce la ampliación de la excedencia por cuidado de hijos hasta que el menor cumpla los 12 años. Además, quienes tengan a su cuidado directo un menor de 12 años que estén disfrutando de una reducción de jornada, cuando se agote la edad máxima legal podrá solicitar un cambio de contrato a tiempo parcial hasta los 15 años del menor, y luego volver a tiempo total, si así lo desean.

En materia de excedencias, el convenio contempla la posibilidad de solicitarla con reserva del puesto de trabajo hasta tres años en caso de violencia de género, así como otros derechos específicos en estos supuestos.

Además, el nuevo marco establece un máximo de dos días a la semana de diez horas, incorpora la devolución de la ‘bolsa de horas’ en días completos cuando sean 12 horas o más, establecerá la implantación de un sistema de fichaje y fija no partir jornadas inferiores a cinco horas en tiempos totales.

Sobre días libres, incluye para los trabajadores del área logística un mínimo de siete fines de semana al año y calendarios anuales de su jornada laboral.

Fuente : Europa Press

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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