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Austria impone un confinamiento general y la vacunación obligatoria de toda la población

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Austria declara el confinamiento general para toda su población. Así lo ha comunicado el canciller de Austria, Alexander Schallenberg este viernes. Las autoridades impondrán un nuevo confinamiento a nivel nacional a partir del lunes 22 y ha confirmado que la vacunación contra el coronavirus será obligatoria a partir del próximo mes de febrero.

Austria ha registrado un repunte de las cifras en las últimas semanas y durante los últimos días había enlazado varios máximos en el marco de la pandemia, con una incidencia acumulada disparada y rozando el umbral de los mil casos por cada 100.000 habitantes.

«No es fácil para nosotros, pero ante el número de contagios tenemos que tomar estas medidas«, ha dicho Schallenberg, quien ha señalado que es «doloroso» tener que imponer este tipo de restricciones, teniendo en cuenta que hay vacunas suficientes para la población.

«No hemos tenido éxito a la hora de atraer a suficiente gente a la vacunación», ha resaltado, antes de agregar que, si bien se había rechazado en un primer momento hacer obligatoria la vacunación, «hay que mirar a la realidad a los ojos».

Por su parte el ministro de Sanidad austriaco, Wolfgang Muckstein, ha recalcado que las medidas «no son fáciles para nadie, pero son necesarias». Austria es el primer país europeo en anunciar que hará obligatoria la vacunación contra el coronavirus.

Este confinamiento estará en vigor durante un periodo de 20 días, tras lo que la medida se mantendrá en pie para aquellas personas que no estén vacunadas, tal y como ocurre desde el 15 de noviembre, según ha recogido el diario austriaco ‘Die Presse’.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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