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Este es el límite para pagar en efectivo en España

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El límite para pagar efectivo en España viene acompañado de una advertencia de la Agencia Tributaria. Además es el medio de pago más utilizado en España, seguido por la tarjeta y los dispositivos móviles.

¿En qué consiste?

Hace un año que fue aprobada la Ley 11/2021, de 9 de julio como medida de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Esta norma determinó la limitación al uso de efectivo para determinadas operaciones económicas, disminuyendo el límite general de pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros.

Pero en esta ley hay algunas excepciones que debemos conocer.

Límite para pagar en efectivo en España

Así, el límite varía si el domicilio fiscal está fijado fuera de España, multiplicándose por 10 el límite máximo.

La Ley recoge que no podrán pagarse en efectivo «las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera».

Importe que se eleva hasta los 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.»

¿Cuáles son los medios de pago?

Según explica la Agencia Tributaria, para calcular los importes, se suman todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios, considerando medios de pago:

  • El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
  •  Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
  • Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago a la persona portadora.

Quienes intervengan en las operaciones que no puedan pagarse en efectivo deben conservar los justificantes del pago durante cinco años desde la fecha del pago, para poder acreditar que el pago se realizó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo.

Esta limitación no se aplica a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito ni a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos de cambio de moneda.

Sanciones por superar el límite de pagar en efectivo

El incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo constituye una infracción administrativa grave. Puede ser cometida tanto por las personas o entidades que paguen como por las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo incumpliendo la limitación establecida.

La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros (o su contravalor en moneda extranjera).

La sanción consistirá en una multa proporcional del 25 por ciento de la base de la sanción, contemplando una reducción del 50 por ciento del importe de la sanción si se cumplen determinadas condiciones.

 

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Consumo

Alerta sanitaria por queso contaminado con E. coli: productos retirados en España

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Alerta alimentaria queso
ARCHIVO OFFICIAL PRESS

La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) ha lanzado una alerta sanitaria tras detectar la presencia de la bacteria Escherichia coli productora de toxinas Shiga en un lote de queso Camembert comercializado en España, concretamente en las comunidades de Madrid y Cataluña.

Este aviso, difundido a través de los canales oficiales de seguridad alimentaria, afecta a un producto de origen francés que ya está siendo retirado del mercado como medida preventiva.


🧀 Producto afectado: lote concreto de queso Camembert

El producto implicado en la alerta es:

  • Nombre: Camembert de Normandie
  • Marca: La Réserve des Crémiers
  • Lote: 031241
  • Formato: 250 gramos
  • Envasado: caja de madera
  • Fecha de caducidad: 08/04/2026 y 12/04/2026
  • Conservación: refrigerado

Las autoridades han confirmado que este lote podría estar contaminado con una cepa peligrosa de E. coli, capaz de provocar infecciones graves.


⚠️ Riesgos para la salud: síntomas de infección por E. coli

La bacteria detectada, E. coli productora de toxinas Shiga, puede causar cuadros de intoxicación alimentaria que varían en gravedad.

Entre los síntomas más habituales se encuentran:

  • Fuertes calambres abdominales
  • Diarrea acuosa que puede evolucionar a diarrea con sangre
  • Náuseas y vómitos
  • Fiebre en algunos casos

En situaciones más graves, especialmente en personas vulnerables, puede derivar en complicaciones renales.


🚨 Recomendaciones de AESAN a los consumidores

Las autoridades sanitarias han sido claras en sus indicaciones:

  • No consumir el producto si se dispone de él en casa
  • Devolverlo al punto de venta
  • En caso de haberlo ingerido y presentar síntomas, acudir de inmediato a un centro de salud

La AESAN ha trasladado esta alerta a todas las comunidades autónomas a través del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (SCIRI), con el objetivo de garantizar la retirada efectiva del producto.


🌍 Origen de la alerta: red europea de seguridad alimentaria

La notificación se ha originado en Alemania y ha sido comunicada mediante la Red de Alerta Alimentaria Europea (RASFF), un sistema que permite actuar con rapidez ante riesgos alimentarios en la Unión Europea.

Gracias a este mecanismo, se ha podido identificar el lote afectado y activar los protocolos de seguridad en España.


🛑 Retirada del producto y control en supermercados

Las autoridades están verificando que el producto haya sido retirado de los canales de distribución, incluyendo supermercados y puntos de venta donde pudiera haberse comercializado.

No obstante, se recomienda a los consumidores revisar sus compras recientes, especialmente si han adquirido quesos tipo Camembert en las últimas semanas.

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